Por el cual se designan los miembros del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz (FCP)

Decreto · 1783 · 2018-09-18 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo 189°

de la Constitución Política yel artículo 7del Decreto Ley 691 de 2017, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Ley 691 de 2017 se sustituye el Fondo para la Sostenibilidad Ambiental y Desarrollo Rural Sostenible en Zonas Afectadas por el Conflicto por el "Fondo Colombia en Paz {FCP)", como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. Que de conformidad con el artículo 7 del Decreto Ley 691 de 2017, el Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz estará integrado por siete (7) miembros nombrados por el Presidente de la República. Por lo anteriormente expuesto, DECRETA:

Artículo 1°

Designen a Emilio José Archlla Peñalosa, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.316.786, alto consejero presidencial para el posconflicto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz, quien lo presidirá.

Artículo 2°

Designar a Alberto Carrasquilla Barrero, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.146.255, ministro de Hacienda y Crédito Público, como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz.

Artículo 3°

Designar a Ricardo José Lozano Picón, identificado con la cédula de ciudadanía número 91.263.666, ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz.

Artículo 4°

Designar aAndrés Rafael Valencia Pinzón, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.434.89, ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz.

Artículo 5°

Designar a Susana Correa Barrero, identificada con cédula de ciudadanía número 29.344.852, directora del Departamento para la Prosperidad Social, como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz.

Artículo 6°

Designar a Arturo Calle Calle, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.913.770, como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz.

Artículo 7°

Designar a Mario Hernández Zambrano, identificado con la cédula de ciudadanía número 17.051.207, como miembro del Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz. / 1_7_8_·_3__ de 2018 DECRETO NÚMERO_ _ Hoja NQ. 2 Continuación del decreto "Por el cual se designan los miembros del Consejo Directivo de/Fondo Colombia en Paz (FCP)

Artículo 8°

Vigencia. El presente decreto rige apartir de la fecha de su expedición y deroga los decretos 861 y 1445 de 2017 y 593 de 2018. PUBLIQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE . Dado en Bogotá D.C., a los 18 S P2018 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, JORGE MARIO EASTMAN ROBLEDO

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma