Artículo PRIMERO
Adicionase un parágrafo transitorio al artículo 3° del Decreto 4048 2008, que \.IU"'''''''' "Parágrafo transitorio. La Unidad Administrativa Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN la Sistemas de Importación - Exportación, de Exportación y Sociedades Comercialización Económicas Internacional, únicamente para continuar hasta su finalización actuaciones se haya proferido relacionadas con los procesos sancionatorios en los auto de apertura y los recursos de reconsideración interpuestos, en las materias señaladas, hasta el 17 de diciembre de 2015, y por los funcionarios y dependencias la competencia funcional en la fecha. Igualmente, mantendrá la competencia mlClar, y finalizar procesos sancionatorios relacionados con hechos 1...,len.H.)';;:) y documentados hasta el17 de diciembre de 2015, en materias señaladas.