Por el cual se fija el auxilio de transporte

Decreto · 1786 · 2020-12-29 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
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Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Auxilio de Transporte para 2021. Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil veintiuno (2021), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($106.454.00) mensuales, que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio plJblico de transporte.

Artículo 2°

El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil veintiuno (2021) Y deroga el Decreto 2361 de 2019. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA DE 2020 DECRETO NÚMERO Continuación del Decreto "Por el cual se fija el auxilio de transporte". EL MINISTRO DEL TRABAJO, LA MINISTRA DE TRANSPORTE ~ ,~~ ÁNGELA ~RíA OROZ~O~~~EZ HOJA No. 2

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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