Artículo 1
Aclárase el Decreto 1757 del 3 de agosto de 1994, por el cual se organizan y establecen las modalidades y formas de participación social en la prestación de servicios de salud, conforme a lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 4º del Decreto-ley 1298 de 1994, en el sentido que este acto administrativo reglamenta el literal d) del artículo 1º de la Ley 10 de 1990 y el literal f) del artículo 154 de la Ley 100 de 1993.