Por el cual se modifica el Decreto 2147 de 2016

Decreto · 1546 · 2017-09-19 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 2°

de la Ley 1609 de 2013. . [1 I .. Que se cumplió con la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en relación con la publicación del texto del presente Decreto. ,. ( 1: i 1 I I DECRETA:

Artículo 1°

Modifícase el numeral 2 del artículo 139 del Decreto 2147 de 2016 el cual quedará así. ,¡ I ., "2. De conformidad con el numeral 3 del artículo 5 de la Ley 1609 de 2013, entrarán a regir el 08 de marzo de 2018, los Títulos 11 y 111 del presente Decreto, excepto los artículos 88 y 99." GD-FM-017 V2 I ; DECRETO NÚMERO '"' 1546 - - - - - - de Hoja N°. 2 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 2147 de 2016"\nArtículo 2°. El presente Decreto rige a partir del día calendario siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. PUBLíQUESE y CÚMPLASE, 19 S P 2017 Dado en Bogotá, D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO r !ÚA~ vi ~ {!,.,. JJ. ~ MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA EL VICEMII\1ISTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO L GD·FM·017 V2

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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