Artículo 5°
de la Ley 99 competencia del Ministerio Ambiente y Desarrollo sr.·C!fonl 1993 establecen que es " ... Determinar las normas ambientales mínimas y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente a que deberán sujetarse los centros urbanos y asentamientos humanos y las actividades industriales, de transporte y en general todo servicio o actividad que pueda generar directa o Indirectamente daños ambientales ... "; " ... Dictar regulaciones de carácter general tendientes a controlar y reducir las contaminaciones geosféríca, hídrica, del paisaje, sonora y atmosférica, en todo el territorio nacional ... " y ".. .Definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y control los deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas.. " Que en cumplimento de lo establecido en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el presente proyecto se publicó en las páginas web del Ministerio de Minas y y Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, desde el 23 de octubre hasta el 6 de noviembre de 2015 para comentarios de los interesados los cuales fueron debidamente analizados. Que por lo anteriormente expuesto, DE Hoja No. 3 de 6 Continuación del Decreto "Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energia, 1073 de 2015, respecto de la adopción de medidas relacionadas con el Beneficio y Comercialización de minerales y se adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, 1076 de 2015, respecto del licenciamiento ambiental para plantas de beneficio" DECRETA Capítulo 6, Título 5 de la 2 del Libro 2 del