Artículo 361°
Constitucional, señalando "Los programas o proyectos de inversión que se financiarán con los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnologia e Innovación, serán definidos por el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión, a través de convocatorias públicas abiertas y competitivas, articuladas con los correspondientes planes de desarrollo. Para la presentación y ejecución de los proyectos la entidad deberá ser parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Los programas o proyectos aprobados serán ejecutados por las entidades que los presentaron en la convocatoria. " Que la Ley 1286 de 2009 transformó el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas" en el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), como órgano principal de la administración pública, rector del DECRETO NÚMERO 1467 DE 2018 HOJA No ~ de 12 Continuación del decreto "Por el cual adiciona y modifica el Decreto 1082 de 2015 con el objeto de reglamentar la Ley 1923 de 2018 y se dictan otras disposiciones" sector y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar e implementar la política del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo. Que la Ley 1530 de 2012 "Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regaifas", en sus artículos 1O Y 32 prevé que la Secretaría Técnica del OCAD del Fondo de CTel estará a cargo de Colciencias. Que el artículo 24 de la mencionada Ley 1530 de 2012 establece que para la preparación del anexo indicativo del presupuesto bienal del SGR, cada OCAD vía su secretaría técnica debe convocar, a los comités técnicos consultivos y otros actores relevantes para realizar ejercicios de identificación y priorización de iniciativas o proyectos susceptibles de ser financiados con recursos de regalías. Estos ejercicios de planeación regional deben hacerse con un enfoque participativo. Que el capítulo segundo de la Ley 1530 de 2012 desarrolla lo referente al Fondo de CTel y establece que sus recursos tienen por objetivo incrementar la capacidad científica, tecnológica, de innovación y de competitividad de las regiones, mediante proyectos que contribuyan a la producción, uso, integración y apropiación del conocimiento en el aparato productivo y en la sociedad en general, incluidos proyectos relacionados con biotecnología y tecnologías de la información y las comunicaciones, contribuyendo al progreso social, al dinamismo económico, al crecimiento sostenible y una mayor prosperidad para toda la población. Que el artículo 7 de la Ley 1753 de 2015 dispone que Colciencias, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación (DNP), los departamentos y el Distrito Capital, estructurarán Planes y Acuerdos Estratégicos Departamentales en Ciencia, Tecnología e Innovación (PAED), a los cuales se ajustarán los proyectos que se presentarán alOCAD del Fondo de CTel. Que la Ley 1923 de 2018 reguló el parágrafo 5 del artículo 361 de la Constitución Política en lo relativo a las convocatorias para las entidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación que presenten al OCAD programas o proyectos de inversión a ser financiados con recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del SGR, disposiciones relativas a la ejecución de los mismos, giro y ordenación del gasto. Que el numeral 13 del artículo 2 del Decreto 849 de 2016 señala como función a cargo de Colciencias, la de promover, articular y proyectar los esquemas organizacionales de gestión en las regiones, los departamentos y los municipios para potenciar su propio desarrollo y armonizar la generación de polfticas. , . DECRETO NÚMERO. 1 467 DE 2018 HOJA No ª de 12 Continuación del decreto "Por el cual adiciona y modifica el Decreto 1082 de 2015 con el objeto de reglamentar la Ley 1923 de 2018 y se dictan otras disposiciones" Que el Decreto 584 de 2017 establece los lineamientos para la integración y funciones de los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti). Que Colciencias mediante Resolución 0674 de 2018 adoptó la política nacional de Ciencia e Innovación para el Desarrollo Sostenible, Libro Verde 2030, cuyo objetivo es orientar la ciencia y la innovación para que contribuyan en la solución de los retos sociales, ambientales y económicos del país y donde el despliegue regional de la política será parte fundamental de su implementación. Que mediante Resolución 1473 de 2016 Col ciencias adoptó la Política de Actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) la cual tiene por objetivo "Promover un ambiente favorable para el ordenamiento del SNCTI mediante el establecimiento de orientaciones y estímulos a la especialización y la búsqueda de excelencia entre los actores que lo integren", y así mismo, reguló lo relacionado con el reconocimiento que realiza Colciencias a diferentes actores del SNCTI. Que se hace necesario reglamentar lo dispuesto en la Ley 1923 de 2018 estableciendo los procedimientos, requisitos y condiciones que se deben cumplir en el marco de las convocatorias del Fondo de CTel del SGR. En mérito de lo expuesto, DECRETA .