Artículo 1°
, Derogatoria. Derogar el Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte con excepción de los artículos 2.2.1.8.3.1. y 2.2.1.8.3.3.
Decreto · 1369 · 2022-07-27 · Jerarquía: nivel 7
, Derogatoria. Derogar el Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte con excepción de los artículos 2.2.1.8.3.1. y 2.2.1.8.3.3.
, Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. PUBLiQUESEYCÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los 271 J\U1lb202·· La Ministra de Transporte, ~~ ANGELA ~RíA OROZCUÓMEZ
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario