Por el cual se prorrogan y se crean unos empleos temporales en la planta de personal

Decreto · 1770 · 2020-12-24 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1°

Prórroga de empleos. Prorrogar la vigencia de los siguientes empleos temporales en el número, denominación, código y grado que se señala a continuación en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creados mediante los Decretos 2245 de 2013, 2549 de 2014, 2185 de 2016 y 2471 de 2018, hasta el 31 de diciembre de 2022: No. de Cargos Denominación Código Grado DESPACHO DEL VICEMINISTRO GENERAL Asesor Asesor Asesor Asesor Asesor Asesor Profesional Es ecializado Profesional Es ecializado Profesional Universitario 1 1020 1020 1020 1020 1020 102 102 2028 2028 2044 Parágrafo. Los empleos que se crean con la denominación Profesional Universitario Código 2044 Grado 08, son los mismos creados con la denominación Profesional Código 2044 Grado 08, en los decretos a que hace referencia el presente artículo. DECRETO NÚMERO 1'770 DE 2020 Página 3 de 3 Continuación del Decreto '.'Por el cual se prorrogan y se crean unos empleos temporales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público"\nArtículo 2°. Creación de empleos. Crear en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a partir del 01 de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, los siguientes empleos temporales, así: No. de Cargos 1 (Uno) 1 (Uno) Dependencia y Empleo ódigo Grado DESPACHO DEL VICEMINISTRO GENERAL Asesor 1020 Secretario Ejecutivo 4210 16 20 Parágrafo. El servidor público que se encuentra ocupando el empleo de asesor código 1020 grado 14 creado mediante el Decreto 2549 de 2014, será incorporado directamente y sin solución de continuidad en el empleo de Asesor código 1020 grado 16 creado en el presente artículo.

Artículo 3°

Distribución de los empleos. El Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos a que se refieren los artículos 1 y 2 del presente Decreto, mediante acto administrativo, y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Artículo 4°

Cumplimiento de funciones. Los empleos de carácter temporal, prorrogados y creados en el presente decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de estos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015 y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 5°

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, \~ ALBERTO CARRASQUILLA B~RERA I DECRETO NÚMERO 1 770 2020 Página 4 de 3 Continuación del Decreto "Por el cual se prorrogan y se crean unos empleos temporales en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público" EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, -= FERN~ONIO"'<--

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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