Artículo 2°
del Decreto 4819 de 2010, CONSIDERANDO Que el artículo 2 del Decreto 4819 de 2010 "por el cual se crea el Fondo Adaptación" establece que la Dirección y Administración del Fondo estará a cargo de un Consejo Directivo, el cual estará integrado por entre otros, un representante designado por el Presidente de la República, quien lo presidirá, y cinco (5) miembros del sector privado designados por el Presidente de la República. Que mediante oficio con fecha del 6 de agosto de 2022, la doctora ANA MARIA PALAU ALVARGONZALEZ sometió a consideración su renuncia a la designación en calidad de miembro representante del Presidente de la República en el Consejo Directivo del Fondo Adaptación, realizada mediante el Decreto 234 de 2021. Que mediante oficio con fecha del 22 de agosto de 2022, la doctora SANDRA CONSUELO FORERO RAMIREZ presentó su renuncia a la designación realizada mediante el Decreto 1014 de 2021 como miembro del sector privado en el Consejo Directivo del Fondo Adaptación. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA