Por el cual se establece la planta de personal de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se dictan otras disposiciones.

Decreto · 1395 · 2018-08-02 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1°

Suprimir de la planta de empleos de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (U8PD), los siguientes cargos: .' 13 9 5 DECRETO NÚMERo DE Continuación del Decreto Por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se dictan otras disposiciones.

Artículo 2°

Créase en la Planta de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD), los siguientes cargos: No. Empleos Denominación del empleo Grado 1 (Uno) Director General de Unidad Especial 04 1 (Uno) Secretario General de Unidad Especial 03 1 (Uno) Subdirector General Técnico y Territorial de Unidad Especial 03 3 (Tres) Director Técnico de Unidad Especial 02 3 (Tres) Jefe de Oficina de Unidad Especial 02 4 (Cuatro) Subdirector de Unidad Especial 01 3 (Tres) 5 (Cinco) 5 (Cinco) 60 (Sesenta) 206 Jefe de Oficina Asesora de Unidad Especial Asesor Unidad Especial Asesor Unidad Especial Experto Técnico 03 02 01 05 Experto Técnico 04 Experto Técnico 03 Analista Técnico 02 Analista Técnico 01 14 (Catorce) Técnico de Unidad Especial 02 84 (OCheD~ta y I Técnico de Unidad Especial 01 (Doscientos seis) 32 (Treinta y dos) 49 (Cuarenta y nueve) 51 (Cincuenta y uno) cuatro

Parágrafo 1. A los servidores a los que se les suprime el empleo en el artículo 10 del presente decreto cuyos cargos que vienen ocupando se mantengan iguales o solamente haya variado en el grado de remuneración, únicamente se les exigirá actualizar el acta de posesión.
Parágrafo 2. La provisión de los empleos se efectuará atendiendo la facultad nominadora y en forma gradual, en tres fases distribuidas de la siguiente manera: 30% en el año 2018,50% en el año 2019 y 20% en el año 2020, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y las respectivas apropiaciones presupuestales.

Artículo 3°

Distribución de los empleos en la planta de personal. El Director General de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD), distribuirá los cargos a que se refiere el presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal de , manera flexible de acuerdo a las funciones y necesidades del servicio de la Unidad. , , ("-' DECRETO NÚME~O 139 5 DE Continuación 'jel Decreto Por el cual s~) modifica la planta de personal de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se dictan otras disposiciones,

Artículo 4°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 290 de 2018. PUBLíQUESE y CÚMPLASE -2AGO 2018 Dado en Bogotá, D. C" a los El MINIS'TRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO r !ht HMilMl b...,¡¿. - :/ MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA El~ MINISrr10 DE JUSTICIA Y DEL DERECHO E RI LA DIRECTOR/\ DEL. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA I LlLlANA CABALLERO DURÁN I \ ~----_._-,._~-----------------------~

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma