Objetivos específicos de la Misíón de Descentralización. La Misión de Descentralización desarrollará sus actividades a partir de los siguientes objetivos específicos: 1. Competencias entre niveles de gobierno: Con base en el análisis del modelo de descentralización, presentar propuestas para la definición y distribución de competencias entre niveles de gobierno, orientadas a garantizar una provisión eficiente de bienes y servicios públicos mediante una adecuada aplicación de los principios de coordinación, concurrencia, complementariedad, subsidiariedad y solidaridad. 2. Fuentes y usos de los recursos para el desarrollo: Proponer fuentes de recursos para las entidades territoriales, que se encuentren articuladas con las propuestas de distribución de competencias entre niveles de gobierno, dentro de un marco de sostenibilidad fiscal y uso eficiente de los recursos. 3. Arquitectura institucional y modernización de la administración pública: Presentar recomendaciones que contribuyan al fortalecimiento y articulación de la gestión técnico-administrativa de las entidades territoriales y la Nación, a partir de la revisión de la actual arquitectura institucional, en aras del uso eficiente de los recursos públicos. 4. Estado abierto y participación ciudadana territorial: Realizar recomendaciones sobre la implementación y articulación de mecanismos para asegurar el relacionamiento efectivo entre el Estado y la ciudadanía, a través de la promoción de la transparencia y el acceso a la información, la integridad del servicio público, la participación ciudadana y la colaboración entre actores para la incidencia en los asuntos públicos a nivel territorial. 5. Descentralización y Territorios Indígenas: Identificar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas en la Constitución y la Ley en relación con los pueblos y comunidades indígenas, en los asuntos relativos al ordenamiento, la planeación y la institucionalidad de los territorios indígenas. DECRETO No. 1665 DE Página 4 de 7 Continuación del Decreto "Por el cual se adiciona el Capítulo 3 al Título 14 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin de crear la Misión de Descentralización. "\nArtículo 2°. 2.14.3.1. del presente Decreto. Cada uno de los objetivos específicos serán liderados por expertos, quienes podrán ser personas naturales o jurídicas, académicos o miembros de centros de pensamiento en temas de descentralización o desarrollo, del sector público o privado, con conocimientos en materia de descentralización y otras disciplinas relacionadas con los asuntos a estudiar por la Misión. Estos expertos serán seleccionados por el Departamento Nacional de Planeación y participarán en calidad de invitados en las sesiones de la Misión de Descentraliz ación.
Parágrafo 1.
Los objetivos específicos se desarrollarán a través de líneas de investigación sobre su contenido ya partir de este trabajo se elaborarán los estudios técnicos e insumos en materia de descentralización que permitan dar cumplimiento al
Parágrafo 2.
El objetivo específico "Descentralización y territorios indígenas" se desarrollará a través de una mesa de trabajo que contará con la participación de un representante de cada una de las organizaciones indígenas que conforman la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas - MPC y sus organizaciones invitadas permanentes.
Parágrafo 3.
El experto encargado de liderar el objetivo específico contemplado en el numeral 5 de la presente disposición, que trata sobre la "Descentralización y territorios indígenas", deberá trabajar de manera articulada con la mesa de trabajo de qué trata el parágrafo 2 de este artículo. A partir de este trabajo articulado se formularán los insumos requeridos para presentar recomendaciones e iniciativas que den cumplimiento al acuerdo C8 del eje "Pacto por y para las regiones: pacto por la región Caribe y pacto por la Amazonía, con sus respectivos componentes, estrategias y acuerdos" del "Capítulo de grupos indígenas" del "Pacto por la equidad de oportunidades para grupos étnicos: indígenas, negros, afrocolombianos, raiz a les, palenqueros y Rrom" de las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022.