Artículo 2.13.1.12.6
del Decreto 1071 de 2015, definiendo que el ICA tendrá un plazo máximo de dieciocho (18) meses a partir de 27 de enero de 2021, para definir e implementar su nuevo sistema de cálculo y fijación de tarifas de acuerdo con los lineamientos establecidos en la normatividad vigente. Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, mediante justificación técnica del 24 de junio de 2022, informó que dadas las condiciones económicas actuales del país y según datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, el índice de inflación durante los primeros cuatro meses de la vigencia 2022, se ubicara en 5.66%, evidenciando una variación mensual de -2.54 yaño corrido del 17,94% para el sector de agricultura, ganadería y pesca, este fenómeno viene asociado con el componente de los precios de los insumas, los cuales presentaron variaciones del 51,56% para fertilizantes y 49,40% para fungicidas, siendo estos los de mayores aumentos; mientras que los de insecticidas y coadyuvantes, cerraron en 45,51 % y 43,53%, respectivamente. Respecto a los precios de insumas pecuarios, el grupo de los alimentos DECRETO NÚMERO 1374 DE 2022 PÁGINA No. 3 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica el artículo 2.13.1.12.6 del CapItulo 12 del Tftulo 1 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural" balanceados, suplementos, coadyuvantes, absorbentes, enzimas y aditivos registraron incrementos de 81,84% frente al reportado en diciembre del ano inmediatamente anterior. Del mismo modo, para el mes de mayo de 2022, el IPC registró una variación de 0,84% en comparación con abril de 2022, en donde los alimentos y bebidas no alcohólicas fueron del1 ,56%, observando que para el ano corrido, el IPC tuvo un promedio nacional de 6,55%, mientras que los alimentos y bebidas no alcohólicas fue del 15,01 %, 8,46 p.p. por encima del promedio nacional, incrementado los costos de los productores agropecuarios y de los hogares colombianos. Que, en consecuencia, se hace necesario modificar el artículo 2.13.1.12.6 del Decreto 1071 de 2015, ampliando el plazo para la adopción del esquema tarifario, con el fin de establecer su esquema, acorde a la situación económica y social por la que atraviesa el país. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA: