Artículo 1°
Adición del Decreto 1079 de 2015. Adiciónese los siguientes artículos a Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 la Parte 2 Libro 2 del 1079 de 201 la cual quedará "Artículo 2.2.1 Condiciones del Programa y Renovación del Parque Automotor de destinados al transporte de se siguientes Promoción la Reposición La Reposición de vehículos de que trata el artículo 2.2.1 1 de la presente de uno a uno hasta que se dé una de las ," .......... ..... ~. '. J,' "PÓr el cual se crea el Registro Único Nacional de Desintegración Física de Vehículos e Ingreso de Nuevos Vehículos de Transporte Terrestre Automotor de Carga - RUNIS TAC - y se adicionan unos artículos a la Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015" 4 1) Que se ejecute la totalidad de los recursos del Programa de Promoción para la Reposición y Renovación del Parque Automotor de Carga, determinados en el documento CONPES 3759 de 2013 . 2) Que se equilibren las condiciones de oferta y demanda del mercado asociado a la comercialización de vehículos destinados al servicio público de transporte terrestre automotor de carga. Esta circunstancia deberá ser acreditada por el Ministerio de Transporte con base en estudios técnicos. Parágrafo. Una vez se cumpla alguna de las condiciones establecidas en el presente artículo, el Ministerio de Transporte dará apertura definitiva al mercado de vehículos destinados al servicio público de transporte terrestre automotor de carga .