Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e

Decreto · 1449 · 2022-08-03 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–24 de 24

Artículo 21°

0 • Dirección Administrativa y Financiera. Son funciones de la Dirección Administrativa y Financiera, las siguientes: ·1. Proponer a la Secretaría General la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de recursos físicos, financieros y servicios administrativos que requiera el Ministerio. 2. Preparar y presentar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación e Innovación Institucional, el Anteproyecto Anual de Presupuesto, de acuerdo con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación. 3. Elaborar y presentar el Programa Anual de Caja (PAC), de acuerdo con las normas legales vigentes y las políticas establecidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y solicitar el PAC mensual. 4. Coordinar el presupuesto de funcionamiento, así como las adiciones, modificaciones, traslados presupuesta les y vigencias futuras. 5. Controlar y hacer seguimiento a la ejecución del presupuesto del Ministerio, expedir los certificados de disponibilidad presupuestal, los registros presupuestales y efectuar los demás trámites presupuesta les que le correspondan para el desarrollo de las funciones del Ministerio. 6. Llevar la contabilidad general, así como elaborar y presentar los estados financieros del Ministerio de acuerdo con las normas vigentes. 7. Consolidar los estados contables y de ejecución de presupuesto, de la respectiva vigencia fiscal, para la rendición de la cuenta anual con destino a las entidades competentes, de acuerdo con los lineamientos que se impartan para tal fin. 8. Coordinar y controlar el manejo de las cuentas bancarias y cajas menores que se creen en el Ministerio y efectuar las operaciones relacionadas con el manejo de los recursos financieros. 9. Garantizar el adecuado registro de las operaciones financieras y presupuestales en los Sistemas que defina el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y velar por su correcta aplicación. 10. Presentar oportunamente las declaraciones sobre información tributaria que solicite la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Secretaría Distrítal de Hacienda. DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _ _ _ de 2022 Hoja N°. 27 Continuación del decreto "Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnologfa e Innovación y se dictan otras disposiciones 11 11. Elaborar los informes de ejecución presupuestal, financiera y contable requeridos por el Ministerio, por la Contaduría General la Nación, por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y por los organismos de control. 12. Gestionar las solicitudes de comisión de servicios y gastos de desplazamiento de acuerdo con las políticas del Ministerio y las normas legales establecidas, conforme la delegación que reciba del Ministro. 13. Planear, gestionar. ejecutar y supervisar los procesos de adquisición, almacenamiento, suministro, custodia, mantenimiento, distribución de los bienes y servicios y baja de bienes, necesarios para el buen funcionamiento del Ministerio. 14. Desarrollar y administrar los servicios y operaciones administrativas de servicios generales, almacén e inventarios de bienes muebles e inmuebles del Ministerio. 15. Garantizar el aseguramiento y protección de los bienes patrimoniales del Ministerio. 16. Coordinar y adelantar la prestación de los servicios de apoyo logístico a las diferentes dependencias del Ministerio. 17. Definir, ejecutar y administrar los programas relacionados con la gestión documental, los archivos centralizados de gestión e histórico, así como la gestión de la correspondencia oficial interna y externa del Ministerio. 18. Liderar la implementación y mantenimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental (PGA) para mejorar la gestión ambiental, minimizando impactos generados y contribuyendo con la calidad ambiental. 19. Elaborar los estudios precontractuales y demás documentos que correspondan, en el marco de los procesos de contratación en los que participe la dependencia. 20. Elaborar los estudios e insumos técnicos que fundamentan la producción normativa que le corresponde expedir al Ministerio, de acuerdo con los temas de su competencia. 21. Desarrollar las estrategias y acciones requeridas para la implementación de las Políticas de Gestión y Desempeño relacionadas con las funciones de la dependencia. en cumplimiento del marco normativo del Sistema de Gestión contenido en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG Y de acuerdo con las directrices y lineamientos que en la materia emita la Oficina Asesora de Planeación e Innovación Institucional del Ministerio. 22. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 22°

. Dirección de Talento Humano. Son funciones de la Dirección de Talento Humano, las siguientes: 1. Diseñar y ejecutar la política de desarrollo y administración del talento humano. ---='--=-4_4_9_ de 2022 DECRETO NÚMERO _ _ Hoja N°. 28 Continuación del decreto "Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnologfa e Innovación y se dictan otras disposiciones" 2. Dirigir el proceso gerencial del talento humano, en sus componentes de planeación, gestión y desarrollo. 3. Apoyar a las instancias directivas del Ministerio en la toma de decisiones, formulación, implementación y evaluación respecto de las políticas, planes, programas y estrategias relacionadas con la gestión del Talento Humano y emitir los conceptos relacionados con los temas de su competencia. 4. Formular, ejecutar y evaluar los planes estratégicos y programas para la gestión del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los servidores públicos del Ministerio, de conformidad con las normas legales vigentes. 5. Liderar y gestionar la realización de los procedimientos y demás criterios definidos para la selección de personal del Ministerio, de conformidad con las normas vigentes. 6. Diseñar, dirigir, administrar y evaluar los programas de formación, capacitación, incentivos, bienestar, seguridad y salud en el trabajo y desarrollo de los servidores públicos del Ministerio, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de Formación y Capacitación. ' 7. Proyectar los actos administrativos relacionados con la vinculación, desvinculación, situaciones administrativas de los servidores públicos y demás relacionados con la gestión del Talento Humano. 8. Coordinar y apoyar, en conjunto con la Oficina Asesora de Planeación e Innovación Institucional, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gestión que suscriban los gerentes públicos del Ministerio, de acuerdo con lo previsto en la ley y los procedimientos internos. 9. Administrar, sistematizar y actualizar las historias laborales de todos los servidores públicos del Ministerio. 10. Diseñar y adoptar el plan anual de vacantes del Ministerio con destino al Departamento Administrativo de la Función Pública. 11. Apoyar al Ministro y al Secretario General en el ejercicio del control administrativo en relación con el talento humano del Ministerio. 12. Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión de Personal del Ministerio con fundamento en las disposiciones legales. 13. Analizar, proyectar y revisar los documentos relacionados con las afiliaciones a Entidades Prestadoras de Salud, Fondos de Pensiones y Cajas de Compensación Familiar. 14. Brindar asistencia técnica y jurídica a los servidores públicos al momento de su desvinculación por pensión. 15. Proponer estrategias para preservar en el Ministerio, el conocimiento acumulado por los servidores públicos próximos a desvincularse laboralmente de la institución. DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _ _ _ de 2022 Hoja W. 29 Continuación del decreto "Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones" 16. Coordinar el proceso de liquidación de nomina, prestaciones sociales y demás reconocimientos a los servidores públicos del Ministerio, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 17. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 23°

. Órganos de Asesoría y Coordinación. El Comité de Gestión y Desempeño Sectorial e Institucional, el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, la Comisión de Personal y demás órganos de asesoría y coordinación que se organicen e integren, cumplirán sus funciones de conformidad con lo señalado en disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

Artículo 24°

. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el Decreto 2226 de 2019 y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBlÍQUESE y ClIMPlASE Dado en Bogotá, D. C., a los 3AG02022 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, JOSÉ MANUEL RESTREPO ABON ANO DECRETO NÚMERO 1449 de 2022 Contínuaci6n del decreto "Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones" 3AG020'22 EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGíA E INNOVACiÓN • EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PUBLICA t

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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