Artículo 1°
Modificación del artículo 1.1.2 del Decreto 1082 de 2015.
Decreto · 1676 · 2016-10-21 · Jerarquía: nivel 7
Modificación del artículo 1.1.2 del Decreto 1082 de 2015.
del 1082 de 2015 se modifica y quedará "Artículo 2.1.1.2. Ámbito de aplicación. presente decreto aplica a las Entidades del Administrativo de Planeación Nacional, a las Entidades Estatales, personas jurídicas de naturaleza pública y privada, y personas naturales a que hace referencia decreto, y en todo territorio nacional."\nARTÍCULO artículo Modificación del artículo 1.2.4.1.1. del Decreto 1082 de 2015. 1 1.1. del Decreto 1082 de2015 se modifica y quedará así: "Artículo 2.2.1.2.4.1.1. Aplicación los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación. Las Entidades Estatales deben adelantar los Procesos de Contratación de acuerdo con lo previsto en los Acuerdos Comerciales, cuando estos les sean aplicables." DECRETO . NÚ~ÉW¿J~ . L 1676 DE 2016 Página 3 de 2 "Por el cual se modifican los artículos 2.1.1 .2 y 2.2. 1.2.4.1.1 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, en lo relacionado con el ámbito de aplicación del DUR y la aplicación de Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación"\nArtículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, SI N GAVIRIA MUÑÓZ
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario