Artículo 189°
de la Constitución Política, y en desarrollo de la Ley 2088 de 2021, y CONSIDERANDO Que el artículo 25 de la Constitución Política indica que «el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado y que todas las personas. tienen derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas". ' Que el artículo 123 de la Constitución Política expone que los servidores públicos son "los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. La ley determinará el régimen aplicable a los parliculares que temporalmente desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio". Que la Ley 909 de 2004 contiene aspectos asociados al empleo público y establece los lineamientos generales respecto de quienes prestan servicios personales remunerados, con vinculación legal y reglamentaria, en los organismos y entidades de la administración pública, así como sobre su capacitación y evaluación de desempeño. Que de conformidad con el Decreto 430 de 2016, le corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública «formular, implementar, hacer seguimiento y evaluar las pollticas de desarrollo administrativo de la función pública, el empleo público, la gestión del talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los parliculares, la organización administrativa del Estado, la planeación y la gestión, el control interno, la parlicipación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, propiciando la materialización de los principios orientadores de la función administrativa". Que los recientes hechos de salud pública, han evidenciado la necesidad en el sector público de planear, organizar y desarrollar las actividades laborales a través del trabajo a distancia, cuando se presenten diferentes circunstancias ocasionales, excepcionales, especiales o transitorias, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. DECRETO NÚMERO 1 G62 DE 2021 HOJA No 1. Continuación del Decreto: "Por el cual se adiciona el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, en relación con la habilitación del trabajo en casa para los servidores públicos de los organismos y entidades que conforman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, órganos de control, órganos autónomos e independientes del Estado" Que el Departamento Administrativo de la Función PIJblica, con corte a marzo de 2021, mediante la Encuesta' de Seguimiento a la Implementación del Trabajo Virtual en Casa diligenciada por 888 entidades del orden nacional y territorial, estableció que aproximadamente el 45% de los servidores' públicos, exceptuando fuerza pública y maestros, se encontraban trabajando desde casa. Que mediante Sentencia T-1157 del 04 de septiembre de 2000, la Corte Constitucional señaló: "El principio de la territorialidad de la leyes consustancial con la soberanía que ejercen los Estados dentro de su territorio; de este modo cada Estado puede expedir normas y hacerlas aplicar dentro de los confines de su territorio ". ' Que el artículo 1 de la Ley 100 de 1993, prevé que el sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios ,complementarios, materia de esta Ley, u otras que se incorporen normativamente en el futuro. Que la Seguridad Social es un derecho irrenunciable conforme lo señala el artículo 3 de la Ley 100 de 1993, el cual el Estado debe garantizar a todos los habitantes del territorio nacional. Que el Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con el artículo 6 de la Ley 100 de 1993 tiene como objetivos entre otros, garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes tienen una relación laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al sistema; así mismo, el artículo 7 de la mencionada Ley establece que se debe garantizar el cubrimiento de las contingencias económicas y de salud y la prestación de servicios sociales complementarios, en los términos y bajo las modalidades previstos por esta Ley. Que según la Organización Mundial de Salud ~ OMS para que una enfermedad se denomine pandemia debe extenderse a varios países o continentes, afectando a un gran número de personas. Es decir, este término no implica una gravedad mayor o menor de la enfermedad, sino una propagación rápida y mundial; se produce una pandemia cuando aparece un nuevo virus que se propaga por el mundo y la mayor parte de la población no es inmune al mismo. Por su parte, una epidemia ocurre cuando una enfermedad se extiende por una zona concreta durante un determinado tiempo afectando a un gran número de personas. Que la Sentencia C-242 del 09 de julio de 2020, señaló "especificamente, tratándose del artículo 215 de la Carta Politica, el estado de emergencia podrá ser declarado por el Presidente de la República y todos los ministros, siempre que sobrevengan hechos distintos a los previstos en los artículos 212 y 213 superiores que: (i) perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que (ií) constituyan grave calamidad pública". Igualmente, la Corte Constitucional en la referida sentencia señaló: "Al respecto, esta Corporación ha sostenido que la regulación constitucional de los estados de excepción responde a la decisión del Constituyente de garantizar la vigencia y .¡ · . DECRETO NÚMERO 1662 I DE 2021 HOJA No -ª Continuación del Decreto:" Por el cual se adiciona el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, en relación con la habilitación del trabajo en casa para los servidores públicos de los organismos y entidades que conforman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, órganos de control, órganos autónomos e independientes del Estado" eficacia de la Carta Política, aún en contextoS' de crisis o de anormalidad, cuando por razón de su gravedad, tales situaciones no. puedan ser conjuradas a través de los medios ordinarios de control cqn que cuenta el Estado. En estos casos, la institución de los estados de excepción otorga poderes excepcionales y transitorios al Gobierno Nacional, materializados en el reconocimiento de atribuciones legislativas extraordinarias, que le permiten adoptar las medidas necesarias para atender, repeler y superar la crisis o anormalidad suscitada". Que a través de la Sentencia C-007 del 01 de marzo de 2018 la Corte Constitucional dispuso; tratando de situaciones \9xcepcionales: "52. Actualmente, el Código Penal incluye entre los delitos contra el régimen constitucional la rebelión, la sedición la asonada, la conspiración y la seducción, usurpación y retención ilegal de mando. Los delitos políticos pueden, además, producirse en concurso con delitos comunes. Oe igual forrila, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha considerado que no son delitos políticos aquellos que atenten contra el Estado, cuando estén guiadas por protensiones "no políticas,· con el ánimo de lucro y el exclusivo beneficio persona!", entre otras finalidades ajenas a la política, así como aquellas conductas definidas por el OIOH, el OIH o el OPI como las más lesivas de la dignidad humana. " Que el Congreso de la República, expidió la' Ley 2088 de 2021, cuyo propósito es regular la habilitación del trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una 'relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral. Que el artículo 5 de la Ley 2088 de 2021, establece que el Gobierno nacional determinará los instrumentos para la habilitación del trabajo en casa para los servidores públicos, por lo cual, es necesario .impartir instrucciones generales respecto del trabajo en casa de los servidores públicos. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA