Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la

Decreto · 1603 · 2023-09-29 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1°

Modificación estructura. Modiificar 666 de 201 modificado por articulo 1

Artículo 5°

del 430 1 el cual quedará así: "Artículo Estructura. estructura del Departamento Administrativo Función Pública será la siguiente: 1. Despacho Director General 1.1. Oficina de Planeación 1.2. Oficina Control Interno la Información y las Comunicaciones 1.3. Oficina 1.4. Asesora Comun 1.5. Oficina de Control Disciplinario Interno 1 Oficina de Estado Ciudadanías 2. Despacho del Subdirector 2.1. Dirección de Gestión del Conocimiento 2.2. Dirección de Público Dirección Desarrollo Organizacional Dirección Gestión y Institucional Participación, Transparencia y Servicio al Ciudadano Dirección 2.6. Dirección Jurídica la 1603 NÚMERO DE 2023 Continuación del Decreto "por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública" de Asesoría y Coordinación de Coordinación Sistema de Control l . Comisión de Personal" Modificación de

Artículo 7°

del funciones de la Oficina 430 de 2016, el cual de Planeación. de Planeación. funciones Asesora de 1 Administrar y promover Integrado de blica. desarrollo, implementación y sostenibilidad y Gestión del Administrativo 2. Asesorar al , a las demás dependencias y a las y vinculadas en formulación, , seguimiento y evaluación políticas, programas y proyectos orientados al cumplim y Sector. objetivos Definir directrices, metodologías, formulación, uimiento y proyectos del Departamento y de las y cronogramas los planes, del Sector. 4. Elaborar, en coordinación con las dependencias del Departamento y las entidades del y con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo, n Desarrollo e Institucional, estratégicos y de acción, Operativo Anual y Plurianual de I y someterlos a robación Director Departamento. 5. Hacer el la y al a la ejecución , programas y proyectos del Departamento y Administrativo. Nacional de Proyectos de Inversión Pública del Departamento los proyectos a incluir en el Plan Anual de del Departamento como de las entidades Preparar, y coordinación con Secretaría General, y acuerdo con que impartan Ministerio de 'Hacienda y Público, el yel Director Departamento, anteproyecto así como la programación presupuestal plurianual del Departamento y de las entidades del 8. Desarrollar 'y validar los ind del Sector y seguimiento a gestión, de producto y de impacto de los sistemas establecidos. a la ejecución presupuestal Realizar el mod y presupuesta les conformidad con el inversión, Sector en normas que lo Presupuesto y I Y viabilizar las entidades del Orgánico del NÚMERO 1603 2023 9 Continuación del Decreto "por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública" 10. Hacer el seguimiento y consolidar el informe de competentes. institucional y los informes para las la Secretaría Técn 11. Administrativo. Comité Institucional de Desarrollo 12. Diseñar, coordinar y administrar dependencias y procesos de la requeridas. gestión del riesgo en las diferentes con periodicidad y la oportunidad 1 Coordinar, acompañar internacional atendiendo los lineamientos Internacional de 1 demás inherentes a la

Artículo 3°

Modificación de las fu 16 del 430 de 2016, el cual "Artículo 16. Dirección Jurídica. siguientes: en los temas Estudiar, emitir que nacional y Departamento. programas y proyectos y las entidades del y funciones de la Oficina" la Dirección Jurídica. Modificar así: de la Dirección Jurídica, para las entidades y organismos Departamento. proyectos de actos deba someter a consideración del en temas de en la interpretación de normas a las entidades funcionamiento del Estado y la administración a su servicio. y adoptar los instrumentos 4. Impartir las directrices juríd normas por parte de las interpretación y aplicación en los temas de demás organismos y entidades Departamento. Recopilar, clasificar y en coordinación con la Dirección del información, estudios, investigaciones , para la toma y y a cargo del Departamento. Adelantar, en coord investigaciones y Departamento. de Gestión la política de lo DECRETO NÚMERO 1603 DE 2023 Continuación del Decreto "por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública" 7. Asesorar al Director General y a las demás dependencias, en los asuntos, políticas, instrumentos, herramientas y consultas jurídicas que se presenten en el ejercicio de sus funciones. 8. Proponer el diseño y administrar, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los sistemas de información y aplicativos en los cuales se compile, sistematice, actualice, publique y difunda la información normativa, jurisprudencial, doctrinal y demás relacionada con los temas de competencia del Departamento, para una mejor prestación del servicio público. 9. Definir y orientar la política de defensa judicial en los temas de competencia del Departamento. 10. Representar judicial y extrajudicialmente al Departamento en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parte, previo otorgamiento de poder o delegación del Director General y apoyar a . las entidades públicas en la defensa jurídica en los temas de competencia del Departamento. 11. Establecer estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de riesgos jurídicos del Departamento. 12. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el proceso de jurisdicción coactiva y efectuar el cobro a través de este proceso de las multas impuestas a favor del Departamento por parte de las autoridades competentes o hacer efectivo ante las autoridades judiciales competentes, los derechos de crédito que a su favor tiene y verificar que se desarrolle. 13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de competencia del Departamento. 14. Adelantar la etapa de juzgarniento y fallo en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores y ex servidores del Departamento, y trasladar oportunamente al Despacho del Director de la entidad el expediente correspondiente para el trámite de la segunda instancia cuando se hayan interpuesto los recursos de apelación o de queja de acuerdo con las funciones y competencias establecidas en el Código General Disciplinario y las disposiciones legales vigentes. 15. Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dirección."\nArtículo 4°. Modificación de las funciones de la Secretaría General. Modificar el

Artículo 17°

del Decreto 430 de 2016, el cual quedará así: "Artículo 17. Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes: 1. Asistir al Director General en la determinación de las políticas, los objetivos y las estrategias relacionadas con la administración del Departamento. <.. NÚMERO Continuación del Decreto 1603 DE 2023 el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública" 2. Implementar política de empleo e impartir los la adecuada administración del talento humano del Departamento. 3. Impartir Funciones y para lineamientos para petencias Laborales actualizado Departamento. Manual de los los servicios Departamento. y actividades relacionadas con los la gestión y las 5. Coordinar elaboración del Programa Caja con las obligaciones adquiridas y presentarlo al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 6. Dirigir la programación, elaboración y ejecución de los Contratación y Adquisición de y Obra Pública de manera con los instrumentos planeación y presupuesto. 7. Impartir asignados a los proyectos para proyectos de inversión y funcionamiento del a la ejecución la formulación y de , de recursos a 8. Prestar el técnico básico o primer nivel a los internos la del Departamento, garantizando adecuado funcionam infraestructura tecnológica base, en coordinación con las dependencias competentes. 9. Preparar en coordinación con Anual de Ministerio Hacienda y Director General Planeación y y oportuna presentación. de Planeación, con las Público, el Departamento, Anteproyecto impartan el Nacional de 10. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, distribución de muebles e inmuebles para el normal funcionamiento Departamento. 11. Consolidar los estados y de ejecución respectiva fiscal para la rendición de la cuenta las entidades competentes. 12. Apoyar la orientación, coordinación y de las de la entidad. 13. Dirigir y coordinar los estructura y la planta de la ejercicio del control administrativo técnicos requeridos del Departamento. modificar la Disciplinario 14. Diseñar y ejecutar, en divulgación y las Interno, medidas, los encam a fortalecer una cultura organizacional orientada a del régimen prevención, la lucha contra la corrupción, la ..... DECRETO NÚMERO 1603 DE 2023 Continuación del Decreto "por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública" disciplinario y la promoción de un servicio público con integridad, idóneo y eficaz al interior del Departamento. 15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. 16. Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Secretaría."\nArtículo 5°. Oficina de Control Disciplinario Interno. Adicionar el artículo 17A al Decreto 430 de 2016, el cual quedará así: "Artículo 17A. Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno, las siguientes: 1. Adelantar las actuaciones disciplinarias durante la etapa de instrucción, hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo adelantada contra los servidores o ex servidores del Departamento, que sean de su competencia, de conformidad con la normatividad que rige la materia. 2. Custodiar los archivos y los registros de los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de servidores y ex servidores del Departamento. 3. Trasladar a la Dirección Jurídica los expedientes de los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de servidores o ex servidores del Departamento, con el fin de que se adelante la etapa de juzgamiento en primera instancia. 4. Informar oportunamente a la Procuraduría General de la Nación, sobre la apertura de la investigación disciplinaria y la imposición de sanciones a los servidores públicos. 5. Registrar y consolidar la información de los procesos disciplinarios que se adelanten en el Departamento. 6. Notificar y comunicar las decisiones de instrucción que se profieran dentro de los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de servidores y ex servidores del Departamento. 7. Las demás que le sean asignadas y que le correspondan por su naturaleza."\nArtículo 6°. Oficina de Relación Estado Ciudadanías. Adicionar el artículo 178 al Decreto 430 de 2016, el cual quedará así: "Artículo 178. Oficina de Relación Estado Ciudadanías. Son funciones de la Oficina de Relación Estado Ciudadanías, las siguientes: 1. Proponer y asistir a la Dirección General frente a la formulación e implementación del modelo, estrategia y lineamientos para el fortalecimiento de la relación con los grupos de valor, tendiente a mejorar continuamente la prestación del servicio. DECRETO NÚMERO 1603 9 DE Continuación del Decreto "por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública" 2. Analizar y documentar la caracterización de los grupos valor la oferta institucional la entidad, teniendo en cuenta elementos de reconocimiento, mecanismos participación, accesibilidad y georreferenciación. servicio al ciudadano Coordinar la elaboración del plan anticorrupción y articulado con los lineamientos participación ciudadana y los planes e institucionales. Incorporar los atributos lenguaje claro, accesibilidad, diálogo e inclusión grupos de valor, de acuerdo con la social en la gestión y atención a normatividad vigente, metodologías expedidas el Gobierno nacional y la entidad. los procesos y controlar los niveles acuerdos de servicio relacionados con la atención a peticiones institucionales por nivel y canal en la entidad. 6. Administrar los y portales institucionales dispuestos la atención peticiones y la visualización información a los usuarios de la entidad, atendiendo a los de transparencia y participación ciudadana. Coordinar con la Oficina Asesora Planeación, la actualización, mejoramiento y automatización de los procesos institucionales cara a las ciudadanías. Atender y responder peticiones de primer nivel atención que formulen los ciudadanos por los diferentes canales atención, cuando sean de competencia de entidad. Conocer y tramitar las peticiones consulta de por el canal escrito, telefónico, presencial pronunciamiento la entidad y del n de servicio. undo nivel recibidas sobre que exista que 10. Recibir, tramitar y resolver las quejas, reclamos, sugerencias y/o denuncias por actos de corrupción que presenten los ciudadanos respecto los presta la entidad. 11. Gestionar y seguimiento servicIo prestado a entidades, servidores públicos y ciudadanías, así como a atención las peticiones, quejas, reclamos y para las soluciones 12. ular e implementar programas relacionamiendo del Departamento participación, rendición de cuentas, fortalezcan los escenarios de ciudadanías, en de señalados por ley. que le sean asignadas y que le correspondan por su DECRETO NÚMERO DE 2023 Continuación del Decreto "por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública"\nArtículo 7°. Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el Decreto 430 de 2016, modificado por el Decreto 666 de 2017, y las demás disposiciones que le sean contrarias. PU8LíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CARDO 80 ILLA GONZÁLEZ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINI DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, t CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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