- Modifíquese el artículo 2.7.3.5. 1068 de 201 el así: Requisitos para la operación. Toda persona o jurídica que se en la realización, y comercialización, como gestor de una ante un operador autorizado por la autoridad competente, la solicitud la rifa para su trámite de esto, de acuerdo con la competencia consagrada en el artículo 2.7.3.3 del presente título, en la cual indicar: 1. Razón y domicilio del 2. A la natural; se anexará fotocopia Existencia y la rifa. ciudadanía si Representación Página 5 9 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la Parte 7 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único de suerte y Reglamentario del Hacienda y Crédito Público, en lo relativo a la modalidad de azar -rifas-o correspondiente Cámara Comercio y fotocopia legal si se trata persona 3. Nombre de la rifa se realizará y su registro por la autoridad competente. la Cédula de Ciudadanía del el respectivo operador autorizado 4. Integración a través del operador autorizado al software plataforma electrónica web o informático la realización del sorteo a la entidad competente tanto el iento, control y verificación la veracidad y transparencia del como el seguimiento a la comercialización de la rifa; o el de la o de billetes contra el cual se realizará el sorteo. Este requisito no aplica la comercialización rifas con boletas físicas y comercialización manual. 5. Valor de venta al público de 6. Número total tiquete se emitirán. y/o 7. Número de tiquetes y/o boletas que dan 8. Valor boleta. a participar en la rifa. total de la emisión, y 9. Plan que se al público, el la relación detallada de los bienes inmuebles y/o premios objeto de la rifa, especificando su naturaleza, cantidad y valor comercial incluido el IVA. solicitud debe anterioridad no inferior a realización del con el cumplimiento los requisitos exigidos con una (30) calendario a la prevista para la Parágrafo Transitorio. Las rifas podrán realizarse por los gestores, de manera manual, prevía autorización y/o aprobación la competente mientras se encuentre vigente el periodo de transición previsto en la presente modificación. Los requisitos los previstos en el reglamento y el procedimiento corresponderá al que disponga entidad caso, los resultados contra los cuales se realizarán rifas de comercializactón manual serán los en el numeral 1 del 2.7 .3.4. Artículo Modifíquese el artículo 2.7.3.6. del Decreto 1068 Artículo Requisitos la autoridad com rifa de siguientes 2015, el quedará la autorización. solicitud para aprobación de una de trata el artículo deberá 1. Comprobante de la plena propiedad sin reserva de dominio, los bienes muebles e inmuebles o premios objeto de la rifa, lo cual se hará conforme con lo dispuesto en normas legales vigentes. 2. Avalúo comercial de bienes inmuebles y facturas o documentos bienes muebles y premios que se rifen. adquisición de de cumplimiento contratada con una compama seguros constituida legalmente en el país, expedida a favor de la entidad competente emitir la autorización, valor de la garantía igual al valor total plan premios y su por un no inferior a cuatro (4) meses contados a partir de la de 3. ~-1486 DE Página 6de 9 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la Parte 7 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único de suerte y Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relativo a la modalidad de azar -rifas-o del sorteo, garantía podrá sustituirse por una de carácter bancario en los términos y condiciones anteriormente del tiquete y/o boleta en el Códigos tiquetes y/o boletas b) número valor debe contener como mínimo los siguientes y/o códigos QR (Quick que se en la y comercialización utilizados para los la rifa, la boleta; venta al público de la misma; d) El lugar, la fecha y hora del sorteo; e) término la caducidad del y la f) que se para anotar el autorizará la realización de la rifa; g) descripción de los es posible, el modelo de h) El valor los del acto administrativo que objeto la rifa, con expresión la marca comercial y si bienes en especie constituye cada uno los en moneda legal colombiana; i) El nombre, domicilio, identificación y firma de la persona responsable de la j) nombre k) La la rifa; el premio al de ser o no 1) El nombre la Lotería tradicional o según sea el caso, billetes con la se realizará el sorteo, 5. Texto proyecto de publicidad con que se pretenda promover la de de la rifa, la cual deberá cumplir con el manual imagen corporativa de la autoridad que autoriza su operación, la lotería tradicional o los del cuando haya lugar cuyos resultados Parágrafo. utilizados el caso de que el rifas sea un concesionario del juego de n",rIT"'''' o por entidades operen la lotería tradicional o billetes, el requisito contemplado en el Numeral 1 del presente artículo podrá acreditarse con cualquiera siguientes documentos: para el caso de que contrato compraventa y el caso de muebles la acredite la propiedad los bienes a entregar o cotización de los mismos, documentos que estar acompañados una certificación por el legal o revisor fiscal del indique manera clara y expresa que el operador plan con vigencia no cuenta con los recursos para garantizar el pago mayor a quince (15) días calendario anteriores a la radicación la solicitud,