Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las

Decreto · 147 · 2024-02-07 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–17 de 17

Artículo cuarto

, de acuerdo con sus competencias legales y constitucionales, en el marco del Mecanismo Especial creado de acuerdo con el apartado (9.2), en los términos y en los plazos señalados en el apartado (9.3) de las consideraciones de esta providencia, con el fin de superar el estado de cosas inconstitucional declarado en esta sentencia. Para que las funciones y labor de seguimiento del mecanismo especial de seguimiento y evaluación sea efectivo, el Gobierno Nacional junto con las entidades que han sido vinculadas a este proceso, deberán convocar al proceso de cumplimiento de la presente sentencia, al menos a las siguientes entidades, de acuerdo con el marco de sus competencias legales y constitucionales, para las tareas específicamente previstas en el numeral 9 de las consideraciones y en esta parte resolutiva : Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Departamento Nacional de Planeación, CORPOGUAJIRA, Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Transporte, INVIAS, Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente-, Fiscalía General de la Nación, Contraloría General de la República, Contraloría Departamental de La Guajira y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Las autoridades directamente vinculadas al proceso de tutela deberán tomar las medidas necesarias para contar con la cooperación de las entidades mencionadas. Para el efecto, se REMITIRÁ copia de esta sentencia a todas las entidades mencionadas, para que ejerzan sus funciones constitucionales y legales, incluyendo a la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, a través de la Secretaría General. (. . .)

