Personas Expuestas Políticamente. Para efecto del cumplimiento de las obligaciones derivadas de este capítulo, durante el periodo en que ocupen sus cargos y durante los dos (2) años siguientes a su dejación, renuncia, despido o declaración insubsistencia del nombramiento, o de cualquier otra forma desvinculación, se considerarán como Personas Expuestas Políticamente las siguientes: 1. Presidente la República, Vicepresidente la República, altos consejeros, la República, director del Departamento Administrativo de la Presidencia ministros y viceministros. 2. Secretarios Generales, Tesoreros, Directores Financieros de los Ministerios, los Departamentos Administrativos y las Superintendencias 3. Presidentes, Directores, Tesoreros, Unidades Directores Financieros de (i) los Establecimientos Públicos, (ii) Administrativas Especiales, (íii) las Empresas Públicas de Servicios Públicos Domiciliarios, (iv) las Empresas Sociales del (v) las Empresas Industriales y Comerciales del y (vi) las Sociedades de Economía Mixta. 4. Superintendentes y Superintendentes Delegados. 5. Generales de las la Policía Nacional. Militares y de la Policía Nacional, e Inspectores de 6. Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales, Tesoreros, Directores i) gobernaciones, ií) alcaldías, iíi) Financieros y Secretarios Generales concejos municipales y distritales y Iv) asambleas departamentales. DECRETe1~ l; ~. 1... 167 4 Página 5 «Por el cual se adiciona un capitulo al Titulo 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Único del de la "por medio del cual se expide el Decreto República", en relación con la indicación de las Pollticamente Contra la Corrupción, refiere el artIculo 52 de la Convención de las Naciones mediante Ley 970 de y se dictan otras disposiciones» 7. Senadores, Representantes a la Cámara, secretarios de las comisiones constitucionales permanentes del Congreso de la República y Directores Administrativos del Senado y de la Cámara Representantes . .;oron1'O y Codirectores del Banco la República. 9. Directores de las Corporaciones Autónomas Regionales, 10. Comisionados Nacionales del Servicio Civil, Comisionados de la Autoridad Nacional de Televisión, la Comisión de Regulación de Energía y de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y la Comisión de Regulación de Comunicaciones. 11, Magistrados, Magistrados Auxiliares y Consejeros de Tribunales y Altas Cortes, jueces de la república, Fiscal General de la Nación, Vice General de la Nación, Director de Fiscalías Nacionales, Director Nacional de Secciona les y Seguridad Ciudadana. 1 Contralor General de la Vicecontralor, Contralores Delegados, Contralores territoriales, Contador, Procurador General de la Nación, Viceprocurador General la Nación, Procuradores Delegados, Defensor del Pueblo, Vice Defensor del Pueblo, Defensores Delegados y Auditor General de República. 13. Consejeros del Consejo Nacional Electoral, Registrador Nacional del Estado Civil y Registradores Delegados. 14. Representantes legales, movimientos políticos, y por la ley. directores y partidos y otras formas de asociación política reconocidas 15. Los directores y tesoreros de patrimonios autónomos o fideicomisos que administren recursos públicos.