Por el cual se modifica la planta de personal de la Industria Militar- INDUMIL

Decreto · 157 · 2022-01-28 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–7 de 7

Artículo 46°

de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 19 de 2012 y lo previsto en los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 Y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015 y lo modificado al respecto por el artículo 5 del Decreto 498 del 2020. Que el Departamento Administrativo de la Función Pública encontró ajustados los estudios técnicos presentados por la Industria Militar, en consecuencia, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de personal de la Industria Militar -INDUMIL. Que la Industria Militar - INDUMIL, para modificar su planta de personal, cuenta con el concepto de viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA:

Artículo 1°

Supresión de empleos. Suprimir de la planta de personal de la Industria Militar - INDUMIL, los siguientes cargos: NUMERO DE • CARGOS DENOMINACiÓN DEL CARGO 1 (Uno) Gerente General de Entidad Descentralizad; vinculada al Sector Defensa • 1-2 21 4 (Cuatro) Subgerente de Entidad Descentralizada vinculada al Sector Defensa 1-2-1 18 I CÓDIGO! GRADO " 157 DECRETO NÚMERO DE 2022 HOJA No. 2 Continuación del Decreto 'Por el cual se modifica la planta de personal de la Industria Militar- INDUMIL". 3 (tres) Director del Sector Defensa 1-3 11 1 (Uno) Auditor Interno del Sector Defensa 1-2-1 13

Artículo 2°

Creación de Empleos Públicos. Crear en la planta de personal de la Industria Militar - INDUMIL, los siguientes cargos: NUMERODE CARGOS I DENOMINACiÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO Uno (1) Presidente 1-2 25 Uno (1) Jefe de Oficina de Control Interno 1-4 17 Uno (1) Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno 1-4 17 '!

Artículo 3°

Planta de Empleados Públicos. La planta de personal de empleados públicos de la Industria Militar -INDUMIL será la que se establece a continuación: NUMERO DE CARGOS DENOMINACiÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO, Uno (1) Presidente 1-2 25 Uno (1) Jefe de Oficina de Control Interno 1-4 17 Uno (1) Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno 1-4 17 PARAGRAFO: La incorporación de los empleados públicos a los cargos de que trata el presente artrculo se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Artículo 4°

Trabajadores oficiales. El número de trabajadores oficiales al servicio de la Industria Militar-INDUMIL será de mil cuatrocientos diez (1.410).

Artículo 5°

Distribución y ubicación de cargos. El Presidente de la Industria Militar ­ INDUMIL distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 4 del presente Decreto, mediante acto administrativo, y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la Empresa.

Artículo 6°

Remuneración. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempefían actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo. - DECRETO NÚMERO . ,157 DE 2022 HOJA No. 3 Continuación del Decreto 'Por el cual se mOdifica la planta de personal de la Industria Militar- INDUMIL"\nArtículo 7°. Vigencia y modificaciones. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los Decretos 2258 de 2005, Decreto 4166 de 2007 y las demás disposiciones que le sean contrarias. 2 8 ENE2022 PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y JO~UELRE TREP~ONDANO EL MINISTRO DE DEFENSA NACrONAL, EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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