Artículo 1°
Objeto. El Ministerio del Deporte tendrá corno objetivo, dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar, inspeccionar, vigilar, controlar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física para promover bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión e integración social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados. Artículo Funciones del Ministerio del Deporte. Son funciones del Ministerio del Deporte, además las dispuestas en artículo 59 de la Ley 489 de 1998, yen la Ley 181 de 1995, las siguientes: 1. Formular, coordinar la ejecución y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en materia deporte, la recreación, la actividad física, y el aprovechamiento del tiempo libre. 2. Dirigir y orientar la formulación, adopción y evaluación políticas, planes, programas y proyectos del sector administrativo del deporte, recreación, actividad física, y aprovechamiento del tiempo libre. Formular, adoptar, coordinar la ejecución y evaluar estrategias para la promoción, fomento, el desarrollo y la orientación del deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre. 4. Elaborar, de conformidad con la ley orgánica respectiva y con en los planes municipales y departamentales, el plan sectorial para ser incluido en el Plan Nacional de Desarrollo, que garantice el fomento y la práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física en concordancia con el Plan Nacional Educación, regulado por la Ley 115 de 1994. 5. Dirigir, organizar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional del Deporte para cumplimiento de sus objetivos y orientar el deporte colombiano, el Comité Olímpico Colombiano, el Comité Paralímpico Colombiano, federaciones deportivas, los institutos y ligas departamentales y municipales, entre otros. en el marco de sus competencias, apoyar a los nuevos talentos deportivos de todas las regiones del país. Diseñar, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional, las políticas, estrategias, acciones, planes, programas y proyectos que integren la educación formal con las actividades físicas, deportivas y recreativas en la educación preescolar, básica y media como parte integral de la jornada escolar. 7. Planificar, promover e impulsar el deporte competitivo, los deportes autóctonos, de baja difusión, extremos, alternativos y de alto rendimiento y recreativos, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando porque se desarrolle de acuerdo con los principios del movimiento olímpico. Decreto Número i. 1670 de 9 Hoja 3 Continuación del Decreto: "Por el cual se adopta la estructura interna del Ministerio Deporte." 8. Diseñar y ejecutar, en coordinación con Ministerio Educación Nacional, las políticas, estrategias, acciones, planes, programas y proyectos que promuevan y y la recreación, en especial a difundan conocimiento y la enseñanza del través de la formación por ciclos propedéuticos y de la formación impartida por instituciones de educación superior, fomentando las escuelas deportivas alto rendimiento para la formación y perfeccionamiento de los practicantes y cuidar la práctica deportiva en la edad escolar, su continuidad y eficiencia. Incentivar y fortalecer la investigación científica, difusión y aplicación de las ciencias aplicadas al deporte, para el mejoramiento de sus técnicas y modernización de los deportes. 10. Estimular la práctica deportiva exenta violencia, de exclusión y toda acción o las manifestación que pueda alterar por vías extradeportivas los resultados competencias. 11. Fomentar la generación y creación espacios que faciliten la actividad física, el aprovechamiento tiempo libre, la recreación y el deporte en espacios públicos acondicionados, en coordinación con las entidades locales. 1 Planificar y programar la construcción de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios para la práctica del deporte en sus modalidades de bajo y alto rendimiento. 13. Promover que los municipios expidan normas urbanísticas incluyan la reserva espacios suficientes e infraestructuras mínimas para cubrir las necesidades sociales y colectivas de carácter deportivo y recreativo que faciliten la formulación de programas y acciones destinados al desarrollo de la actividad física y deportiva de la población. 14. Apoyar y promover manifestaciones del deporte y la recreación que generen conciencia, inclusión, cohesión social e identidad nacional. 15. Compilar, suministrar, difundir la información y documentación relativa a la educación física, el deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre. 16. Formular planes y programas que promuevan el desarrollo de la educación familiar, escolar y extraescolar de la niñez y de la juventud a través de la correcta utilización del tiempo libre, el deporte y la recreación como elementos fundamentales para la prevención, disminución de la violencia en edades así como también para el fortalecimiento en su proceso de formación integral tanto en lo personal como en lo comunitario. 17. Formular y ejecutar programas para la educación física, deporte y recreación de las personas con discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, de la tercera edad y de los sectores sociales necesitados o en condiciones de vulnerabilidad. 18. Apoyar y fomentar la promoción del deporte y la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre en las comunidades indígenas, campesinas y afrodescendientes a nivel local, regional y nacional representando sus culturas, en coordinación con las autoridades étnicas y comunitarias. 1 Alto Rendimiento en Dirigir y administrar el Laboratorio Control al Dopaje, el Centro Altura del Ministerio del Deporte, el Centro de Servicios Biomédicos y los demás que se establezcan en desarrollo su objeto. 1670 ",' Decreto Número\... de _ _ _ _ _ 2019 ,. 1/,,----r.J---_ _ _--;-_ _________ _ _ _ _ _Hoja 4_ _ _ _______ ---.-::~ Continuación del Decreto: "Por el cual se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte." 20. Planear, administrar e invertir los recursos provenientes de la comercialización de servicios. 21. Fomentar, promover, apoyar y regular la asociación deportiva en todas sus manifestaciones, la participación del sector privado, asociado o no, en las diferentes disciplinas deportivas, recreativas, de aprovechamiento del tiempo libre, la actividad física y de educación física. Establecer criterios de cofinanciación frente a los planes y programas que respondan a las políticas públicas en materia de deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación física y la actividad física. Definir los términos coordinación con los cooperación técnica y deportiva de carácter internacional, en entes estatales. 24. Brindar asistencia técnica a los entes departamentales, distritales y municipales para la formulación de planes deportivos y la ejecución proyectos relacionados con el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física. Celebrar directamente convenios o contratos con entidades u organismos internacionales o nacionales, públicos o privados pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte, para el desarrollo de su objeto, de acuerdo con las normas legales vigentes. 26. Cofinanciar a los organismos oficialmente reconocidos los gastos operacionales y eventos nacionales e internacionales conformidad con disposiciones vigentes sobre la materia. Establecer los criterios generales de cofinanciación de los proyectos de origen regional. 28. Diseñar los mecanismos de integración con el deporte formativo y comunitario. 29. Programar actividades de deporte formativo y comunitario y eventos deportivos en todos los niveles de la educación, en asocio con secretarías de educación de las entidades territoriales. 30. Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los organismos deportivos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte. 31. Fomentar programas de mayor cobertura poblacional, en los temas de su competencia, que generen impacto en la sociedad. 32. Promover la integración de la experiencia, condiciones y oportunidades regionales geográficas y poblacionales en la definición de políticas y adopción de estrategias, acciones y planes. 33. Impulsar y promover las prácticas y los deportes alternativos. 34. Proponer e impulsar estrategias, planes, programas, acciones para identificar talentos del deporte que incluyan estímulos a docentes y entrenadores de acuerdo con las políticas trazadas por el Ministerio del Deporte. 35. Formular, dirigir, orientar y ejecutar en conjunto con el Ministerio de Salud y Protección Social políticas públicas, programas y proyectos cuya finalidad sea la promoción y la Decreto Número 1870 de 2019 Hoja 5 Continuación del Decreto: "Por el cual se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte." prevención en salud a través del desarrollo de la actividad física en el marco del plan de intervenciones colectivas. 36. Formular, dirigir, orientar y ejecutar en conjunto con el Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Educación Nacional y con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar políticas públicas, programas y proyectos cuya finalidad sea la estimulación temprana en la primera infancia en centros de desarrollo infantil, guarderías y establecimientos educativos de educación preescolar, con el fin de lograr en tal grupo poblacional un adecuado desarrollo psicomotriz, cognitivo, emocional y social. 37. Formular, dirigir, orientar y ejecutar, en conjunto con el Ministerio de Salud, políticas públicas, programas y proyectos cuya finalidad sea la prevención en el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, tabaco y alcohol mediante el desarrollo de la actividad física. 38. Promover de forma efectiva programas tendientes a incentivar la medicina preventiva en la práctica del deporte y los hábitos de alimentación sana y de vida saludable. 39. Formu lar, promover, ejecutar y evaluar políticas públicas para promover los espacios de inclusión deportiva, recreativa de personas con algún tipo de deficiencia, limitación o restricción . 40. Las demás que le determine la ley.