Artículo 2°
del Dedeto 988 de 2018 en lo relacionado con los documentos CONPES de operaciones de crédito público DECRETA
Decreto · 1357 · 2019-07-26 · Jerarquía: nivel 7
del Dedeto 988 de 2018 en lo relacionado con los documentos CONPES de operaciones de crédito público DECRETA
Modifíquese el artículo 2.2.12.3.5. del del Capítulo 3, Título 12, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, adicionado por el artículo 2° del Decreto 988 de 2018, el cual quedará así: I "Artículo 2.2.12.:3 .5. Excepción para documentos CONPES de operaciones de crédito público. Los ajuStes durante la ejecución de las operaciones de crédito público no requerirán del concepto del CON PES, sin perjuicio de la trazabilidad que sobre los mismos lleven a cabo el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. PARÁGRAFO. C!Jando el documento CON PES sea de concepto favorable para la celebración de op,eraciones de crédito público, ya su vez haya efectuado una declaratoria de importancia estratégica sobre. el proyecto de inversión en los términos de la Ley 819 de 2003, deberá seguirse las reglas previstas en el artículo 2.2.12.3.4 del presente decreto, únicamente para el componente de declaratoria de importancia estratégica"\nArtículo 2°. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de su publicación y modifica el artículb 2.2.12.3.5. del Capítulo 3, Título 12, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, adicionado 'por el artículo 2° del Decreto 988 de 2018. PUBLíaUESE y CÚMPLASE !" ' Dado en ~ogotá D.C., a los 26 JUL2019 LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN ----.I-.J m ~Jj) GLORIA AMPARO ALONSO MÁSMELA
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario