Por el cual se derogan los oec10147 y 860

Decreto · 1345 · 2017-08-14 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1°

Designación. Designar como Alcalde Ad - hoc del municipio de Yopal, departamento de Casanare, al doctor Julián David Peña Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía nO. 1.075.660.513 de Zipaquirá, quien se desempeña en el cargo de profesional especializado, grado 12, código 2028, dentro de la planta global del Ministerio del Interior, para que asuma el conocimiento de todos los temas administrativos, licencias, permiso, policivos, judiciales y en general todo lo que tenga que ver con el asentamiento humano denominado "Ciudadela La Bendición", el cual se ubica en los inmuebles identificados con las matrículas inmobiliarias números 470-10187,470-15433 Y 470-7202.

Artículo 2°

Posesión. El Alcalde Ad - hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.

Artículo 3°

Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al Alcalde Ad ­ hoc, al Alcalde del municipio de Yopal y a la Procuraduría Regional de Casanare.

Artículo 4°

Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los Decretos 447 de 16 de marzo y 860 de 23 de mayo de 2017. PUBlÍQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 14AG02011 El lVIinistro del Interior, Q GUILLERMO . ~ERA FLÓREZ

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma