Por el cual se modifican los artículos 7, 8 Y 10 del Decreto 1289 de 1994 "Por el cual se

Decreto · 1502 · 2023-09-13 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–7 de 7

Artículo 1°

Modificar el artículo 7 del Decreto 1289 de 1994, el cual quedará así:

Artículo 7°

Composición de la Junta Directiva. La Junta Directiva del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado E.S.E, estará conformada por: 1. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, quien la presidirá. 2. El Director del Instituto Nacional de Salud - INS, o su delegado. 3. Un (1) representante del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado, que deberá ser profesional del área de la salud vinculado a la planta de personal, ,. DECRETO NÚMERO 1502 DE 2023 HOJA No. de Continuación del Decreto: "Por el cual se modifican los arlfculos 7, 8 Y 10 del Decreto 1289 de 1994 por el cual se transforma el Sanatorio de Contratación en una Empresa Social del Estado" cualquiera que sea su disciplina, nominado mediante elección por voto secreto, que se realizará con la participación de todo el personal de planta. . 4. Un (1) representante de las Asociaciones Científicas cuyo objeto tenga relación con las funciones del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado, mediante convocatoria pública realizada por parte del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado. . 5. Un (1) representante de las asociaciones que representan a los enfermos de Hansen del municipio de Contratación mediante convocatoria pública realizada por parte del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado. 6. Un (1) representante de la Asociación de Usuarios del Sanatorio, designado por las alianzas o asociaciones de usuarios legalmente establecidas, mediante convocatoria pública realizada por parte del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado.

Parágrafo 1. Los miembros de la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado de que tratan los numerales 3 al 6, tendrán un período de tres (3) años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelegidos. Los miembros de que tratan los numerales 3 al 6 que, a la entrada en vigencia del presente decreto, hayan sido designados como integrantes de la Junta Directiva del Sanatorio de Contratación ESE, continuarán ejerciendo su representación hasta finalizar el período para el cual fueron nombrados o reelegidos.
Parágrafo 2. El Director del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado E.S.E, actuará como secretario técnico de la Junta Directiva y tendrá voz, pero no voto.

Artículo 2°

Modificar el artículo 8 del Decreto 1289 de 1994, el cual quedará así:

Artículo 8°

Funciones de la Junta Directiva. La Junta Directiva del Sanatorio de Contratación E.S.E., tendrá las siguientes funciones: a) Formular la política general de la entidad; b) Adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional; c) Determinar la estructura orgánico funcional de la entidad, así como su planta de personal; d) Aprobar el proyecto anual de presupuesto de la entidad y autorizar adiciones, traslados, reformas, créditos y contracréditos presupuesta les, que presente el Director, de conformidad con la legislación vigente; e) Controlar el funcionamiento general de la entidad, velando por la adecuada ejecución y desarrollo de su objeto; f) Fijar, de conformidad con la ley, los criterios que deben tenerse en consideración para la adjudicación de subsidios a los enfermos de Hansen; g) Darse su propio reglamento; h) Estudiar y aprobar los balances de cada ejercicio contable y examinar las respectivas cuentas, de conformidad con las normas legales vigentes; .' DECRETO NÚMERO 1502 DE 2023 HOJA No. de Continuación del Decreto: Por el cual se modifican los artículos 7, 8 Y 10 del Decreto 1289 de 1994 por el cual se transforma el Sanatorio de Contratación en una Empresa Social del Estado" 11 i) Estudiar y aprobar, de conformidad con las normas legales vigentes, el reglamento interno de trabajo al cual deben someterse los servidores públicos de la entidad; j) Elegir el Revisor Fiscal y fijar sus honorarios, de conformidad a las normas legales vigentes; k) Las demás que señale la ley, los estatutos y los reglamentos.

Artículo 3°

Modificar el artículo 10 del Decreto 1289 de 1994, el cual quedará así:

Artículo 10°

Funciones Del Directora Gerente. Son funciones del Director o Gerente: 1. Representar legalmente al Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado E.S.E y fungir como ordenador del gasto de acuerdo con las facultades concebidas. 2. Fijar las políticas y adoptar los planes generales relacionados con la institución o el sector de la salud cumpliendo las decisiones de la Junta Directiva para propender los términos y condiciones establecidos para su ejecución. 3. Dirigir las operaciones propias de la entidad y cumplir con las normas estatutarias manteniendo la unidad de intereses en torno a la misión, objetivos y funciones del Sanatorio de Contratación E.S.E. 4. Someter a consideración y aprobación de la Junta Directiva los planes y programas necesarios para el cumplimiento del objeto y las funciones asignadas a la entidad. 5. Dirigir, controlar y propender por el cumplimiento de los objetivos de la institución, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas. 6. Vigilar por la correcta destinación de los fondos de la entidad y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de ésta. 7. Proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos. 8. Nombrar, remover y administrar el personal, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y, suscribir acuerdos laborales de empleados públicos y la convención colectiva con trabajadores oficiales de acuerdo con la disponibilidad presu puestal. 9. Presentar al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Salud y Protección Social y de la Junta Directiva, informes anuales y periódicos sobre las actividades de la entidad. 10. Rendir a la Junta Directiva, los informes que correspondan y aquellos que le sean solicitados por las autoridades competentes. 11. Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos y adoptar sistemas o canales de información para la ejecución y seguimiento de los planes del sector. 12. Asistir a las reuniones de las juntas, comités y demás cuerpos en que tenga asiento la entidad o efectuar las delegaciones pertinentes. DECRETO NÚMERO 1502 HOJA No.. de DE 2023 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifican los articulos 7, 8 Y 10 del Decreto 1289 de 1994 por el cual se transforma el Sanatorio de Contratación en una Social del Estado" 13. Ser nominador y ordenador del gasto de acuerdo con las facultades concebidas por la Ley y los reglamentos. 14. Dictar los actos administrativos a que haya lugar, celebrar contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de la misión, visión, objetivos y funciones de la entidad. 15. Velar el cumplimiento de las normas jurídicas que rigen las Empresas Sociales del Estado. 16. Gestionar ante el Ministerio de Salud la reasignación de los cupos de enfermos de Hansen con derecho al subsidio establecido por la Ley, que hayan fallecido o que lleven más de un (1) año de no cobrar. 17. Convocar, Juntas Médicas del Sanatorio para estudio de incapacidades de Enfermos de Hansen residentes en Contratación y que son candidatos para adjudicación de subsidios aprobados por la Ley. 18. Adjudicar mediante acto administrativo los subsidios a Enfermos de Hansen que llenen los requisitos establecidos por las normas legales con base en los cupo::. asignados a la pagaduría del Sanatorio de Contratación por el Ministerio de Salud. 19. Convocar a reuniones a la Junta Directiva cuando lo considere necesario. 20. Las demás señaladas en la Constitución, la Ley, los estatutos y las disposiciones que determinen la organización de la Entidad y la naturaleza del empleo.

Artículo 4°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNíQUESE, PUBLíQUESE y C 13 202·· Dado en Bogotá, D.C., a los EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL, +lb ---­ OJARA~~ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE FUNCIÓ ¿., \, CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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