Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas

Decreto · 1464 · 2025-12-29 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–16 de 16

Artículo 1°

Estructura. Para el desarrollo de las funciones la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) tendrá la siguiente estructura : 1. DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1.1. Oficina Asesora Jurídica 1.2. Oficina Asesora de Planeación 1.3. Oficina Asesora de Comunicaciones y Pedagogía 14. Oficina Asesora de Control Interno 1.5 Oficina de Gestión Disciplinaria 2. SUBDIRECCiÓN GENERAL TÉCNICA Y TERRITORIAL 2.1. Subdirección Técnica de Investigación Humanitaria 2.2. Subdirección Técnica Forense 2.3. Subdirección Técnica de Participación y Enfoques Diferenciales 3. SECRETARíA GENERAL 3.1. Subdirección de Gestión Humana 3.2. Subdirección de Gestión Administrativa 3.3 Subdirección de Gestión Financiera 4. Órganos de Asesoría 4.1. Consejo Asesor

Artículo 2°

Funciones de la Dirección General de Unidad Especial. Las funciones de la Dirección General de la Unidad Especial serán las establecidas en el artículo 17 del Decreto Ley 589 de 2017 o en la norma que lo modifique o adicione .

Artículo 3°

Funciones de la Oficina Asesora Jurídica. Las funciones de la Oficina Asesora Jurídica serán las siguientes: 1. Asesorar a la Dirección General en la definición de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la gestión jurídica de los procesos misionales de la UBPD . 2. Acompañar jurídicamente a las dependencias del nivel central y territorial de la Entidad, en los distintos trámites y consultas relacionado con la gestión propia de cada área . ..¡ I r: l' 1.. '-1 v 'i; y DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ de 2025 Hoja N°. 3 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias" 3. Representar judicial y extrajudicialmente a la UBPD en los procesos y actuaciones que se adelanten en su contra o que ésta deba promover, y supervisar el trámite de los mismos . 4. Orientar la política de prevención del daño antijuridico de la UBPD y ejercer la secretaría técnica del Comité de Conciliación, de conformidad con las normas que regulan la materia. 5. Tramitar y suscribir las respuestas a requerimientos de autoridad judicial, en particular provenientes de la Jurisdicción Especial para la Paz, Juzgados de Restitución de Tierras, Justicia y Paz, Justicia Ordinaria, Fiscalía General de la Nación, entre otros . 6. Proyectar los actos administrativos que deban ser suscritos por el Director o Directora General y expedir los conceptos jurídicos requeridos para el cumplimiento de las funciones misionales. 7. Proyectar, tramitar y expedir los actos administrativos para el acceso y protección de sitios de interés forense en los términos dispuestos en los artículos 6, 7 Y 8.1 del Decreto Ley 589 de 2017 . 8. Liderar y suscribir, cuando se estime pertinente, la respuesta a las peticiones, requerimientos o solicitudes especiales o de alta complejidad, de conformidad con el Procedimiento de PQRS de la entidad . 9. Impulsar la estrategia de atención a instancias internacionales y coordinar la respuesta a los requerimientos asociados a los casos que se encuentran ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos u otros organismos internacionales. 10. Actuar como interlocutor de la Unidad frente a los requerimientos que realicen los entes de control sobre funciones misionales, excepto en lo relacionado con visitas de la Contraloría General de la República. 11. Conocer y decidir en primera instancia la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores y ex servidores públicos de la UBPD . 12. Desarrollar las labores de cobro persuasivo y adelantar los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva en los términos y plazos establecidos por la Ley. 13. Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión , en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación . 14. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia .

Artículo 4°

Funciones de la Oficina Asesora de Planeación. Las funciones de la Oficina Asesora de Planeación, serán las siguientes : 1. Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias en la formulación , ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos de la UBPD. 2. Elaborar, en coordinación con las demás áreas, el plan estratégico institucional y los planes de acción de acuerdo con la legislación vigente sobre la materia. 3. Diseñar e implementar acciones para la programación, seguimiento y monitoreo a la ejecución de los planes estratégicos, al cumplimiento de las metas misionales, financieras y presupuestales de la UBPD, incluyendo los Planes Regionales de Búsqueda y el Plan Nacional de Búsqueda . 4. Liderar la formulación de los proyectos de inversión requeridos por la entidad y gestionar su aprobación atendiendo a los lineamientos en la materia emitidos por el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público . 5. Elaborar, en coordinación con la Secretaría General , el anteproyecto de presupuesto, la programación presupuestal y plurianual de la UBPD . 6. Realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los planes , programas y proyectos y viabilizar las modificaciones presupuesta les de inversión ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación . , .(o " (' 11 DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _ _.1_ ¡'i_u_ ':_.!:_ _ _ de 2025 Hoja N°. 4 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias" 7, Emitir viabilidad técnica y presupuestal para la ejecución de los recursos de inversión garantizando el cumplimiento de los lineamientos en la materia emitidos por el Departamento Nacional de Planeación. 8, Elaborar estudios , propuestas y diagnósticos de la gestión , tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones , la efectividad de los resultados y optimizar el uso de recursos. 9. En coordinación con la Dirección General , implementar y desarrollar estrategias y actividades para la vinculación de recursos provenientes del sector privado y de la Cooperación Internacional. 10.Desde la competencia asignada a la UBPD, liderar en coordinación con las demás dependencias, la implementación de las acciones de política pública relacionadas con la búsqueda de personas dadas por desaparecidas. 11 .Orientar y coordinar la implementación , mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, incluyendo la administración y gestión de riesgos . 12 , Coordinar las actividades de seguridad de la información de las Entidad, con el apoyo de la Secretaría General de la UBPD, así como, evaluar con el Oficial de Protección de Datos Personales las medidas de seguridad, privacidad y circulación restringida en la transferencia de información a otras entidades . 13. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 5°

Funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones y Pedagogía. Las funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones y Pedagogía , serán las siguientes : 1, Formular el Plan Estratégico Institucional de Comunicaciones y Pedagogía, incorporando los enfoques territoriales , diferenciales, étnicos y de género; así como orientar a las demás dependencias de la UBPD en su ejecución y seguimiento . 2. Diseñar y ejecutar las estrategias para el posicionamiento, promoción y divulgación del mandato, memoria , legado y los proyectos de la UBPD, en coordinación con las demás dependencias , 3. Elaborar, implementar y hacer seguimiento a la estrategia de comunicación interna y externa de la UBPD, bajo estándares de veracidad, objetividad y oportunidad , 4. Asesorar a la Unidad de Búsqueda en el manejo de las relaciones con los medios de comunicación y la opinión pública para mantener espacios abiertos de divulgación de los planes , acciones y gestión de la entidad. 5, Publicar y divulgar contenidos en los diferentes medios físicos y digitales definidos como parte de la estrategia de comunicaciones y según la normatividad vigente , 6, Liderar los procesos de gestión del conocimiento , incluida la documentación de buenas prácticas, la conservación y difusión de las metodologías utilizadas para la búsqueda humanitaria y extrajudicial, para contribuir a la construcción de la memoria y facilitar el aprendizaje continuo, 7, Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación . 8. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 6°

Funciones de la Oficina Asesora de Control Interno. Las funciones de la Oficina Asesora de Control Interno serán las siguientes : 1. Planear, dirigir y evaluar continuamente el Sistema de Control Interno asegurando su establecimiento formal, independencia y conformidad con la normatividad vigente y en particular los lineamientos impartidos por la Función Pública. DECRETO NÚM _____________ de 2025 Hoja N°. 5 del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de Personas dadas por en el contexto y en armado (UBPD) y se determinan funciones de sus conflicto Auditorías y seguimientos, para identificar y ejecutar el Plan Anual las recomendaciones a haya lugar, oportunidades de mejora continua, y evaluación. acciones de líderes y los procesos en formulación 3. a partir de las generadas tanto internas como por los 4. Apoyar a la alta dirección y a las dependencias, en la toma en materia control, autocontrol y la cultura de mejoramiento continuo que la misión institucional. contribuyan a la gestión y al cumpl 5. Reportar posibles hechos que evidencien riesgos de afectación o recursos públicos y/o de bienes o patrimoniales de Control Interno (SACI) de la Unidad, Sistema de Alertas administración del 6. diseño, la ejecución y la efectividad de las actividades cumplimiento de los la entidad al igual los controles, asegurando relacionados con política gestión integral de y demás normativa 2. y resolver las un informe y rendir a la 1474 de 2011 y normas complementarias o la atención a auditorías que realice la Contraloría General de la República y los requerimientos que surjan de las visitas, validando que la información proporcionada sea adecuada, y pertinente. 9. urar la implementación, mantenimiento y mejora del Integrado de , en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación. inherentes a la 10 y funciones de la Oficina 8. Artículo Funciones de la Oficina Gestión Disciplinaria, Disciplinario vigente serán 1. 4. 8 Gestión Disciplinaria. las en funciones de la Código General de las actuaciones disciplinarias y adelantar la etapa instrucción hasta la del pliego de , o el acta de aceptación o de la decisión archivo, contra los servidores y ex servidores públicos de la Unidad. Informar oportunamente a la Procuraduría General de la Nación, sobre la apertura de la investigación disciplinaria y la imposición de sanciones a los servidores públicos. ministrar, conservar y custod los expedientes disciplinarios y demás documentos se generen en la Oficina, tiempo necesario normas de archivo, hasta su transferencia al archivo 1. control, registro y actualización de las quejas y procesos disciplinarios en la Notificar y comunicar las se adopten en instrucción disciplinaria. al despacho de Jurídica, los disciplinarios en se dicte pliego de o acta de aceptación de debidamente que se continúe con la notificados, de acuerdo con la normatividad vigente, a fin de Juzgamiento cuando haya lugar. ir informes semestrales a la Dirección General, ind estado actual de los procesos disciplinarios y asuntos que deba conocer. Proponer y promover en coordinación con el Departamento Administrativo de Función Pública, medidas y estrategias de divulgación orientadas a la lucha la corrupción, la del régimen disciplinario y promoción de un NÚM ____________ Personas dadas por armado (UBPD) y se 9. 10. 61 ~=_________ de en el contexto y en inan las funciones de sus público transparente, y eficaz de la entidad, Disciplinario. Integridad y el Cód la implementación, mantenimiento y mejora del en coordinación con de Planeación. y funciones de inherentes a la conformidad con el

Artículo 8°

Funciones de la Subdirección General Técnica y Territorial. la Subdirección General Técnica y Territorial, serán las 1 Dirigir y coordinar los formulación, uación de los planes, programas, proyectos y la Dirección General, para desarrollo del objeto y Integrado de funciones , seguimiento y lineamientos funciones misionales de la 2 Y hacer el seguim a las Subdirecciones de la UBPD, la integralidad gestión institucional, garantizar el cabal cumplimiento de sus planes, programas, proyectos y estrategias. 3. los lineamientos y d la implementación del Plan Nacional de Búsqueda y Regionales bajo las d Dirección General, participación y la inclusión incorporando los criterios étnico y de género. 4. el seguimiento a la presupuestal planes, programas y proyectos de inversión asig 'o.... Vv. Aprobar los lineamientos, procedimientos y protocolos para llevar a cabo la investigación humanitaria y extrajudicial y la gestión territorial. 6. Dirigir y coordinar la gestión y operación de los grupos internos o equipos territoriales UBPD. entre las diferentes el seguimiento y coordinación de las alianzas la misionalidad, bajo los y organismos, para el cumplimiento dela y a cabo la de aquellas expedidas por Regionales y Territoriales, respecto la implementación, mantenimiento y mejora en coordinación con la Oficina Asesora de 10. demás que le correspondan de acuerdo con la

Artículo 9°

Funciones de la Subdirección Técnica de Investigación Humanitaria. Son fu la Subdirección Investigación Human , las siguientes: 1 2 4. Y dirigir los procedimientos, protocolos, guías o documentos requeridos la información y investigación humanitaria y , garantizando de los participación y los territorial, y de género. Coordinar la actualización y al Plan Nacional y Regionales garantizando incorporen los y lineamientos para la participación y los enfoques diferencial, étnico y estrategias metodológicas, conceptuales y que contribuyan al de la investigación humanitaria y extrajudicial. Gestionar el acceso y aprovechamiento de la información con diferentes fuentes de información requeridas desarrollo de la investigación humanitaria y extrajud icial. DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _ _l.,. . .·.1. . . =6-=,1=-___ de 2025 Hoja N°. 7 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias" 5. Dirigir el seguimiento de las acciones técnicas, investigativas, y de gestión de información requeridas para el desarrollo de la investigación humanitaria y extrajudicial. 6. Desarrollar e implementar estrategias para garantizar la calidad, disponibilidad , seguridad e intercambio de información que requiera la entidad para el desarrollo de la Investigación Humanitaria y Extrajudicial. 7. Administrar el sistema de información misional y las diferentes herramientas de consulta definidas en la entidad , indispensables para el desarrollo de la Investigación Humanitaria y Extrajudicial. 8. Liderar el desarrollo, implementación y ejecución de nuevas tecnologías que contribuyan al fortalecimiento de la explotación de datos requeridos para la Investigación Humanitaria y Extrajudicial , en coordinación con las subdirecciones técnicas y la Secretaría General. 9. Coordinar la actualización de la información en los diferentes sistemas de información que contribuyan al desarrollo de la investigación humanitaria y extrajudicial en el marco de la competencia de la UBPD . 10. Emitir las certificaciones que le sean asignadas , en el marco de las competencias establecidas . 11 . Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión , en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación . 12. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia .

Artículo 10°

Funciones de la Subdirección Técnica Forense. Las funciones de la Subdirección Técnica Forense, serán las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Elaborar y dirig ir los lineamientos, procedimientos, protocolos, guías y metodologías asociados a la implementación de las acciones humanitarias de prospección, recuperación e identificación , teniendo en cuenta los estándares técnico-científicos establecidos. Realizar y coordinar la planeación y ejecución de las misiones de prospección , recuperación e identificación, con las demás dependencias de la UBPD , de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 5, yen los artículos 6, 8 Y 10 del Decreto Ley 589 de 2017. Coordinar con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, así como con otras entidades, las acciones necesarias para llevar a cabo las acciones de prospección , recuperación e identificación . Diseñar, desarrollar e impulsar estrategias integrales de identificación humana, en articulación con entidades competentes a nivel nacional. Aportar los insumos forenses requeridos al Plan Nacional y los Planes Regionales de Búsqueda, en coordinación con la Subdirección Técnica de Investigación Humanitaria . Realizar el seguimiento del reporte de lo acaecido de la persona dada por desaparecida al término de la ejecución del plan de búsqueda , con destino a las familias y las autoridades que lo soliciten . Identificar e implementar desarrollos tecnológicos que faciliten la gestión y documentación de las labores de prospección , recuperación , verificación de correspondencia de información Post mortem e identificación , en coordinación con la Subdirección Técnica de Investigación Humanitaria . Emitir los conceptos técnicos que le sean asignados , en el marco de las competencias establecidas. Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación. A¡;~/! DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _ _l_,_i_u_'l_,_ _ _ de 2025 Hoja N°. 8 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias" 10. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 11°

Funciones de la Subdirección Técnica de Participación, y Enfoques Diferenciales. Las funciones de la Subdirección Técnica de Participación y Enfoques diferenciales, serán las siguientes: 1. Elaborar y dirigir las estrategias, lineamientos y criterios para la garantía de la participación y la interlocución y contacto permanente y diferenciado de personas, familiares, allegados, organizaciones , movimientos, colectivos y plataformas en todas las fases de la búsqueda humanitaria y extrajudicial. 2. Elaborar y dirigir los lineamientos, procedimientos, protocolos , guías y metodologías para la implementación, materialización y operatividad de los enfoques territorial , diferencial, étnico y de género en las acciones y la investigación humanitaria y extrajudicial. 3. Aportar la incorporación de los enfoques territorial, diferencial, étnico y de género en el Plan Nacional y los Planes Regionales de Búsqueda , en coordinación con la Subdirección Técnica de Investigación Humanitaria. 4. Coordinar e implementar los canales de atención y prestación de servicio al ciudadano, para la atención de peticiones, quejas y reclamos . 5. Liderar e impulsar el funcionamiento integral del Consejo Asesor, de acuerdo con lo definido en los artículos 20, 21, 22, 23 , 24 del Decreto Ley 589 del 2017. 6. Dirigir y hacer seguimiento a las acciones humanitarias de entregas dignas , entregas culturalmente pertinentes y el restablecimiento de contacto con personas encontradas con vida. 7. Establecer los mecanismos de coordinación para la activación de rutas de atención o acompañamiento psicosocial con la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas - UARIV y el Ministerio de Salud y Protección Social, y las demás entidades competentes y las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 5 del artículo 5 del Decreto 589 de 2017 . 8. Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación . 9. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia .

Artículo 12°

Funciones de la Secretaria General. Las funciones de la Secretaría General, serán las siguientes : 1. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y disposiciones que regulen los procesos, procedimientos y trámites de carácter administrativo, financiero, gestión documental, de tecnologías de la información y las comunicaciones, de talento humano y de contratación pública de la UBPD . 2. Preparar, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación , el Anteproyecto Anual de Presupuesto , velando por su correcta y oportuna presentación . 3. Coordinar con las demás dependencias de la Unidad , la elaboración y presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Programa Anual de Caja de conformidad con las obligaciones financieras adquiridas. 4. Hacer seguimiento a la correcta ejecución, contabilización y rendición de informes sobre la ejecución de los recursos asignados a los proyectos de inversión y para la formulación y seguimiento de proyectos de funcionamiento de la UBPD. 5. Dirigir las fases precontractuales, contractuales y post contractuales como la programación, elaboración y ejecución de los planes de contratación y de adquisición I:. . . 1 .;.",¿l....... DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _ _.l .. P~¡ ¡. _ _ _ de 2025 Hoja N°. 9 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias" de bienes , servicios , de manera articulada con los instrumentos de planeación y presupuesto. 6. Liderar e implementar la política de empleo público e impartir los lineamientos para la adecuada administración de la Gestión Humana de la UBPD, lo que también incluye la coordinación de los estudios técnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta de personal de la Unidad. 7. Publicar, comunicar o notificar los actos administrativos proferidos por la Unidad de conformidad con la normatividad vigente. 8. Liderar, diseñar e implementar los lineamientos y procesos de arquitectura tecnológica en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamentales para su adquisición , operación , soporte especializado y mantenimiento. 9. Liderar, administrar y mantener la plataforma tecnológica que soporta la infraestructura tecnológica de la UBPD y el desarrollo, mantenimiento y uso de los sistemas de información y los servicios digitales de la Unidad. 10. Expedir los actos administrativos y los conceptos relacionados con las funciones y competencias relacionados con temas administrativos, presupuestales, contractuales y de talento humano de la UBPD . 11 . Atender las peticiones relacionadas con asuntos de su competencia 12. Asegurar la implementación , mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación. 13. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 13°

Funciones de la Subdirección de Gestión Humana. Las funciones de la Subdirección de Gestión Humana, serán las siguientes : 1. Realizar la programación, formulación y ejecución del Plan Estratégico del Talento Humano, Plan Institucional de Capacitación, Plan de Bienestar, Plan de Salud y Seguridad en el Trabajo y demás inherentes al área , de acuerdo con las necesidades de la entidad. 2. Administrar los procesos de vinculación, permanencia y desvinculación de personal, así como la gestión de las novedades de las servidoras y servidores públicos. 3. Establecer las condiciones y requisitos para la oferta, aprobación y asignación de cupos de prácticas , pasantías y voluntariados, así como liderar el proceso de vinculación y certificación. 4. Gestionar los programas de capacitación, formación, inducción y reinducción de las servidoras y servidores públicos. 5. Administrar la nómina, gestionar los procesos de liquidación de salarios y prestaciones y realizar los trámites relacionados con la Seguridad Social. 6. Fomentar el bienestar social, promover el autocuidado y la seguridad y salud en el trabajo de las servidoras y servidores públicos . 7. Liderar las acciones para fortalecer la prevención y mitigación de riesgos, así como la respuesta oportuna a emergencias, mediante la aplicación de los lineamientos de prevención y protección, los avales de estos y las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo. 8. Implementar el proceso de gestión documental, en lo referido al mantenimiento , guarda y custodia de las historias laborales de las servidoras y servidores y ex servidoras y ex servidores de la UBPD, de conformidad con los lineamientos y procedimientos adoptados por la Entidad . 9. Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación. 10. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. '. DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _ _ l_I±_6_,1_·~___ de 2025 Hoja N°. 10 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias"\nArtículo 14°. Funciones de la Subdirección Administrativa. Las funciones de la Subdirección Administrativa , serán las siguientes: 1. Coordinar, bajo los lineamientos de la Secretaría General , la planeación, ejecución y control de la gestión administrativa de las diferentes dependencias de la Unidad , proporcionándoles los recursos necesarios para la prestación de los servicios y la ejecución de los programas y proyectos. 2. Ejecutar las acciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios de transporte , aseo , cafetería, vigilancia, mantenimiento locativo de los bienes muebles, y demás servicios que se requieran para dar a la Unidad . 3. Prestar bajo los lineamientos de la Secretaría General , y en coordinación con la Subdirección General Técnica y Territorial , el apoyo logístico requerido para la operación territorial de la UBPD. 4. Garantizar el aseguramiento y protección de los bienes de la entidad . 5. Liderar el desarrollo e implementación de las políticas institucionales de gestión documental y orientar a las dependencias de la UBPD en la ejecución de las actividades propias del ciclo documental y la gestión de archivos , consulta de expedientes, conservación y disposición final de documentos. 6. Asegurar la implementación , mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación . 7. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 15°

Funciones de la Subdirección Subdirección Financiera, serán las siguientes: Financiera. Las funciones de la 1. Proponer a la Secretaría General políticas y estrategias para la administración, gestión , control y registro , de los recursos financieros . 2. Definir y adoptar las directrices , métodos, sistemas y procedimientos para el desarrollo de las actividades relacionadas con la gestión de los recursos financieros de la Unidad y responder por el debido manejo y seguridad. 3. Organizar, dirigir, controlar, ejecutar y supervisar las operaciones financieras , contables , de tesorería, central de cuentas y presupuesto . 4. Preparar y presentar los Estados Financieros de la Unidad y los demás informes y análisis de carácter financiero que sean solicitados por la Dirección General y por los órganos de control. 5. Tramitar oportunamente la presentación y pago de las declaraciones tributarias, así como los compromisos tributarios ante la DIAN , Gobernaciones , Distritos y Alcaldías . 6. Coordinar, elaborar y ejecutar, el Programa Anual Mensualizado de Caja-PAC o 7. Administrar y mantener actualizado el Sistema Integrado de Información Financiera de la Nación -SIIF, en la UBPD de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público . 8. Proponer a la Secretaría General y ejecutar la implementación de las políticas y estrategias para la administración , gestión, control y registro, de los recursos físicos, así como llevar el registro único y el control de los bienes muebles e inmuebles de la Unidad . 9. Asegurar la implementación , mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión , en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación. 10. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 16°

Conformación y funciones del Consejo Asesor. El Consejo Asesor estará conformado y cumplirá las funciones establecidas en los artículos 21 y 22 del Decreto Ley 589de2017 . DECRETO NÚMERO_ _ _ _ _ _-=J:.....-t'=...1_6-=:1:.....'_ _ de 2025 Hoja N°. 11 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias" PARÁGRAFO. La Dirección General de la UBPD brindará los insumos necesarios para el cumplimiento de las funciones del Consejo Asesor,

Artículo 17°

, La Unidad contará con grupos internos o Equipos Territoriales adscritos a la Subdirección General Técnica y Territorial, los cuales operarán en los lugares que determine la Dirección General conforme a criterios de demanda y oferta que se generen en desarrollo de la misión y de los planes de búsqueda de la UBPD, Los grupos internos o equipos territoriales se distribuirán en el territorio de manera flexible de acuerdo con las funciones y necesidades del servicio .

Artículo 18°

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1393 de 2018. PUBlíQUESE, y ClIMPlASE Dado en Bogotá, D. C., El MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO EL SECRETARIO DE TRANSPARENCIA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA ENCARGADO DEL EMPLEO DEL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO LA DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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