Funciones del Comité Técnico Nacional de Patrimonio Mundial. Son funciones del Comité Técnico Nacional de Patrimonio Mundial las siguientes: 1. Estudiar, evaluar y conceptuar respecto de todas las candidaturas que Colombia presente ante la Unesco, con el objeto de inscribir bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural, en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial. 2. Proponer acciones para implementar, en el ámbito nacional, la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural y la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco. 3. Hacer seguimiento al cumplimiento y aplicación de la Convención de Patrimonio Mundial y de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco, y de otros recursos normativos de la Unesco, en el territorio colombiano. 4. Participar en procesos de gestión y participación de la comunidad y de la empresa privada para lograr la incorporación del patrimonio cultural, natural e inmaterial en la dinámica social y así garantizar su sostenibilidad. 5. Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos locales, adquiridos por las entidades nacionales, departamentales, distritales, municipales y étnicas para el mantenimiento y la conservación de los bienes y manifestaciones inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco. 6. Articular entre la Unesco, la Nación y las Entidades Territoriales el manejo de los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco. 7. Conceptuar sobre las solicitudes de asistencia técnica y financiera internacional que se formulen para la salvaguardia, protección. recuperación, conservación. sostenibilidad y divulgación de los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural. 8. Consolidar los informes periódicos que elaboren las entidades que manejan el patrimonio cultural, natural e inmaterial, para ser presentados ante la Unesco y demás informes solicitados sobre los temas de su competencia. 9. Expedir su propio reglamento. DECRETO 550 DE 2022 Página 4 de 5 Continuación del Decreto: " Por el cual se suprimen y modifican algunas instancias intersectoriales presididas por el Ministerio de Cultura" 10. Las demás que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto con el que fue creado.