Artículo Segundo

, porque pueden aumentar la legítimidad de las intervenciones y de manera más amplia la legitimidad del Estado." mediante la se que las entidades del orden nacional deberán formular sus proyectos inversión y registrarlos en Banco de Proyectos Inversión Nacional (BPIN), mejor y más específicamente actividades y metas que se aprueben en el marco del Especial creado por la sentencia. tal sentido, el Nacional, a del Ministerio Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de , deberá las medidas adecuadas y necesarias para superar el Estado de Cosas Inconstitucional como una primer orden los distintos ejercicios presupuesta les, y determinar la forma en recortes presupuestales en la forma de de aplazamiento y otras figuras, no o afecten para la superación del de Cosas Inconstitucional. del derecho a una vida digna y a un desarrollo armónico e integral de las y niños del Wayl.Ju es urgente. Por a través del entidades territoriales para que príoricen la Mecanismo Especial se requerirá a superación del Estado Cosas Inconstitucional la formulación de proyectos NÚMERO -------------------- 2024 Página 9 25 "Por el cual se crea el Mecanismo ",na",!:>, de Seguimiento y Evaluación de MESEPP, para la superación Estado de Cosas Inconstitucional en los Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia de Guajira y, se deroga el 2020" t1.:>r,".:>U... U1m,.<"1." - aprobación de los nos Colegiados de Administración y de Regalías, y ordenará al Decisión (OCAD) en el marco del Departamento Nacional de Planeación asesorar a entidades territoriales en la formulación de proyectos. En cumplimiento de esta orden, la Corte sugiere la formulación o actualización tipo del Departamento Nacional para lograr los distintos objetivos vinculantes de esta sentencia . • Que orden judicial, emanada en la T 302 de 2017 la Constitucional y en concordancia con la Constitución Política de Colombia, se configura como una garantía de los dependen del esfuerzo a los deberes de las nacional y, ante todo, del cumplimiento respecto de las cuales se que no existía evidencia de municipales o indígenas para garantizar la faceta prestacional agua, a la alimentación y a la salud los niños y niñas del pueblo Wayúu municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del Departamento de la Seguimiento y Evaluación de la creación del Mecanismo - MESEPP, plan no compete únicamente al pues los primeros la garantía de servicios en coordinación con como ua y la salud son las de nivel nacional, por tal motivo es obligatoria construcción conjunta y articulada el impacto de las políticas plazos y metas, así como cumplir con las órdenes jud actuales y las que se adopten Riohacha, Manaure, Maicao y con la crisis en los municipios contando con la participación de las enunciadas 1998 "Por la cual se dictan normas Que la Ley 489 de 29 de diciembre y funcionamiento de entidades del orden nacional, se atribuciones principios y reglas generales para el ejercicio de previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución y se disposiciones. ", facultó en su artículo 45, al gobierno Nacional crear intersectoriales con el fin r la coordinación y orientación superior de ciertas y públicos, cuando por mandato legal o en sus características, dos o más ministerios, departamentos sin perjuicio de competencias ministrativos o entidades de cada uno de Sala de Consulta y Servicio Civil Consejo de Estado, en de 2009 (2009-00053-00(1969)), indicó con relación a intersectoriales que: cuanto a las comIsIones intersectoriales es preciso correspondiendo al ejercicio una facultad atribuida por el artículo 489 de 1998 al Gobierno Nacional, su organización, integración y funciones deben guardar correspondencia con el marco establecido en la norma en cita y también con el conjunto normas superiores que regulen público o administrativo se (. ..) DECRETO NÚMERO 01 --------------------- de 2024 Página 10 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo de Seguimiento y de las Polfticas Públicas la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Maleao y Uribia del departamento La y, se el 100 de texto la norma observa Sala, en primer término, que la ley dío gobierno nacional un instrumento le permite hacer efectivo en la práctica el principio de coordinación para atender aquellos temas que por su naturaleza o contenido son de competencia de varios sectores administrativos o requieren de su concurrencia. Así se dejó señalado en la exposición de motivos que acompañó la iniciativa gubernamental que luego se convirtió en la ley 489 1 Y fue analizada, discutida y aprobada por legislador; dijo la Exposición de Motivos: tl... otra faculta Gobierno Nacional que pueda crear comisiones intersectoriales con el propósito contar con una instancia de alto nivel para la regulación y orientación superior de la ejecución ciertas funciones y servicios públicos, cuando por mandato o en sus características, a cargo de dos o más Ministerios o Departamentos Administrativos o entidades descentralizadas. " En segundo término, las competencias específicas, esto es, propias cada organismo y entidad, no se modifican, pero pueden quedar supeditadas a los programas y proyectos acción adoptados por la Comisión, pues precisamente se trata de un organismo que tener la capacidad para convocar a sus integrantes, encaminar sus actuaciones a los propósitos buscados y para exigirles su accionar, de manera que pueda eficacia en el instrumento de coordinación y organización y oportunidad en la respuesta que corresponda dar a los distintos organismos y involucrados por razón del servicio público que atiendan. En tercer término, las actividades de ejecución están excluidas porque se trata de organismos llamados a adoptar decisiones dirigir la actividad sus miembros y no para remplazarlos en ejercicio las funciones que por ley tengan asignadas; en este sentido, la facultad que artículo 45 de la ley 489 da Gobierno Nacional para delegarle funciones a la Comisión ha ser entendida y ejercida en marco la expresión "coordinación y orientación superior" para que los integrantes de Comisión directrices orientadas a ejecución de funciones y servicios públicos" que les correspondan, por lo que habrá de revisarse en caso el contenido, la pertinencia y las condiciones de la delegación. JJ Que con propósito de articular, coordinar e implementar el seguimiento y 2017 se cumplimiento de las órdenes judiciales contenidas en la Sentencia T 302 necesario derogar Decreto 100 de 2020, para reformular la estructura que el cumplimiento a la sentencia T302 2017, estableciendo la creación del de seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - M Mecanismo Cosas Inconstitucional y rantizar derechos para superar el , al agua potable, a la alimentación ya la seguridad alimentaria fundamentales a la niños y niñas del Pueblo Wayúu municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y La Guajira Uribia del departamento En virtud lo expuesto, DECRETA: DECRETO NÚMERO --------------------- de 2024 Página 11 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Pollticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020"\nArtículo 1°. Objeto. El presente decreto tiene como objeto la creación del Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, como un escenario para la construcción, seguimiento y evaluación de las políticas públicas y medidas dirigidas a la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de los niños, niñas y adolescentes del pueblo Wayúu, de los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira. El MESEPP permitirá la articulación y coordinación armónica entre las entidades que lo conforman, para formular, ejecutar, evaluar y hacer seguimiento de las acciones para la construcción armónica de una política pública que permita superar el Estado de Cosas Inconstitucional - ECI declarado en la Sentencia T 302 de 2017, cumpliendo con las siguientes finalidades: 1.1. Garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes del pueblo Wayúu al agua, a la alimentación, a la salud, a la igualdad y a la diversidad cultural. 1.2. Cumplir las siguientes condiciones para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional alcanzando los mínimos niveles de dignidad en los indicadores básicos de nutrición infantil, a saber: 1.2.1. El indicador de tasa de mortalidad por desnutrición en menores de 5 años para el departamento de La Guajira, alcanzar la meta establecida en el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, o alcanzar el nivel promedio del país. 1.2.2. El indicador de prevalencia de desnutrición crónica en menores de 5 años para el departamento de La Guajira, alcanzar la meta establecida en el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, o alcanzar el nivel promedio del país. 1.2.3. El indicador de prevalencia de desnutrición global en menores de 5 años para el departamento de La Guajira, alcanzar la meta establecida en el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, o alcanzar el nivel promedio del país. 1.2.4. La prevalencia de desnutrición aguda en el departamento de La Guajira alcance la meta establecida en el marco del mecanismo especial de seguimiento que se pondrá en marcha de acuerdo con el punto resolutivo cuarto de esta sentencia, o alcance el nivel promedio del país. 1.3. Cumplir los siguientes objetivos mínimos constitucionales: 1.3.1. Aumentar la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua . 1.3.2. Mejorar los programas de atención alimentaria y aumentar la cobertura de los de seguridad alimentaria . 1.3.3. Aumentar y mejorar las medidas inmediatas y urgentes en materia de salud a cargo del Gobierno Nacional; formular e implementar una política de salud para La Guajira que permita asegurar el goce efectivo del derecho a la salud para todo el pueblo Wayúu . 1.3.4. Mejorar la movilidad de las comunidades Wayúu que residen en zonas rurales dispersas. 1.3.5. Mejorar la información disponible para la toma de decisiones por todas las autoridades competentes para realizar acciones tendientes a la superación del Estado de Cosas Inconstitucional (ECI). 1.3.6. Garantizar la imparcialidad y la transparencia en la asignación de beneficios y en la selección de contratistas. 1.3.7. Garantizar la sostenibilidad de todas las intervenciones estatales . DECRETO NÚMERO --------------------- de 2024 Página 12 de Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y de las Pollticas Públicas para la superación del Estado de Inconstitucional en Malcao y Uribia del departamento de La y se deroga el municipios de Riohacha, Decreto 100 de 2020" 1.3.8. Garantizar un diálogo genuino con autoridades legítimas pueblo Wayúu.

Artículo 2°

Ámbito de aplicación. El decreto aplicará a entidades públicas del nacional y a las públicas de orden territorial de los municipioS Riohacha, Manaure, Maicao, Uribia y la Gobernación OOepartamento de La Guajira que conforman MES encargadas de formular y/o ejecutar los programas, proyectos y acciones tendientes a la superación del Estado de Inconstitucional declarado por medio de la Sentencia T 302 de 201

Artículo 3°

Componentes del componentes: contará con los siguientes será 1. Coordinador del MESEPP. La Consejería Presidencial para el coordinador del quien realizará la función de articular a las entidades del orden nacional y territorial para el cumplimiento de su finalidad y sin perjuicio las responsabilidades y competencias que a cada uno le asiste de conformidad con la Constitución Política, la Ley y las normas de estructura y funcionamiento. Consejo del Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP - Instancia coordinadora encuentro, acciones encaminadas a interlocución y dialogo, para la planeación de superar el de Cosas Inconstitucional (ECI) declarado en la Sentencia T 302 2017. 3. Comités Técnicos - Instancias de ejecución e implementación los lineamientos, actividades, y/o acciones por de atención, los cuales estarán orientados al cumplimiento las funciones del y la garantía del amparo de los derechos fundamentales protegidos por la Sentencia T 302 2017 Plan Provisional de Acción. el instrumento mediante el cual se establece el conjunto de medidas urgentes que permiten el goce efectivo los derechos fundamentales los niños, niñas y adolescentes protegidos por la sentencia T de 2017 y, garantiza la existencia un diálogo genuino con autoridades legítimas pueblo Wayúu Plan Estructural de Acción. el instrumento unificado y consolidado en el cual se establecen las acciones, metas e indicadores, encaminadas a garantizar los derechos fundamentales de los niños, y adolescentes protegidos por la sentencia T 302 de 2017 para superar el Cosas Inconstitucional 1) en el departamento de Guajira, garantizando la existencia un diálogo genuino con autoridades ítimas del pueblo Wayúu. 6. Tablero de Control. Herramienta de medición y de seguimiento a las acciones, planes, estrategias, iniciativas, proyectos y programas o políticas dispuestas desde y los Comités Técnicos, para el cumplimiento lo ordenado en la Sentencia T 302 de 2023

