Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal

Decreto · 1572 · 2024-12-24 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia) publica esta norma como «Derogado» (consultado el 22/09/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 8°

deben entregar las salvedades por escrito a más 2024. Que el día 17 de diciembre del 2024, el Secretario Permanente de Concertación de Políticas Salariales y electrónico las siguientes salvedades: 1. Salvedad firmada por ACOPI Salvedad firmada por ANDI, FENALCO, y Salvedad firmada por las Centrales sindicales CGT, CTC y de las Confederaciones de pensionados CDP y CPC. isión vía correo como 18 de diciembre de 2024 sesionó la Comisión Políticas y Laborales, con el fin de término dispuesto en el Parágrafo del Artículo 8 de como trabajadores remitieron a la Secretaría Ministerio Trabajo en su función de promoción del diálogo H"""U" 5 reuniones de la comisión permanente, 2 de la subcomisión productividad y quince reuniones bilaterales entre Gobierno, y hacen parte de la Comisión Permanente de Concertación Salariales y Laborales, a fin de buscar un acuerdo que fijación del salario mínimo para el 2024, no obstante, no se llegó a un tripartito. DECRETO NÚMERO . Continuación del lO/",'Qtl"l T' - ­ 1572 2023 HOJA No. 5 "Por el cual se inciso del parágrafo 1996,

Artículo 1°

Salario Mínimo Legal Mensual vigente para el año 2025. Fijar a partir del primero (1°) de enero de 2025 como Salario Mínimo Legal Mensual, la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS PESOS ($1.423.500). DECRETO NÚMERO - -1572 DE 2023 HOJA No. 7 Continuación del Decreto uPor el cual se fija el salario mínimo mensual lega/"\nArtículo 2°. Vigencia y derogatoria. Este Decreto rige a partir del primero (1°) de enero de 2025 y deroga el Decreto 2292 del 29 de diciembre de 2023. PUBLíQUESE y CÚ ~ 4 Die Dado en Bogotá, D.C., a los EL MINISTRO (E) DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, LA MINISTRA DEL TRABAJO, ~~~~~ GLORIA INÉS RAMíREi Ríos

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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