Por el cual se suprimen y se prorrogan unos empleos de la planta temporal del

Decreto · 1471 · 2025-12-29 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 189°

numeral 14 de la Constitución Política y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y CONSIDERANDO: Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 establece en sus numerales 1 y 2 que las entidades públicas podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, de acuerdo con sus necesidades, empleos de carácter temporal o transitorio. La justificación para su creación debe contener la motivación técnica para cada caso, así como la apropiación y disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales. Que mediante el Decreto 1265 de 2023 se crearon en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, ochenta y dos (82) empleos temporales del nivel Profesional, durante el período comprendido entre el 28 de julio y el 31 de diciembre de 2023, los cuales están financiados en su totalidad con presupuesto de inversión. Que mediante el Decreto 2289 de 2023 se realiza primera prórroga de la planta temporal para el periodo comprendido entre el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de la vigencia 2024. Que mediante el Decreto 1606 de 2024 se realiza segunda prórroga de 76 de los 82 empleos de la planta temporal creada mediante Decreto 1265 del 2023, para el periodo comprendido entre el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de la vigencia 2025. Que en virtud de lo establecido en el artículo 2.2.1.1.4 del Decreto 1083 de 2015, el nombramiento en empleos temporales: /1(.. .) deberá efectuarse mediante acto administrativo en el que se indicará el término de su duración, al vencimiento del cual quien lo ocupe quedará retirado del servicio automáticamente. El término de duración del nombramiento en el empleo de carácter temporal deberá sujetarse a la disponibilidad presupuestal (. ..) /l. Que las necesidades que fundamentaron la creación de los empleos temporales del Departamento Administrativo de la Función Pública, a través del Decreto 1265 de 2023, se mantienen vigentes. No obstante, debido a las disponibilidades presupuestales se prorrogarán cuarenta y cinco (45) empleos. DECRETO NÚMERO 1471 DE 2025 HOJA No 2 Continuación del decreto "Por el cual se suprimen y se prorrogan unos empleos de la planta temporal del Departamento Administrativo de la Función Pública creada mediante el Decreto 1265 de 2023" Que, de conformidad con lo anterior, serán suprimidos de la planta temporal treinta y un (31) empleos, de los cuales a la fecha dieciséis se encuentran vacantes de acuerdo con la certificación expedida el día once (11) de diciembre de 2025 por el Coordinador del Grupo de Gestión Humana del Departamento Administrativo de la Función Pública. Que la financiación de los empleos temporales en la planta de personal para la vigencia fiscal 2026 se realizará con recursos de los Proyectos de Inversión: Formulación Consolidación de las capacidades de gestión y desempeño de las entidades y servidores públicos del nivel territorial y nacional para recuperar la confianza de la ciudadanía en el Estado - Nacional Nacional, (ji) Transformación de las administraciones públicas mediante el desarrollo de políticas y lineamientos que permitan el fortalecimiento de los componentes de la función administrativa, la función pública y la gestión pública Nacional y, (iii) Formulación Fortalecimiento de las capacidades institucionales para la prestación optima de un servicio público de calidad a las ciudadanías Bogotá, y (iv) Mejoramiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones a nivel institucional para dar cumplimiento a las políticas de Gobierno Digital y transformación Digital Bogotá, los cuales se encuentran inscritos en el Banco de programas y proyectos de Inversión Nacional BPIN 202300000000076, BPIN 202300000000137, BPIN 202300000000136, Y BPIN 202300000000140, respectivamente del Departamento Nacional de Planeación. Que el Departamento Nacional de Planeación a través de la Dirección de Programación de Inversiones Públicas emitió concepto favorable mediante Radicado No. 20254300852941 del 11 de diciembre de 2025, para la prórroga de los empleos temporales en el marco de los proyectos de inversión indicados anteriormente. Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable mediante Radicado No. 2-2025-079767 para la prórroga de la planta temporal de empleos del Departamento Administrativo de la Función Pública. Que el Departamento Admin istrativo de la Función Pública a través de la Dirección de Desarrollo Organizacional emitió concepto técnico favorable mediante Radicado No. 20254000596181 para la prórroga de la planta temporal desde el 10 de enero hasta el 12 de septiembre de 2026. Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República emitió previo concepto en los términos del artículo 2 del Decreto 0199 de 2024 para la prórroga de la vigencia de los empleos temporales del Departamento Administrativo de la Función Pública. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA:

Artículo 1°

Supresión. Suprimir a partir del 1 de enero de 2026, los siguientes empleos de la planta temporal del Departamento Administrativo de la Función Pública: DECRETO NÚMERO- - - - HOJA No 3 DE 2025 Continuación del decreto "Por el cual se suprimen y se prorrogan unos empleos de la planta temporal del Departamento Administrativo de la Función Pública creada mediante el Decreto 1265 de 2023" No. De Cargos Veintiséis (26) Denominación del Empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 18 Cinco (5) Profesional Universitario 2044 01

Artículo 2°

Prórroga. Prorrogar la vigencia de los siguientes empleos temporales en el número, denominación, código y grado que se señala a continuación en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, creados mediante el Decreto 1265 de 2023, hasta el 12 de septiembre de 2026: No. De Cargos Treinta y seis (36) Denominación del Empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 18 Nueve (9) Profesional Universitario 2044 01 Parágrafo. Los empleos de carácter temporal cuya vigencia se autoriza prorrogar en el presente artículo, están destinados a cumplir las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2 .1.1.4 del Decreto 1083 de 2015 y su provisión estará sujeta a las disposiciones normativas que rigen la materia .

Artículo 3°

Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 1 del Decreto 1265 de 2023. 0 PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los /~, . EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, GERM LA DI RECTORA DEL DE AMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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