Artículo 4°

Composición del Consejo MESEPP. compuesto 4.1. Consejo P estará Integrantes: Estará conformado por los siguientes rantes con voz y voto, quienes en el marco sus competencias son encargadas cumplir con DECRETO NÚMERO ------------------- de 2024 Página 13 de 25 Continuación del decreto: el cual se crea el Mecanismo Especial Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas para la superación del de Inconstitucional en los Guajira y, se deroga el municipios de Riohacha, Manaure, Maieao y Uríbia del departamento de 100 de 2020" acciones establecidas en el Plan Provisional Acción y en el Plan Estructural de Acción: 1) Ministro del Interior o su delegado; El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado; 3) El Ministro Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado; 4) Ministro Salud y Protección Social o su delegado; 5) Ministro de Educación Nacional o su delegado; El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado; 6) 7) El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado; 8) El Ministro de Transporte o su delegado; 9) Ministro Igualdad y Equidad o, su delegado; la República a través 10) Departamento Administrativo de la Presidencia su Director y/o Consejero Presidencial para las iones, la presidirá; 11) El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado; 12) Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad o su delegado; 13) Director Departamento Administrativo Nacional de Estadística o su delegado; 14) de la Unidad Nacional·para la del de Desastres o su delegado; 1 Director Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado; 16) Director Instituto Nacional Vías (lNVIAS) o su delegado; 17) El Director de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra o su 18) El Director Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) o su delegado; El Director Agencia Desarrollo Rural (ADR) o su delegado; 1 20) El Superintendente Nacional de Salud o su delegado; 21) Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios o su delegado; 22) Gobernador departamento de La Guajira o su delegado; 23) Director de la Corporación Autónoma Regional de La Guajira CORPOGUAJIRA o su delegado; El Alcalde del Distrito Riohacha o su delegado; 25) El Alcalde municipio Uribia o su delegado; 26) Alcalde municipio Manaure o su delegado; 27) Alcalde del municipio de Maicao o su delegado; 4.2. 1. 2. 3. 4. 4.3. Acompañantes: acompañantes con voz y sin voto, para la supervisión y seguimiento de las acciones del Consejo M Fiscalía de la Nación La Procuraduría General la Nación La Defensoría Pueblo La Contraloría de la Republica La Contraloría Departamental de Guajira Participantes: Serán participantes con voz y sin voto las autoridades Indígenas del Pueblo Wayúu departamento de los municipios Guajira. Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia caso de los Ministros la representación en las del Consejo sólo podrá ser delegada en los Viceministros y, en el caso de los Directores , NUMERO .. /P7 Jí... ".1 • ----~~------------- 2024 Página 14 25 de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los del de La Guajira y, se deroga el municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y ""","gTrI 100 de 2020" Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo en los respectivos Subdirectores. Para el caso del de Departamentos Administrativos en uno de sus Subdirectores Generales y, para el caso del Departamento Administrativo la Presidencia en el Consejero Presidencial para las Regiones y/o en un funcionario del nivel asesor. sesiones del M rán con pero sin

Parágrafo 1. En M
Parágrafo 2. A voto, otros ministros o directores de Departamento Administrativo, funcionarios del delegados de organizaciones étnicas, de derechos humanos, sociales, gremiales, académicas y fundaciones y demás que el Consejo P considere pertinente para desarrollo de sus funciones y Con la finalidad de establecer participación del pueblo Wayúu de los Parágrafo municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira en el Consejo MESEPP, el Ministerio del Interior en articulación con las entidades territoriales, promoverá la realización espacios de diálogo genuino con las corregimientos que componen los municipios tutelados. autoridades indígenas de esta forma, en marco del ejercicio de su autonomía y gobierno propio autoridades indígenas que los en Consejo MESEPP, atendiendo criterios orden territorial y poblacional, periodos, los mecanismos rotatorios de participación, para lo cual se construirá conjuntamente un protocolo, que será la herramienta en la que se consagren las y decisiones adoptadas. Adicionalmente se desarrollan las rutas solución de las problemáticas internas, dirigidas a restablecer el tejido cultural del pueblo indígena Wayúu de conformidad a su organización social y política, la cual necesariamente debe responder al sistema normativo propio, considerando lo estipulado en Sentencia T 302 de 2017 apartado 9.2.3. numeral 2 y 9.4.8 Y Auto 2764 de 2023.
Parágrafo 4. integrantes Consejo deberán garantizar la sostenibilidad de intervenciones que realicen para superar el Estado de \..IIJ,",(;I>:'> Inconstitucional- ECI declarado en la T 302 2017.

Artículo 5°

Funciones del Consejo MESEPP. siguientes funciones: Consejo tendrá las 1. Servir de espacio para la formulación de acciones para la construcción armónica de una política pública permita superar Estado Cosas Inconstitucional - ECI declarado en la Sentencia T 302 de 201 2. directrices, metodologías, instrumentos y cronogramas para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas, planes, programas y proyectos. Elaborar el Estructural de Acción del M 4. Articular la construcción y concreción de indicadores, acciones, plazos y metas. 5. Revisar la Matriz Propuestas contenidas en Anexo 111 de la Sentencia T302 de 2017, con el evaluar aquellas que sean técnica, económica y jurídicamente viables y, dar respuesta a mismas. 6. Articular los espacios de diálogo y rendición de cuentas con sus integrantes. 7. Consolidar y monitorear cumplimiento las acciones, indicadores, planes y programas establecidos el cumplimiento la Sentencia T de 2017, a través del tablero control. 8. seguimiento al Plan Provisional Acción y al Plan Estructural Acción. DECRETO NÚMERO 0 111'7 ..L ..... i --------------------- de 2024 Página 15 de 25 del "Por el cual se crea el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribía del departamento de La Guajira y, se el Decreto 100 de 2020" 9. Determinar las herramientas reporte al tablero control y realizar seguimiento al mismo. 10. Requerir a entidades para el cumplimiento acciones y planes a su 11. Realizar el Seguimiento y evaluación de políticas, acciones y planes a su cargo. 1 Crear y reglamentar comités técnicos por sectores o temas específicos, que se estimen pertinentes para adelantar acciones requeridas en el marco del plan definido la 13. seguimiento a la información, planes y acciones los Comités Técnicos. 14. Darse su propio reglamento. 15. Las que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto con el que fue creada la

