Artículo 1°
Presentación y pago de la contribución parafiscal para la promoción del la contribución parafiscal para la promoción del turismo, turismo. Los sujetos pasivos ubicados en los departamentos del Meta y Guaviare, y los Municipios de Quetame y Guayabetal del Departamento de Cundinamarca, tendrán plazo para presentar y pagar las liquidaciones privadas correspondientes al tercer y cuarto trimestres del 2019, hasta el día 28 de febrero 2020. GD-FM-017 V3 -' . DECRETO NÚMERO G· 1753 de .... ~ "Por el cual se establece un beneficio enla presentación y pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo en los territorios más afectados por la ola invemal."\nArtículo 2°. VIGENCIA. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y se mantendrá vigente hasta el dfa 28 de febrero de 2020. PUBlÍQUESE y CÚMPLASE 30 SEP 2019 Dado en Bogotá D.C., a los lA VICEMINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO \ ~Jlr lAURA VAlDIVIESO JI~EZ GD-FM-017 V3