Por medio del cual se deroga parcialmente el Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte

Decreto · 1369 · 2022-07-27 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

, Derogatoria. Derogar el Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte con excepción de los artículos 2.2.1.8.3.1. y 2.2.1.8.3.3.

Artículo 2°

, Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. PUBLiQUESEYCÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los 271 J\U1lb202·· La Ministra de Transporte, ~~ ANGELA ~RíA OROZCUÓMEZ

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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