Artículo 1
Plazos para la autoliquidación y el pago de los aportes a los subsistemas de la Protección Social para aportantes de 200 o más cotizantes. Quienes deben realizar aportes a los subsistemas de Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales del Sistema de Seguridad Social Integral, así como tos destinados al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF y a las Cajas de Compensación Familiar y a la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP y para las Escuelas Industriales e Institutos Técnicos Nacionales, Departamentales, Distritales y Municipales, cuyas nóminas de trabajadores activos O pensionados contengan 200 o más cotizantes, efectuarán sus aportes en las fechas que se indican a continuación: Dos últimos dígitos del NIT o Documento de Día hábil de Identificación vencimiento 00 al 10 12 11 al23 2 24 al 36 39 37 al 49 40 50 al 62 50 63 al 75 69 76 al 88 7o 89 al 99 8