Por el cual se modifican los estatutos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Decreto · 1397 · 2025-12-22 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 26°

de la Ley 7 de 1979, literal b), que establece que la Junta Directiva, actualmente Consejo Directivo, tiene entre otras funciones, la de adoptar los estatutos de la entidad y sus modificaciones para ser sometidos a aprobación del Gobierno Nacional, y que se encuentra expresamente recogida en el artículo 19, literal c) del Acuerdo 000102 de 1979, aprobado mediante el Decreto 334 de 1980 el cual señala como función del Consejo Directivo "adoptar los estatutos de la entidad y sus modificaciones, sometiéndolos a la aprobación del Gobiemo Nacional". Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA

Artículo 1°

, Aprobar el Acuerdo número 04 del 09 de diciembre de 2025 emanado del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuyo articulado es el siguiente: DECRETO NÚMERO DE 2025 Página 3 de 4 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifican los estatutos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras". ACUERDO NÚMERO 04 DE 2025 (09 de diciembre de 2025) "Por el cual se aprueba una modificación parcial de los estatutos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar". EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas por el literal c) del artículo 19 del Decreto 334 de 1980 ACUERDA

Artículo 2°

. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíaUESE y CÚMPLASE Dado en~-----'----­ EL MINISTRO DE IGUALDAD Y EQUIDAD,

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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