Por el cual se suprime la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos

Decreto · 1420 · 2016-09-01 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–10 de 10

Artículo 73°

de la 1 de 2012, para el manejo administrativo, financiero, operativo y personal de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, el territorio nacional se divide en cinco (5) regiones registrales. Que la administración de Superintendencia de Notariado y Registro como objetivos, entre otros, incrementar la cobertura y la accesibilidad de la ciudadanía al servicio registral inmobiliario en forma oportuna, mejorar los índices satisfacción a los usuarios, facilitar desarrollo económico, conectividad y el posicionamiento de la imagen Institucional. Que en la Región Registral de la Orinoquía, en el Departamento de Putumayo se propone por parte la Superintendencia de Notariado y Registro, en ejercicio de las funciones consagradas en el numeral 17 del artículo 13 del Decreto 2723 14, la creación la Oficina Seccional de Registro Instrumentos Públicos de Sibundoy, la modificación del Círculo Registral de Putumayo y la modificación de la circunscripción territorial de la Oficina de Registro de Mocoa; y en la Registral Andina, en Departamento Antioquia supresión la Oficina Seccional Registro de Instrumentos P,jblicos de Cañasgordas, la modificación del Círculo Registral Medellín y modificación de la circunscripción territorial la Oficina Seccional Registro de Instrumentos Públicos de Frontino. Que la circunscripción territorial actual de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos Mocoa, Frontino y Cañasgordas es la siguiente: Marco Colón, Puerto Sibundoy, San Santiago y C!~trUaL L 1 4: 2 O DE _ _ _ o Continuación del decreto "Por el cual se suprime la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de se modifica el Círculo Registral de Medellín. se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Frontino y la competencia administrativa de la Oficina de Registro de Medellin Zona Norte en el Departamento de Antioquia, y se crea la Oficina de Seccional Registro de Instrumentos Públicos de Sibundoy. se modifica el CIrculo Registral de Putumayo y se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa en el Departamento del Putumayo." Que por efecto de la supresión de la Oficina Seccional Registro de Instrumentos Públicos de Cañasgordas, la modificación del Círculo Registral Medellín y la modificación de la circunscripción de la Oficina Seccional Registro de Instrumentos Públicos de Frontino, es preciso modificar los Decretos de 1972 y 0911 de 2013 en cuanto a circunscripción territorial de la Oficina de Frontino y la competencia administrativa la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín, Zona Norte. Que al ciudadano se le continuará prestando un eficiente público registral, por la oficina a la cual se le anexa la comprensión territorial de la Oficina que se suprime. Que por efecto la creación la Oficina Seccional Registro Instrumentos Putumayo y Públicos Sibundoy, la modificación del Círculo Registral la circunscripción territorial de la Oficina Registro Mocoa, es modificación 1994. preciso modificar el Decreto 159

Artículo 1°

, Suprímese la Oficina Seccional Registro de Cañasgordas, en Departamento de Antioquia Instrumentos Públicos

Artículo 2°

. Modificase el Círculo Registral de Medellín, con jurisdicción en Departamento de Antioquia, el cual quedará así: Fredonia La • Santafé Antio uia Sopetrán Yarumal Amalfi Frontino Marinilla de Santa • Andes • Girardota Puerto Santa Rosa de Osos Domin o Titiribí Turbo Dabeiba Jericó Se ovia Sonsón Urrao

Artículo 3°

. Modificase la circunscripción territorial de la Oficina de Registro Antioquía, la Instrumentos Públicos Frontino en el Departamento así: OFICINA DE REGISTRO CIRCUNSCRIPCiÓN TERRITORIAL Frontino

Artículo 4°

. Modificase la competencia administrativa de la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín, Zona Norte, la cual quedará así: DE _ _ _ HOJA NUMERO~_ __ Continuación del decreto "Por el cual se suprime la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Cañasgordas, se modifica el Circulo Registral de Medellin, se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Frontino y la competencia administrativa de la Oficina de Registro de Medellln Zona Norte en el Departamento de Antioquia, y se crea la Oficina de Seccional Registro de Instrumentos Públicos de Sibundoy, se modifica el Circulo Registral de Putumayo y se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa en el Departamento del Putumayo ." OFICINA DE REGISTRO MEDELLlN ZONA NORTE COMPETENCIA ADMINISTRATIVA Urrao Sopetrán Girardota Santo Domingo Puerto Berrío Yolombó Santa Rosa de Osos Frontino Dabeiba Turbo Ituango Yarumal Santafé de Antioquia Amalfi Segovia Apartadó

Artículo 5°

, Créase la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Sibundoy en el Departamento de Putumayo Para la prestación del servicio público registral su ubicación y circunscripción territorial será la siguiente: OFICINA DE REGISTRO SIBUNDOY CIRCUNSCRIPCiÓN TERRITORIAL Municipio de Sibundoy Municipio de Colon Municipio de San Francisco Municipio de Santiago

Artículo 6°

, Modificase el Círculo Registral de Putumayo, con jurisdicción en el Departamento de Putumayo, el cual quedará así: I Mocoa I Puerto Asís I Sibundoy

Artículo 7°

, Modificase la circunscripción territorial a la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa en el Departamento de Putumayo, el cual quedará así: OFICINA DE REGISTRO MOCOA CIRCUNSCRIPCiÓN TERRITORIAL Municipio de Mocoa Municipio de Puerto Guzman Municipio de Villagarzón D~~~~gL L 14.20 - - - - - - DE ______HOJA NUMERO________ Continuación del decreto "Por el cual se suprime la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Cañasgordas , se modifica el Circulo Registral de Medellln, se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Frontino y la competencia administrativa de la Oficina de Registro de Medellln Zona Norte en el Departamento de Antioquia, y se crea la Oficina de Seccional Registro de Instrumentos Públicos de Sibundoy, se modifica el Círculo Registral de Putumayo y se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa en el Departamento del Putumayo."\nArtículo 8°. . Las OFicinas de Registro no enunciadas en el presente Decreto, conservarán la circunscripción territorial ya asignada.

Artículo 9°

. La Superintendencia de Notariado y Registro tendrá un plazo de seis (6) meses para la puesta en marcha de la nueva Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Sibundoy y la supresión de la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Cañasgordas (Antioquia) y la modificación de la circunscripción territorial de las Oficinas de Registro de Frontino y Mocoa. Parágrafo. Las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos que se enuncian en el presente Decreto, continuarán prestando el servicio en la circunscripción territorial que en la actualidad tienen, hasta tanto la nueva oficina entre en funcionamiento y se suprima la oficina de Cañasgordas

Artículo 10°

. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente a los Decretos 2433 de 1972, 159 de 1994 y 911 de 2013 . PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., El Ministro de Justicia y del Derecho JORG Reviso: Carolina Murillo Junco Jefe Oficina Asesora Jurídica MJD Marcos Jaher Parra Oviedo Jefe Oficina Asesora Juridica SNR :r- EDUARD ÑO ULLO~ ~

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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