Por el cual se fija el auxilio de transporte

Decreto · 1725 · 2021-12-15 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Auxilio de Transporte para 2022. Fijar a partir del primero (1 Q) de enero de dos mil veintidós (2022), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de CIENTO DIECISIETE MIL CIENTO SETENTA Y DOS PESOS ($117.172.00), que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio pú blico de tran sporte.

Artículo 2°

Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil veintidós (2022) y deroga el Decreto 1786 de 2020. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los ~ 5 lJJ~C 2021 EL MINISTRO DE HACIENDA Y ÚBLlCO, .. DECRETO NÚMERO 1725 DE 2020 HOJA No. 2 Continuación del Decreto "Por el cual se fija el auxilio de transporte". EL MINISTRO DEL TRABAJO, LA VICEIVIINISTRA DE INFRAESTRUCTURA ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE TRANSPORTE OL~

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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