Artículo 1°
Creación y objetivo de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad. la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, cuyo objeto es el diseño y seguimiento de la política pública y criminal en materia de desmantelamiento de las organizaciones o conductas criminales responsables homicidios y masacres, que atenten contra defensores/as derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación los Acuerdos y construcción de la paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo. La Comisión también armonizará dichas políticas para garantizar su ejecución, Artículo . Integración. La Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, estará integrada 1, Presidente de la República, quien presidirá El Ministro del Interior Ministro de Defensa 4. Ministro de Justicia y del Derecho El Fiscal General de la Nación Defensor del Pueblo 7. Procurador General de la Nación 8. El Director de la Unidad Especial de investigación para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atentan contra defensores/as derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación de los acuerdos y la construcción la paz, incluyendo organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo 9. El Comandante 10. 11. 1 Director General las Fuerzas Militares la Policía Nacional (3) expertos reconocidos en la materia. Dos (2) delegados de las Plataformas de Derechos Humanos. DECRETO LEY "NÚMERO'- 154 DE 2017 HOJA No 5 Continuación del Decreto" Por el cual se crea la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad en el marco del Acuerdo Final, suscrito entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP el 24 de noviembre de 2016" .