Obligaciones y derechos del guía de turismo. El guía de turismo tendrá a su cargo las siguientes obligaciones y derechos: Son obligaciones del guía de turismo: 1. Prestar sus servicios en los términos ofrecidos y pactados con el turista o con la empresa que lo contrate, según corresponda. 2. Prestar sus servicios dando cumplimiento a las políticas del sector turismo, a las normas tributarias y las obligaciones frente al sistema integral de seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales. 3. Respetar la identidad y diversidad cultural de las comunidades encontradas en las zonas donde se preste el servicio, evitando que los visitantes a su cargo o bajo su orientación causen algún daño o irrespeten las etnias que se encuentren en el territorio. 4. Informar previamente a los usuarios o a las empresas que lo contraten: i) el idioma en el que prestará el servicio, ii) las tarifas, expresando el costo total de los " DECRETO 1379 DE 2021 Página 4 de 6 Continuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye la Sección 10 del Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, para reglamentar el guionaje turístico y su ejercicio" servicios, incluyendo cualquier tipo de tasa, cargo, sobrecargo o tarifa qué afecte el precio final, ¡ji) el tiempo de duración de sus servicios, iv) el número máximo de personas que integran el grupo, y v) los demás elementos que permitan conocer con certeza el alcance de sus servicios. 5. Informar previamente al turista, viajero o pasajero las condiciones generales del lugar objeto de la visita, los riesgos, el equipamiento que conviene utilizar, así como la conveniencia de ser amparados por pólizas de seguros de accidente. 6. Observar los más altos niveles de calidad, oportunidad y eficiencia. 7. Abstenerse de exigir propinas. 8. Cumplir con las normas de protección del patrimonio cultural de la nación y de preservación del ambiente, disuadiendo a los visitantes a su cargo o bajo su orientación para ,evitar que colecten especies animales, vegetales o minerales, o extraigan, dañen o lesionen cualquier objeto de significación cultural o valor económico y, en todo caso, informar a las autoridades correspondientes en caso de su ocurrencia. 9. Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias en materia de prevención de la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (ESCNNA). 10. Mantener actualizada la información solicitada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de los canales que disponga el Ministerio para la inscripción o actualización de la tarjeta profesional de guía de turismo. 11. Mantener vigente y actualizada su inscripción en el Registro Nacional de Turismo. 12. Incluir en toda su publicidad el número que corresponde al Registro Nacional de Turismo. Son derechos de los guías de turismo: 1. Recibir el debido respeto y reconocimiento en el ejercicio de su profesión. 2. Percibir una remuneración justa y acorde con el servicio para el cual ha sido contratado.