Por el cual se crea un espacIo de interlocución, participación y seguimiento al

Decreto · 1349 · 2018-07-31 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–11 de 11

Artículo 1°

Creación y objeto. Créase la Comisión Intersectorial de Seguimiento al cumplimiento de los compromisos del Gobierno Nacional con el Comité para la Defensa de la Región Mojana - CODEMOJANA, que constan en documentos suscritos por ambas partes el 22 de junio y 11 de julio de 2017, que se denominará "Comisión para la Mojana", como un escenario de interlocución, participación y seguimiento al cumplimiento de los acuerdos, bajo la coordinación del Ministerio del Interior.

Artículo 2°

Integración. La Comisión para la Mojana que mediante este decreto se crea, estará conformada por los siguientes miembros: 1. 2. 3. 4. 5. 6. El Ministro del Interior, su delegada o delegado, quien será el coordinador. El Ministro de Salud y Protección Social, su delegada o delegado. El Ministro de Educación Nacional, su delegada o delegado. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, su delegada o delegado. El Alto Consejero Presidencial para las Regiones, su delegada o delegado. Un (1) representante por parte de los gobernadores de Sucre, Córdoba, Bolívar y Antioquia. 7. Un (1) representante que represente a los alcaldes que conforman la Región Mojana: Caimito, San Benito Abad, Majagual, San Marcos, Sucre, Guaranda, Ayapel, Achf, Nechí, Magangue, San Jacinto del Cauca. 8. Dos (2) delegados del Comité para la Defensa de la Región Mojana.

Parágrafo 1. Los delegados deben asistir con poper decisorio.
Parágrafo 2. En la conformación de la Comisión para La Mojana se garantizará la participación de la mujer y de las comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras, indígenas, rom y minorías.
Parágrafo 3. El Ministro del Interior, como coordinador de la Comisión para la Mojana, convocará y conformará equipos de trabajo integrados por las entidades que participaron en la construcción de los acuerdos y aquellas que tengan competencia para la materialización de los compromisos, previo conocimiento del Comité Ejecutivo de CODEMOJANA.
Parágrafo 4. Podrá convocarse, adicionalmente, a los representantes de las entidades públicas y privadas que estimen conveniente las partes de conformidad con las temáticas a tratar.
Parágrafo 5. El Ministro del Interior o el Comité Ejecutivo de CODEMOJANA pOdrán convocar a las personas que considere necesarias para tratar temas especificos, quienes asistirán con voz, pero sin voto.

Artículo 3°

Temática. La Comisión para la Mojana abordará, principalmente, las siguientes temáticas: 1. Territorio, vivienda e infraestructura. , DECRETO NÚMERO ". 1349 DE 2018 PÁGINA 3 DE 5 Continuación del decreto: "Por el cual se' crea un espacio de interlocución, participación y seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Gobiemo Nacional con el Comité para la Defensa de la Región Mojana ­ CODEMOJANA" 2. Salud. 3. Productividad y empleo, 4. Medio ambiente. 5. Saneamiento básico y servicios públicos. 6. Cultura, recreación y deporte, género y generacional. 7. Educación. 8. Acceso a la justicia, protección y víctimas. 9. Derechos Humanos, garantías y protección. 10. Revisión, reforma, creación e implementaCión de normativa pertinente. 11. Mecanismos de financiación e implementación. 12. Otros que se consideren pertinentes.

Artículo 4°

Funciones. La Comisión para la Mojana, tendrá dentro de sus funciones las siguientes: 1. Evaluar y hacer seguimiento al cumplimiento de los acuerdos logrados. 2. Presentar informes públicos trimestrales de los avances registrados. 3. Promover la participación comunitaria y ciudadana en el territorio rural y urbano, así como el acceso a la información oportuna para el logro de los acuerdos y el fortalecimiento de la democracia. 4. Formular los indicadores para medir la pertinencia y el cumplimiento de los acuerdos.

Artículo 5°

Instancia de control de alto nivel. Promover la conformación de un grupo de alto nivel integrado por el Fiscal General de la Nación, su delegada o delegado; el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, su delegada o delegado; el Procurador General de la Nación, su delegada o delegado; y el Contralor General de la República, su delegada o delegado, con el fin que ejerzan sus funciones preventivas y correctivas en el marco del seguimiento al cumplimiento de los acuerdos alcanzados.

Artículo 6°

Garantes. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Conferencia Episcopal de Colombia, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoria del Pueblo, podrán actuar como garantes del cumplimiento de las funciones objeto del presente decreto.

Artículo 7°

Reglamento interno. Corresponde a la Comisión darse de común acuerdo su propio reglamento, el cual incluirá, entre otros temas, la periodicidad de las sesiones y las actividades a su cargo previamente definidas por los miembros. En todo caso, las actividadés asignadas no podrán exceder las funciones y objeto de la comisión.

Artículo 8°

Secretaría técnica. La Comisión para la Mojana contará con una secretaría técnica, conformada paritaria mente por un (1) delegado del Gobierno Nacional y un (1) delegado de CODEMOJANA.

Artículo 9°

Garantías. En el proceso de seguimiento a los acuerdos se respetarán los derechos que le otorga la Constitución Política y la Ley a los participantes de CODEMOJANA ' , '

Artículo 10°

Logística. La logística para el funcionamiento de la Comisión para la Mojana estará a cargo del Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Interior, de acuerdo con las disponibilidades presupuestares y de conformidad con el Marco de Gasto de Mediano iv, DECRETO NÚMERO '-o 1,349 DE 2018 PÁGINA 4 DE 5 Continuación del decreto: "Por el cual se crea un espacio de interlocución, participación y seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Gobierno Nacional con el Comité para la Defensa de la Región Mojana ­ CODEMOJANA" Plazo y en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Artículo 11°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLiQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 31 JUL2018 El Ministro del Interior, ~ GUILLERM~ RIVERA FLOREZ El Ministro de Salud y Protección Sociál, La Ministra de Educación Nacional, El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ERTO MURILLO URRUTIA DECRETO NÚMERO '- 1349 DE 2018 PÁGINA 5DE 5 Continuación del decreto: "Por el cual se crea un espacio de interlocución, participación y seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Gobierno Nacional con el Comité para la Defensa de la Región Mojana ­ CODEMOJANA" El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, ~,< . ~ ~N~~ La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma