Funciones del Director General. El director general cumplirá las siguientes funciones: 1. Coordinar el diseño de las estrategias, acciones y proyectos a cargo del Instituto. 2. Ejecutar los planes y proyectos aprobados por el Consejo Directivo que deban celebrarse con cargo a los recursos del Instituto. 3. Celebrar, en calidad de representante legal del Instituto, los contratos autorizados por el Consejo Directivo de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto 1250 de 2023. 4. Realizar los negocios fiduciarios que se requieran para el manejo y disposición de los recursos del Instituto y que hayan sido aprobados por el Consejo Directivo. DECRETO 1 e (\~~ .LUU.L Continuación del decreto Guajira y se dictan otras a¡S!JOSICIOr¡eS" 2023 Página N° 3 la estructura de/Instituto de la r.:",,,,t,,,,,, del 10 de La 5. Solicitar y revisar informes auditoría que le sean los actos y contratos el mismo. 6. Expedir los certificados correspondientes a las donaciones 7. Celebrar los contratos o convenios para la participación del Instituto en esquemas de participación Público - Privada o Público - Popular. 8. Celebrar los contratos o convenios necesarios para la formulación y ejecución de financiación estructurados por Consejo Directivo. 9. Hacer seguimiento y rar el cumplimiento del Plan para la prestación y del acceso a agua y saneamiento a la de La Guajira, con fin garantizar el suministro oportuno y de calidad, que sea por el Consejo Directivo. 10. Hacer seguimiento y asegurar el cumplimiento requeridas del recurso hídrico en las para infraestructu ras presentes en territorio, que permitan priorizar uso para consumo humano. 11. Ejercer funciones de ordenación de gasto y nominador de acuerdo con las y determinaciones del Consejo Directivo 12. Ejercer la representación legal del Instituto y constituir mandatarios o apoderados representen a la entidad en asuntos judiciales, administrativos y demás de carácter litigioso. 13. Conocer en instancia los procesos d de la entidad; resolver los recursos de apelación y queja, decidir los impedimentos, y la consulta y prórroga provisional, que se en etapa de los disciplinarios. que le sean asignadas por Directivo o el 1 Gobierno nacional. Artículo Oficina las leyes 1. 3. 4. Funciones de la Oficina de Control Interno. Son funciones de la Control Interno o quien haga sus además de las señaladas en sobre la materia, las siguientes: Y apoyar en el diseño, implementación y evaluación del Sistema Control Interno del Instituto, así como verificar su operatividad. y establecer, en coordinación con las dependencias de la institución, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de y productividad para evaluar la gestión y proponer med y/o correctivas del caso. los parámetros y/o científicos, técnicos y éticos evaluar la calidad de los programas del área y la regulación implantar y fomentar de control 11'"" ..'1",., institucionales. administrativa, financiera y de de DECRETO NÚMERO 16 D1 DE 2023 Página N° 4 de 10 Continuación del decreto "Por el cual se adopta la estructura del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira y se dictan otras disposiciones" 5. Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción de cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia y proponer las medidas preventivas y/o correctivas necesarias. 6. Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros de acuerdo con los procedimientos y control fiscal establecidos para el movimiento de fondos, valores y bienes del Instituto. 7. Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la entidad. 8. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados. 9. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios. 10. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana que, en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente. 11. Diseñar e implantar el sistema de auditoría de sistemas de la entidad, estableciendo normas, metas, objetivos y efectuar el análisis de los resultados para la toma de acciones preventivas y/o correctivas 12. Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro del Instituto, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. 13. Asesorar, acompañar, verificar y hacer seguimiento de las políticas, estrategias y actividades implementadas para la administración de los riesgos, que puedan representar amenazas para la consecución de los objetivos organizacionales. 14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.