Artículo primero
de julio de 2024. Que, según lo manifestado en Mundial de enero de 2023, otros factores, por inflación, de lo cual no nco Informe "Perspectivas económicas mundiales" del mundial se está desacelerando marcadamente, de la las tasas de interés y el nacional. una reducción de en el año en curso se construcción en comparación con del año 2022, conforme con de Indicadores Económicos la Construcción (IEAC) por el Departamento Administrativo Nacional de Estad¡stica oferta de viviendas de e interés prioritario, Que mediante el artículo 12 Profesionales Acreditados 1 que trata la Ley 400 Que, a la fecha, Ministerio de ha expedido una compradores, constructores supervisores compradores Ley 1796 de 2016 se creó adelantar las labores de d Único Nacional de y supervisión de mencionado registro no se ha implementado, por cuanto, si bien el pertinentes, aún no se y Territorio ha realizado mismo y, en consecuencia, los que determine la financiación las entidades financieras, los enajenadores o un sistema que les permita verificar la idoneidad cual dificulta la adopción medidas de protección a Que mediante la 2023 se expidió "Colombia Potencia Mundial de la Vida", el cual f"'r.r,l"O orientadas a política vivienda del Que, con fin cumplimento a los propósitos Nacional de Desarrollo municipios y distritos menor 2026, se deben d políticas en beneficio categoría, por lo cual, en el término de implementación políticas, la suspensión de la exigibilidad las medidas establecidas en el 282 de 2019 puede ayudar a incentivar intervenciones y proyectos constructivos en dichos territorios, lo anterior, es necesario por una última vez, una nueva en vigencia de la exigibilidad medidas de amparo para a Bogotá D.C, y Medellín, y sus vivienda en ciudades d a las ciudades de Barranquilla, tal manera que sean a en , Cúcuta y Cali, y sus aglomeraciones, de julio de 2024, y 9 de 2014, a del primero de julio de DECRETO No. HOJA No. 3 de 4 "Por el cual se modifica el parágrafo del artículo 2.2.6.7.1.1. del Decreto 1077 de 2015 y se adicionan dos parágrafos transitorios, en cuanto al régimen de transición de las medidas de protección al comprador de vivienda nueva" <?ue en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto en el Decreto Unico Reglamentario 1081 de 2015, el proyecto de decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. DECRETA: