Por el cual se establece la planta de personal de la Administradora de los Recursos

Decreto · 1431 · 2016-09-01 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1°

Las funciones propias de las diferentes dependencias de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ­ ADRES -, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: i J> d s DECRETO N6\I¡~'ó ...' '- 1431 DE 2016 HOJA No 2 Continuación del Decreto "Por el cual se establece la planta de personal de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES" Código Denominación del Empleo No. de Cargos PLANTA DESPACHO DIRECTOR GENERAL 104 Director General 1 Uno 201 Cinco Asesor 5 201 Veintidós Asesor 22 401 Técnico Administrativo Uno 1 501 Auxiliar Administrativo Uno 1 PLANTA GLOBAL 103 Director Técnico 5 Cinco 102 Dos Subdirector Técnico 2 101 Jefe de Oficina 1 Uno 202 Jefe de Oficina Asesora 2 Dos 302 Uno Gestor de Operaciones 1 302 Veintidós Gestor de Operaciones 22 Cuarenta y tres Gestor de Operaciones 302 43 4 Cuatro Gestor de Operaciones 302 Cincuenta y ocho Gestor de Operaciones 302 58 Seis Gestor de Operaciones 302 6 302 3 Tres Gestor de Operaciones Veinte Gestor de Operaciones 302 20 301 11 Once Gestor 301 2 Dos Gestor Cuatro 401 Técnico Administrativo 4 Siete Auxiliar Administrativo 501 7 2 Dos Auxiliar Administrativo 501 Grado 03 02 01 01 01 02 01 01 03 10 09 08 07 06 05 04 03 02 01 01 02 01

Artículo 2°

El Director General de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1 del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la Entidad.

Artículo 3°

Los empleos creados en el presente Decreto se proveerán, en primer lugar, mediante la incorporación directa de los servidores de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social, cuyos cargos sean suprimidos y que cumplan con los requisitos y competencias laborales requeridas para el desempeño de los cargos, atendiendo las equivalencias que señalará el Gobierno Nacional para el efecto. Los demás empleos de la planta de personal se proveerán de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

Artículo 4°

El Director General de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES proveerá los empleos creados en el presente decreto, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 5°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíaUESE y CÚMPLASE ¡r Dado en Bogotá, D.C., a los ( EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDIT ' .' "í1 '" y 1·1 ,_ ~"\ l--~u {W L~':! lr'­1--."), ' ) e I~ l, ~. .~, .1 PÚBLICO, !lMfJJA;j'/M ~~......--:J MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA DE 2016 DECRETO Continuación del Decreto "Por el cual se establece la Recursos del Sistema General de MINISTRO DY HOJA No 3 de personal de la Administradora de los Social en Salud- IÓN SOCIAL, /{N~O~VIRIA URIBE I LA DIRECTORA ADMINISTRATIVO DEPARTAMENTO LA FUNCION PÚBLICA, ILlANA CABALLERO DURÁN ~~--------------------------------------~

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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