Artículo 6°

Sesiones del Consejo MESEPP. Consejo MESEPP, se reunlra ordinariamente y por derecho propio de forma trimestral o de forma extraordinaria de conformidad con lo que establezca su reglamento. Sin de lo establecido en presente decreto, el reglamento interno establecerá los mecanismos y requerimientos para deliberar y decidir, así como las reglas aplicables a sesión del MESEPP y las obligaciones de sus miembros, presidente y secretaría técnica. De sesiones se levantarán actas que serán suscritas por Secretario Técnico, de ser aprobadas por miembros. Presidente y

Artículo 7°

Secretaría Técnica del Consejo MESEPP. La Secretaría Técnica Consejo será ejercida por el Ministerio del Interior y el Ministerio Igualdad de manera alternada cada año, iniciando el Ministerio Interior.

Artículo 8°

Funciones de la Secretaría Técnica del Consejo MESEPP. Son funciones la Secretaría Técnica del Consejo las uientes: 1. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo a solicitud del presidente o de cualquiera de sus integrantes, preparando orden del día, propuestas, documentos de trabajo y demás material apoyo, que sirvan de soporte las decisiones de la misma. Recibir, consolidar y presentar al Consejo realicen los comités técnicos. 3. Servir de enlace y brindar apoyo técnico que conforman el las propuestas que la coordinación entre entidades 4. Apoyar a entidades integrantes Consejo MESEPP en la preparación de los informes y demás material de apoyo que requieran para dar respuesta a las solicitudes de la rama judicial, entes control, particulares o cualquier otra instancia. NÚMERO --------------------- de 2024 16 de "Por el cual se crea el Mecanismo de y Evaluación de Públicas para /a superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del de La y, se deroga el Decreto 100 de 2020" 5. Hacer seguimiento a la implementación de del Mecanismo. decisiones y recomendaciones 6. Solicitar la información y consolidar los informes cumplimiento que se remitirán a los entes de controlo a las autoridades que lo soliciten. Realizar seguimiento a diferentes acciones y actividades que ejecuten los comités técnicos que se creen. 8. Rendir al Consejo MESEPP informes las actividades llevadas a por esta y cumplimiento de acciones y actividades en desarrollo del objeto de la misma, cuando sea requerido. 9. Elaborar, suscribir, archivar y custodiar las actas 10.Apoyar al administrador del tablero información que se requiera. las sesiones del control para que 11. Las demás que se considere pertinente por su objeto. Consejo entidades entreguen en el marco

Artículo 9°

Propuestas de las autoridades Indígenas. Las propuestas, planteamientos e iniciativas presentadas por las Autoridades indígenas del pueblo Wayúu en marco Consejo MESEPP, tendrán un valor significativo y atendiendo su viabilidad, y pertinencia serán evaluadas por quienes conforman instancia, con propósito de llegar acuerdos, adoptando decisiones buena desprovistas cualquier tipo arbitrariedad. sin perjuicio, de garantías procedimentales el desarrollo de la consulta previa cuando a ella haya lugar en lo relacionado a la construcción plan o planes de acción, o de acciones que se definían dentro de o estos instrumentos tendientes a superar Cosas Inconstitucional, respetando los parámetros internacionales, constitucionales, teniendo en cuenta que se trata una relación intercultural, dialógica y deliberativa.

Artículo 10°

Alcance de la concertación. Para concertar un acuerdo del Consejo , será necesario el consenso de participantes. En el de cada sesión se harán constar los acuerdos a los que se llegó en la respectiva reunión y los desacuerdos o disensos que no pudieron ser superados durante la misma. Lo dispuesto en artículo no impide que el Gobierno y los demás organismos públicos, dentro del marco sus funciones constitucionales y legales, las facultades les corresponden. autoridad competente tendrá como elementos de juicio resultantes del proceso, no sólo efectivamente concertado, los diferentes puntos de vista que no lograron consenso.

Artículo 11°

Comités técnicos. Serán las instancias colegiadas cuyo objetivo principal desarrollar la correcta implementación, operación y realización de tareas técnicas puntuales para poner en marcha una polltica pública o una estrategia. DECRETO NÚMERO --------------------- de 2024 Página 17 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" En tal sentido, los Comités técnicos permitirán abordar de manera especializada las labores técnicas y acciones que permitan ejecutar e implementar los lineamientos, actividades, y/o políticas por área de atención, los cuales estarán orientados al cumplimiento de las funciones del MESEPP y garantizar el amparo de los mínimos constitucionales protegidos por la Sentencia T 302 de 2017 a saber: seguridad alimentaria, agua, salud, y transversalmente derechos movilidad, información, diálogo genuino y, para proponer soluciones comunes y en conjunto al Plan Estructural de Acción, planes provisionales o autos posteriores que sean remitidos por la Corte Constitucional o Comisión Interamericana de Derechos Humanos o, cualesquiera otras materias que fueren necesarias para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional decretado en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de la Guajira . Sin perjuicio de la creación de otros comités técnicos o incluso de Mesas de Trabajo, y de la variación en su conformación por parte del Consejo MESEPP, créanse los siguientes comités: 1. Comité técnico del derecho humano a la alimentación y desarrollo de capacidades productivas. Créase el Comité Técnico del Derecho Humano a la Alimentación y Desarrollo de Capacidades Productivas con el objeto de articular acciones orientadas a mejorar la efectividad de los programas de atención alimentaria y aumentar la cobertura de los programas de seguridad alimentaria bajo la coordinación del Ministerio de Igualdad y Equidad. Este Comité estará integrado por lo/as delegado/as de las siguientes entidades: 1.1. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 1.2. El Ministerio de Trabajo. 1.3. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 1.4. El Ministerio de Educación Nacional. 1.5. El Ministerio de Igualdad y Equidad. 1.6. El Ministro de Salud y Protección Social. 1.7. El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. 1.8. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. 1.9. La Autoridad Nacional de Agricultura y Pesa (AUNAP) . 1.10. La Agencia de Desarrollo Rural (ADR). 1.11. La Gobernación de La Guajira. 1.12. La Alcaldía Distrital de Riohacha. 1.13. La Alcaldía Municipal de Uribia. 1.14. La Alcaldía Municipal de Manaure. 1.15. La Alcaldía Municipal de Maicao. 2. Comité técnico de agua potable. Créase el Comité Técnico de Agua Potable con el objeto de articular las acciones necesarias para aumentar la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua bajo la coordinación del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y Ministerio de Igualdad y Equidad. Este Comité estará integrado por lo/as delegado/as de las siguientes entidades: 2.1. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. 2.2. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 2.3. El Ministerio de Igualdad y Equidad. 2.4. La Unidad Nacional de Gestión de Riesgo y Desastre (UNGRD). 2.5. La Corporación Autónoma Regional de la Guajira. DECRETO NÚMERO 01 7 -------------------- de 2024 Página 18 de 25 Continuación decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los unJ(;m/()s de Manaure, Maicao y Uribia del de La y, se deroga el Decreto 100 de 2020" La Gobernación de Guajira. 2.7. Empresa de Servicios Públicos de La Guajira. 2.8. Alcaldía Distrital de Riohacha. La Alcaldía Municipal Uribia. 10. La Alcaldía Municipal de Manaure. 2.11. La Alcaldía Municipal de lVIaicao. Comité técnico de salud. el Comité Técnico del Derecho a la Salud con objeto articular las acciones para aumentar y la prestación servicIo salud, como para asegurar el goce bajo la coordinación del Ministerio Salud y Protección Social. Comité estará integrado por lo/as delegado/as las siguientes entidades: 3.1. Superintendencia Nacional Salud 3. Instituto Nacional de Salud El Instituto Colombiano Bienestar Familiar 3.4. La Gobernación la Guajira 3.5. La Alcaldía Distrital Riohacha 3.6. Alcaldía Municipal de Uribia 3.7. Alcaldía Municipal Manaure 3.8. La Alcaldía Municipal Maicao 4. Comité técnico de información. Créase el Comité Técnico del Información con el objeto de articular acciones necesarias para la recolección y sistematización información, que permita la toma de decisiones por parte autoridades competentes, bajo la coordinación Departamento Administrativo Nacional Estadística DANE. Este Comité estará integrado por lo/as delegado/as de entidades: 4.1. Ministerio de Salud y Protección Social 4.2. Ministerio del Interior 4.3. Ministerio Vivienda, Ciudad y Territorio 4.4. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 4. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural 4.6. Ministerio de Educación Nacional 4.7. Ministerio de Transporte 4.8. Ministerio Hacienda y Crédito Público Ministerio de Culturas, las Artes y los 10. Consejería Presidencial para las Regiones 4.11. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo Desastres 4.12. Departamento Nacional de Planeación 4.13. Departamento Administrativo la Prosperidad 14. Departamento administrativo Nacional de 1 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar 4.1 Instituto Nacional de Vías INVíAS 4.1 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente 4.18. Director Autoridad Nacional de ACUICULTURA y (AUNAP) 19. Agencia de Desarrollo Rural Superintendencia Nacional de Salud 4.21. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios La Gobernación la Guajira Corporación Autónoma Reg de La Guajira - Corpoguajira, 0 ...:...1 -J:.i¡ .A DECRETO NÚMERO --------------------- de 2024 Página 19 de 25 se crea el de y Evaluación de para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Maicao y Uribia del de La y, se deroga el 2020" 4.24. Autoridad Nacional de Agricultura y Alcaldía Distrital de Riohacha 4.26. Alcaldía Municipal de Uribia Alcaldía Municipal de Manaure (AUNAP) 5. Comité técnico de movilidad. Créase el Comité de Movilidad con el objeto y mejorar el derecho a la movilidad de las comunidades bajo la coordinación del Wayúu residen en zonas rurales de Transporte. Este Comité estará integrado por lo/as delegado/as de entidades: Instituto Nacional de Vías Gobernación de la Guajira Distrital Riohacha 5.4. Municipal de Alcaldía Municipal de Alcaldía Municipal de Maicao La entidad que coordina el Comité la encargada de liderar del respectivo Comité, y deberá actuaciones entre las distintas actividad misional y com que lo conforman en el marco trabajo con un cronograma ellas, diseñará un plan y, convocar a las entidades y sectores de pertinentes para desarrollar trabajo. El contenido se hará constar en serán suscritas por documentos formaran del respectivo técnica del Consejo 3. Los Comités Técnicos cumplimiento del Plan Provisional de sus planes de trabajo. espacios articulación que permitirán el y del Plan Estructural Acción, a partir Técnicos, se podrán crear Mesas Trabajo DECRETO NÚMERO O1 ~ 7 --------~~~~----- de 2024 Página 20 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020"\nArtículo 12°. Plan Estructural de Acción. El Plan Estructural de Acción es el documento necesario que define con precisión las medidas adecuadas y necesarias y adopta, la ruta a seguir para, progresiva y programáticamente, llegar a cumplir con el fin esencial constitucional de garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales tutelados en la Sentencia T 302 de 2017 y, satisfacer los objetivos mínimos constitucionales indicados en el artículo 2 del presente decreto.

Parágrafo 4. En el marco de los Com varias instituciones, alrededor una como para alinear la acción necesidad común, sin que haya ejercicio funciones colegiadas, de productos o pronunciamientos coleg con el fin de mejorar la planeación y articulación operativa para la atención de un concertación de su acción y facilitar o asunto específico. 5. Los Comités Técnicos, por intermedio de sus coordinadores, avances a los planes de MESEPP y podrán previa convocatoria. informarán al de recursos con la cual cumplimiento al Plan Provisional Plan Estructural de Acción.
Parágrafo 1. Las medidas implementadas por los integrantes del Consejo MESEPP deberán garantizar la publicidad, transparencia, participación, no discriminación, información, sostenibilidad y evaluación cíclica. Adicionalmente deberán contar con acciones concretas, observables y corresponder a hechos materiales y resultados en terreno.
Parágrafo 2. El Plan Estructural de Acción deberá establecer, por lo menos, cuáles son las acciones específicas a realizar, cuáles son las autoridades encargadas de adelantarlas, cuáles son los plazos en los que se deberán implementar y los indicadores de medición, estos últimos reflejando no solamente el esfuerzo presupuestal realizado, sino la eficiencia en el gasto público, de manera que las entidades puedan lograr una mayor garantía de derechos con los mismos recursos.
Parágrafo 3. Las metas que se adopten en el marco del Plan Estructural de Acción, deberán medirse al menos cada seis meses.

Artículo 13°

Sostenibilidad de las intervenciones. Para garantizar la sostenibilidad de las intervenciones estatales, se deberá propender por la permanencia en el tiempo de los efectos de las intervenciones e identificar previamente las fuentes de financiación. Para tal fin se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos: 13.1. Las acciones y las metas que se formulen deben ser realistas desde el punto de vista presupuestal. 13.2. Las entidades además deben buscar la sostenibilidad a mediano y largo plazo de las distintas intervenciones. 13.3. Se debe efectuar las respectivas priorizaciones que permitan la superación del Estado de Cosas Inconstitucional. 13.4. Los recursos deben fluir oportunamente. , 01 . " :~ DECRETO NUMERO _ _ _--.......:~.l..__='.í::.......;.... _ __ de 2024 Página 21 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020"\nArtículo 14°. Tablero de Control. En el marco del MESEPP, las entidades obligadas, de conformidad con lo dispuesto en la Sentencia T302 de 2017, formularán, con el acompañamiento técnico del Departamento Nacional de Planeación, los indicadores de medición y de seguimiento de las acciones dirigidas al cumplimiento de las órdenes establecidas en la Sentencia T 302 de 2017. Una vez formulados los indicadores por parte de las entidades responsables, estos reposarán en un tablero de control diseñado y administrado por el Departamento Nacional de Planeación, de acuerdo con los plazos y procedimientos definidos por dicha entidad . Los objetivos del tablero son: (1) (11) (111) Generar información e insumos relacionados a los indicadores de seguimiento de las acciones dirigidas al cumplimiento de las órdenes establecidas en la Sentencia T 302 de 2017, para que el MESEPP y su Secretaría Técnica, tomen las decisiones a que haya lugar. Generar alertas tempranas (semáforos), para asegurar la consecución de las metas de cumplimiento de los indicadores propuestos. Propender por la transparencia y la rendición de cuentas al interior del Gobierno.

Parágrafo 1. La secretaria técnica del Consejo MESEPP, coordinará con el DNP, la entrega y reporte de información en el tablero de control, según reglamentación dispuesta para tal fin.
Parágrafo 2. La información que suministren las entidades públicas deberá ser veraz, completa , exacta, actualizada, comprobable y comprensible, y dar cumplimiento a la ley 1581 de 2012.
Parágrafo 3. El Departamento de La Guajira, el municipio de Riohacha, Maicao, Manaure y Uribia deberán proporcionar toda la información de que disponen a las autoridades del orden nacional, y prestar toda la colaboración necesaria para integrar el Tablero de Control.
Parágrafo 4. Los indicadores que se formulen deberán propender por referirse al goce efectivo del derecho (IGED).

Artículo 15°

Financiación. Las funciones asignadas al MESEPP, se desarrollarán con cargo a los recursos de las entidades que la conforman, según los recursos incluidos para cada vigencia fiscal, respetando el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo. Parágrafo. En la elaboración de su presupuesto, los miembros del MESEPP deberán proyectar los recursos necesarios para el cumplimento de los compromisos adquiridos en el Plan Provisional de Acción, en el Plan Estructural de Acción y en los planes de acción de los comités técnicos, con base en la aplicación de los principios de sostenibilidad fiscal, concurrencia y subsidiariedad .

Artículo 16°

Coordinación con el Ministerio Público. El o los documentos de política pública que se elaboren en el marco del Consejo MESEPP y, sin perjuicio de las revisiones o discusiones que se realicen en sus sesiones, deberán ser puestos en conocimiento de la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación . DECRETO NÚMERO 0 .i.'1 'J:. .f '1, -------------------- de 2024 Página 22 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020"\nArtículo 17°. Participación de las Organizaciones de la sociedad civil en el MESEPP. Las Organizaciones de la sociedad civil que intervinieron en la sentencia T 302 de 2017, actuarán como veedoras ciudadanas de la implementación de las órdenes establecidas en la referida sentencia, para lo cual se deberá garantizar su participación en el MESEPP a partir del acceso al Tablero de Control de que trata el

Artículo 18°

Traslado de información y demás: La Comisión Intersectorial para el departamento de La Guajira hará el traslado y entrega de sus archivos, documentos y demás, por intermedio de su Secretario Técnico, al Consejo del MESEPP, a través del Secretario Técnico de este IJltimo.

Artículo 19°

Vigencias y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el Decreto 100 de 2020. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dada a los, 7 FE 24 ~ -~ ~ EL MINISTRO DEL INTERIOR, FERNAND • EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, RICARDO BONILLA GONZALEZ DECRETO NÚMERO _ _--'C"'--'==1-"1:......7~_ _ __ de 2024 Página 23 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL, GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO LA MINISTRA DE EDUCACiÓN NACIONAL (E), aL ;r¿;¿a,d' CLAUDIA JINETH A AREZ BENITEZ LA MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, AD GONZÁLEZ DECRETO NÚMERO -------------------- de 2024 Página 24 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maícao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, F 2 ,4 e ~ f+)-\1'D CATAUNA VELASCO CAMPUZANO EL MINISTRO DE TRANSPORTE, LA MINISTRA DE IGUALDAD Y EQUIDAD, FRANCIA ELENA MARQUEZ MINA DIRECTOR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBUCA, Z DECRETONÚMERO ______~O~1_,~~t:~7 _____ de 2024 Página 25 de 25 Continuación del decreto: "Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" EL PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S. - SAE, ENCARGADO DEL EMPLEO DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, . ~4 JOSÉ DANIEL ROJAS MEDELLíN EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA t 1 / CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL, \O\),~b~ LAURA ~;;TO~~ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA (E), C_~uCÁ,(~~1 La~:DO T~UJIL~OYbLA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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