Artículo Modifíquese numeral 1 y la Parte 2 del 2555 de 2010, cual quedará del Libro 5 1.13 ingresos por comisiones provenientes de la administración de activos a través de contratos de fiducia inversión, fiducia inmobiliaria, fiducia fiducia en garantía, administración o gestión fondos de inversión colectiva, Voluntarios Pensión, fondos de pensión Componente la Ley 2381 2024, Fondo Complementario de Ahorro Individual de Nacional Pensiones Entidades (Fonpet), fiduciarios de que trata el Libro de la sobre pasivos pensiona les y la custodia de 2 del Decreto 2555 de 2010." . I cálculo contemplado en el n 1 respecto a los . Para realizar del Componente Complementario de Ahorro Individual de que la Ley 2024, se ingresos y por anuales promedio de los fecha Para nuevos DECRETO 1553 DE Página 19 de 21 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 Y se adiciona el Libro 43 a la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las normas aplicables a las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo relativas a la administración y reglas de gobierno corporativo." administradores, o para uellos que no información para tres (3) años anteriores, los ingresos y por comisiones aplicables serán calculados como el resultado de multiplicar el de los activos administrados por los cocientes los el valor los activos administrados ingresos y gastos comisiones aquellas entidades administraron activos en los últimos tres (3) años, acuerdo con definiciones que el efecto imparta la Superintendencia Financiera Colombia.".. Artículo Modifíquese el numeral 1 y el parágrafo 4 ° al artículo 2.6.1.1.7 del Libro 6 de la 2 del de 2010, cual quedará así: Sumar los por comisiones provenientes de la administración activos que se a través de contratos de de pensiones obligatorias, fondos cesantías, fondos voluntarios de pensión, fondos pensión del Componente Complementario Ahorro Individual de que trata la 2381 de 2024, Fondo Nacional de Pensiones de Territoriales -Fonpet-y negocios fiduciarios sobre pasivos pensionales.". "Parágrafo 4°. Para cálculo contemplado en el numeral 1 respecto a fondos de pensión del Componente Complementario Ahorro Individual de que trata la Ley 2381 de 2024, se tomarán como referencia los ingresos y por anuales promedio de los últimos (3) años a la fecha de cálculo. Para nuevos administradores, o para aquellos que no tengan información para los tres (3) años anteriores, los y gastos por comisiones aplicables n calculados como resultado multiplicar valor los activos administrados por los cocientes de los y gastos por comisiones sobre valor de activos administrados aquellas entidades que administraron estos activos en últimos (3) de acuerdo con las definiciones para efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia."\nArtículo 4°. Modifíquese el numeral 1 y adiciónese el rágrafo al artículo 2.9.1.1.13 Libro 9 la Pa 2 del Decreto 2555 2010, el cual quedará así: los ingresos por comisiones provenientes de la colocación títulos, asesoría en el mercado de valores y administración de activos que se realice a través de contratos de comisión, administración valores, administración portafolios de