Artículo 1°
Modifíquese el artículo 2.2.1.1.1 del Capítulo 1 del Título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1067 de 2015, el cual quedará así:
Decreto · 1620 · 2016-10-11 · Jerarquía: nivel 7
Modifíquese el artículo 2.2.1.1.1 del Capítulo 1 del Título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1067 de 2015, el cual quedará así:
Concurrencias de las Misiones Diplomáticas. Establecer las concurrencias de las Misiones Diplomáticas de Colombia acreditadas en el exterior, así: [1 PAls SEDE;~ MISIÓN DIPLOMÁTICA i'. , " CONCURRENCIA CONFEDERACION Principado de liechtenstein. SUIZA EMIRATOS Estado de Qatar, Estado de Kuwait, Reino de Bahréin y ÁRABES UNIDOS República de Yemen República de Armenia, RepLlblica de Belarús, República de FEDERACiÓN Kazajistán, República Kirguisa, República de Tayikistán, RUSA Turkmenistán y República de Uzbekistán . Antigua y Barbuda, Federación de San Cristóbal y Nieves, Mancomunidad de Dominica, Mancomunidad de las JAMAICA Bahamas y Santa Lucía. Estado Independiente de Samoa, Islas Salomón, Nueva MACOMUNIDAD Zelandia, Reino de Tonga, República de Fiyi, República de DE AUSTRALIA Kiribati, República de Nauru, República de Palau, República de Vanuatu y Tuvalu. Brunei Darussalam. MALASIA REINO DE Gran Ducado de Luxemburgo. BÉLGICA REINO DE Principado de Andorra. ESPAÑA REINO DE Reino de Dinamarca e Islandia. SUECIA Reino de Camboya, República de la Unión de Myanmar y REINO DE República Popular Lao. TAILANDIA REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA República de Irlanda. E IRLANDA DEL NORTE Autoridad Palestina (área política), Estado de Eritrea, Estado REPÚBLICA de libia, Reino de Arabia Saudita, República de Chad, ÁRABE DE República de Sudán, Sultanato de amán y República de EGIPTO Yibuti. Hungría, Montenegro, República Checa, República de REPÚBLICA DE Croacia, República de Eslovenia, República de Serbia y AUSTRIA República Eslovaca. REPUBLlCA DE República de Filipinas y Mongolia. COREA Página 2 de 6 DECRETO NÚ~Ef\Q.., v ' - 162 O DE HOlA 3 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifican parcialmente algunas disposiciones relativas a las concurrencias de las Misiones Diplomáticas y las Circunscripciones de las Oficinas Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los Caprtulos 1 y 2 del Tftulo 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1067 de 2015" REPÚBLICA DE EL SALVADOR Belice. República de Benín, República de Burkina Faso, República de Camerún, República de Cabo Verde, República de Costa de Marfil, República de Gambia, República de Guinea, República de Guinea Bissau, República de Guinea REPÚBLICA DE Ecuatorial, República Islámica de Mauritania, República de GHANA Liberia, República de Mali, República de Níger, República de Sierra Leona, República de Togo, República de Senegal, República Democrática de Santo Tomé y Príncipe, y República Federal de Nigeria. Estados Federados de Micronesia, Estado Independiente de REPÚBLICA DE Papúa Nueva Guinea, República de las Islas Marshall, y INDONESIA ReplJblica Democrática de Timor Oriental. República de Albania, República de Chipre, República de REPÚBLICA DE Malta, República Helénica (Grecia) y Serenísima República ITALIA de San Marino. República Centroafricana, República de Burundi, República de Ruanda, República de Sudán del Sur, República de REPÚBLICA DE Uganda, República del Congo, República Democrática del KENIA Congo, República Federal de Somalia, República Federal Democrática de EtioQia 'i Reº-ública Unida de Tanzania. Reino de Bután, República de Maldivas, República REPÚBLICA DE Democrática Socialista de Sri Lanka, República Federal LA INDIA Democrática de Nepal, República Popular de Bangladés y República Islámica de Afganistán. República de Bulgaria, República de Estonia, República de REPÚBLICA DE Letonia, República de Lituania, República de Moldova, POLONIA Rumania y Ucrania. Reino de Lesoto, Reino de Suazilandia, República de Angola, República de Botsuana, República de Madagascar, REPÚBLICA DE República de Malaui, República de Mauricio, República de Mozambique, República de · Namibia, República de SUDÁFRICA Seychelles, República de Zambia, República de Zimbabue, República Gabonesa y Unión de las Comoras. REPUBLlCA DE Barbados, Granada, República Cooperativa de Guyana, TRINIDAD Y República de Surinam, y San Vicente y las Granadinas. TOBAGO REPUBLlCA DE Georgia, República Islámica de Irán y República Islámica de Pakistán TURQuíA REPUBLlCA República de Haití. DOMINICANA REPUBLlCA Bosnia y Herzegovina, y Macedonia (A.R.Y.M) FEDERAL DE ALEMANIA REPUBLlCA Principado de Mónaco. FRANCESA Página 3 de 6 DE HOJA 4 Continuaci6n del Decreto "Por medio del cual se modifican parcialmente algunas disposiciones relativas a las concurrencias de las Misiones Diplomáticas y las Circunscripciones de las Oficinas Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los Capftulos 1 y 2 del Título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1067 de 2015" Hachemita de Jordania y República Árabe Siria y BANESA ública de Irak . . REPUBLlCA POPULAR CHINA República Popular Democrática de Corea. SANTA SEDE Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de y Malta Jerusalén ENCARGADURíA N REPUBLlCA NA DEMOCRÁTICA y República Tunecina POPULAR
