DECRETO 1526 DE 2001

Decreto · 1526 · 2001-07-25 · Jerarquía: nivel 7

En Revisión
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

Adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 3° del Decreto 1078 de 1998, así: Parágrafo. La “Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano” podrá concederse a los gobiernos extranjeros, representados por los embajadores extraordinarios y plenipotenciarios debidamente acreditados, que en virtud de una misión loable o aportes benéficos, conlleven a logros en favor de la salud del pueblo colombiano y por ende se hagan acreedores a tal reconocimiento.

Artículo 2

El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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