Por el cual se modifica la Plal §pers!nC;[a

Decreto · 1370 · 2020-10-18 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 2°

Creación de empleos. Crear en la planta de personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios los siguientes cargos: I No. de Cargos 1(Uno) 1 (Uno) 9 (Nueve) 1 (Uno) 3 (Tres) 1 (Uno) 1 (Uno) 1 (Uno) 2 (Dos) 1 (Uno) 4 (Cuatro) 13 (Trece) 281 (Doscientos ochenta y uno) 30 (Treinta) 73 (Setenta y tres) 48 (Cuarenta y ocho) 29 (Veintinueve) , 5 (Ciento cuarenta y cinco) 40 (Cuarenta) 1(Uno) 9 (Nueve) 7 (Siete) Dependencia y Denominación del Empleo DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE Asesor Asesor Asesor Asesor Asesor PLANTA GLOBAL Superintendente Delegado Director Técnico Jefe de Oficina Director Territorial Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones Profesional Especializado Profesional Especializado Código Grado 1020 1020 1020 1020 1020 16 14 12 11 10 0110 H100 137 0042 1045 2028 2028 23 21 22 19 16 23 22 Profesional Especializado 2028 19 Profesional Especializado Profesional Especializado 2028 2028 16 13 Profesional Universitario 2044 11 Profesional Universitario 2044 09 Profesional Universitario 2044 01 Técnico Administrativo Secretario Ejecutivo Auxiliar Administrativo Conductor Mecánico 3124 4210 4044 4103 *' ! 18 15

Artículo 3°

Provisión de empleos. La provisi6n de los empleos creados en el artículo 2° del presente Decreto deberá hacerse de manera gradual de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia presupuestal de cada vigencia, cumpliendo con todos los requisitos legales para tal fin y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.

Artículo 4°

Distribución de los empleos. El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, mediante resolución distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal de conformidad con la normativa vigente, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio. DECRETO ~, 1370 Página 3 de 3 DE 2020 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se dictan otras disposiciones"\nArtículo 5°. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 991 de 2002, modificado por los Decretos 192, de 2004,3512 de 2005,3302 de 2006,4560 de 2006,475 de 2014 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLíQUESE y CÚMPLASE 18 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, ~--= FERNANDO ANTONIO

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma