Por el cual se prorrogan las medidas para la suspensión general de permisos para el porte de

Decreto · 1808 · 2020-12-31 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

'Prorroga medida suspensión. Prorrogar las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional, en los términos y condiciones contenidas en el Decreto 2362 del 24 de diciembre de 2018, prorrogado por el Decreto DECRETO NÚMERO lbuB oe. 2020 HOJA No. 2 Con!invaclón del Decreto 'Por ti cual &El prorrQg8n las medIdas para la auspenslOn general de permIsos para el porte de armas de luego'. . . 2409 del 30 de diciembre de 2019 y en consecuencia las autoridades mlllltares de que trata el artrculo 32 del Decreto ley 2535 de 1993. en concordancia con el artIculo 10 de ra Ley 1119 de 2006. continuarán adoptando dichas medidas desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. .

Artículo 2°

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. pUBLlaUESE, COMUNrQUESE y CÚMPLASE t..~1 Dada en Bogotá, D.C. a los, El MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, ~) t-i li

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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