- MANTENER la medida cautelar contenida en el artículo cuarto del Auto 001 de 12 de marzo de 2018 proferido por la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, en el sentido de ORDENAR al SISTEMA NACIONAL DE DEPURACIÓN DE DATOS Y ARCHIVOS DEINTELlGENCIA y CONTRAINTELlGENCIA, creado mediante Decreto 2149 de 20 de diciembre de 2017, abstenerse de aplicar cualquier procedimiento de depuración o archivístico . 1400 DECRETO NUMERO _ _ _ _ _ _ _ __ de 2025 Página 4 de 11 Continuación del Decreto "Por el cual se desclasifica y levanta la rese/va de los archivos de inteligencia, contrainteligencia y gastos rese rvados del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS)" sobre los archivos de inteligencia, contrainteligencia y gastos res;9rvados del extinto Departamento Administrativo de Seguridad -DAS. Las medidas cautelares determinadas sobre los archivos del Extinto Departamento Administrativo de Seguridad - DAS, se mantendrán en firme como soporte fundamental de los derechos a la justicia, la verdad y la memoria de las víctimas y la comunidad en general. " Que en cumplimiento de loordenado en el Auto OPV 182 del 2t> de abril de 2023, el Archivo General de la Nación elaboró y entregó el diagnóstico integral de archivo del fondo documental del extinto DAS, en el cual se determinó que está compuesto por: Unidades de Conservación del extinto Departamento Administrativo de Seguridad DAS- en custodia del AGN. 44.554 Cajas Administrativo 57.425 Cajas (100%) 12.871 Cajas Reservados 57.425 Cajas (100%) 114.364 Metros lineales . . Fuente: Volumetna . Informe Diagnostico fondo documental del extinto Departamento Administrativo de Seguridad-DAS en custodia del Archivo General de la Nación. Archivo General de la Nación. 2024. Medios Electrónicos y Analógicos del extinto Departamento Adrninistiativo de Seguridad -DAS- en custodia del AC;N. 3.219 medios Archivos Administrativos Archivos Reservados 44.610 medios Total 47.829 medios Electrónicos y Analógicos Fuente: Volumetrfa. Informe Diagnostico fondo documental del extmto Departamento Administrativo de Seguridad-DAS en custodia del Archivo General de la Nación. Archivo General de la Nación. 2024. Que mediante Resolución N° 562 de 2023 el Archivo General de la Nación , declaró como Sien de interés Cultural de Carácter Documental Archivístico el Fondo Documental del extinto Departamento Administrativo de Seguridad - DAS. Que la sección 4, Capítulo 2, del título 8 del Acuerdo 001 de 2024 del Archivo General de la Nación establece el Régimen Especial de Protección de los Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico - SIC-CDA. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante sentencia del 18 de octubre de 2023, en el "caso miembros de la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" vs . Colombia" estableció, en los numerales 1007 Y siguientes, parámetros para adelantar procesos de depuración de datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia, como medida de restitución de derechos de quienes han sido víctimas de actividades ilegales que causaron o constituyeron en sí mismas, graves violaciones a los derechos humanos. Que el "Fondo Archivos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) . 1960 2014", fue incorporado en el "Registro del Mundo de América Latina y el Caribe" DECRETO N U MERO _ _ _-=:=-1 ; -=.;:......:C:......:-=-0_ · _ __ de 2025 Página 5 de 11 Continuación del Decreto "Por el cual se desclasifica y levanta la rese/va ele lo s archivos de inteligencia , contraintelig encia y gastos reservados del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS)" conforme al Certificado de incorporación de 28 de noviembre de 2023, del Comité Regional de América Latina y el caribe -Programa Memoria del Mundo de la UNESCO Que, la protección de los archivos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario es una obligación de los Estados para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas a fin de asegurar que se conozca lo sucedido, que puedan ser investigados y judicializados los responsables de los delitos y garantizar la no repetición de estos. Que, los archivos y datos de inteligencia, contrainteligencia y gastos reservados en custodia del Archivo General de la Nación, en virtud de la medida cautelar decretada por la Jurisdicción Especial para la Paz, se encuentran en una labor preliminar de intervención archivística. Que , conforme al parágrafo 1 del artículo 1 del Decreto 1303 de 2014, "[e]1 acceso y consulta de la documentación de los archivos de inteligencia, estará sujeta a la reserva legal en los términos establecidos en la Constitución y la ley. En este sentido, sólo se suministrará información a las autoridades judiciales que dentro de un proceso judicial la soliciten o los entes de control que /a requieran o soliciten ." Que, la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP-, a través del Auto OPV 778 del 18 de julio de 2025, ordenó : "PRIMERO. - INVITAR al ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Y a las demás in stituciones dentro y fuera del SIVJRNR a que, en el marco del principio de colaboración armónica previsto en el artículo 113 de la Constitución, adelanten las labores, convenios y demás acciones interinstituciona/es que se estimen pertinentes y adecuadas para el desarrollo de las actividades de foliación,