Modifíquese artículo 2.2.1 .2.1 2 del Libro 2 del Decreto 1 de 1 de la
Jamaica. Fíjense acreditada en Jamaica. • de la Sección 1 del Capítulo 2 del Título cual quedará así: circunscripciones para la Oficina Consular Cristóbal y Nieves, Kingston. Jamaica, Antigua y Barbuda, Federación de Islas Caimán, Mancomunidad de Dominica, Mancomunidad las Bahamas y Santa Lucia. ARTíCULO Modifíquese el artículo 2.2.1.2.1.15 de la Sección 1 del Capítulo 2 1 de Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1067 de 201 el cual quedará así: ARTíCULO 1.2.1.15. Canadá. Fíjense las circunscripciones para Consulares acreditadas en Canadá Título Oficinas Alberta, Manitoba y Saskatchewan. • Calgary. Provincias .. Montreal. Provincias de Quebec, Isla Nuevo Brunswick, y Terranova y Labrador. • Ottawa. Región Nunavut. • Toronto. Provincias de Ontario. .. Vancouver. Provincias de Columbia Británica, Territorios Noroccidentales y Yukón. Príncipe Eduardo, Nueva Escocia, la Capital Nacional (Ottawa y Gatineau) y Territorio Capítulo 2 del
Modifíquese el artículo 2.2.1 1.16. de la Sección 1 la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1067 2015, el cual quedará así: Título 1
Estados Unidos de América. Fíjense las circunscripciones Unidos de América. para las Oficinas Consulares acreditadas en ,Cd:j3 4 de 6 ., 16/2O / DECRETO NúMERoL ... - DE HOJAS Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifican parcialmente disposiciones relativas a las concurrencias de las Misiones Diplomáticas y las Circunscripciones de las Oficinas Consulares Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los Capitulos 1 y 2 del Titulo 1 de la parte 2 de/libro 2 del Decreto número 1067 de 2015" Norte, Carolina del Sur, • Atlanta. Estados Alabama, Carolina Kentucky, Mississippi y Tennessee. .. Boston. Vermont. • Chicago. IlIinois, Dakota Norte, Dakota del Sur, Indiana, lowa, Kansas, Michigan, Minnesota, Missouri, Nebraska, Ohio y Wisconsin. • Houston. .. los Ángeles. Parte sur del Estado de California; y los .....,.;,,'. . .,.. México. • Miami. Condados Broward, Charlotte, Collier, De Soto, Glades, Hardee, Hendry, Highlands, Manatee, Martín, Miami Dade, Momoe, Okechobee, Palm Beach, Saint Lucie y Sarasota Estado de la Florida . .. Newark. Estados • Nueva York. Estados .. Orlando. Condados Alachua, Bradford, Baker, Calhoun, Citrus, Clay, Columbia, Dixie, Duval, Escambia, Flagler, Franklin, Gadsden, Gilchrist, Gulf, Hamílton, Hernando, Hillsborough, Holmes, Indian River, Jackson, Jefferson, Lafayette, Lake, Leon, Levy, Liberty, Madison, Marion, Nassau, Okaloosa, Orange, Osceola, Paseo, Pinellas, Polk, Putnam, Santa Rosa, Semínole, St. Johns, Sumter, Suwannee, Taylor, Unión, Volusia, WakuUa, Walton y Washington del Estado la Florida. .. San Francisco. Parte norte del Estado de California; y los Estados de Alaska, Colorado, Hawái, Idaho, Montana, Nevada, Oregón, Utah, Washington y Wyoming. • San Juan, Puerto Rico. Estado Libre Asociado Puerto Rico, Vírgenes de Unidos, Islas Vírgenes de Gran Bretaña; como Anguilla, Monserrat e Islas Turcos y Caicos. También de territorios San Martín y San .. Washington. Washington D.C.. ; y los Estados de Delaware, Maryland, Virginia y West Virginia. Massachusetts, Maine, New Hampshire, Rhode Island y Arkansas, Louisiana y Oklahoma. t \... ..., Arizona y Nuevo Nueva Jersey y Pensilvania. Nueva York y Connecticut. ARTíCULO VIGENCIA Y DEROGATORIA. presente rige a partir de su publicación, modifica los artículos 1.1.1; 2.2.1 1.6; 1.1 1 1.16 del Decreto 1067 de 2015 y deroga los artículos 1, 10 Y 11 del Decreto de 2015 "Por medio del cual se modifican parcialmente las disposiciones generales de las concurrencias de las Misiones Diplomáticas y las Circunscripciones de las Oficinas ~ 5 de 6 DECRETO NÚ~~~9¡J ~_.", 1 S 20 DE HOJA 6 - Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifican parcialmente algunas disposiciones relativas a las concurrencias de las Misiones Diplomáticas y las Circunscripciones de las Oficinas Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los Capltulos 1 y 2 del Título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1067 de 2015" Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los Capítulos 1 y 2 del Título 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1067 de 2015". PUBLÍQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los '\J ;; ~~ \JJ 16 1 r, f~l ~ ~~J 1¡l _·", ~ Página 6 úe 6 ... ~ l .. v ",,' ... 16 2 O DE DECRETO NÚMERO HOJA 7 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifican parcialmente disposiciones relativas a las concurrencias de las Misiones Diplomátícas y las Circunscripciones de las Oficinas Consulares Colombia acreditadas en el exterior, de que tratan los Capítulos 1 y 2 del Titulo 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1067 de 2015" Q Revisó: Javier Higuera Director de Asuntos Migratorios, Cons \':: Revisó: Claudia Lilíana Perdomo - Jefe Oficina Asesora Juríd Revisó: Juan Guillermo Castro Bennell - Director de Europa Revisó: luis Fernando Criales Gutierrez Secretario General. Proyectó: Nattaly Calonje londoño. t~.(;J.- .. Página 7 de 7
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario