Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres

Decreto · 1314 · 2016-08-10 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1°

Creación y objeto. la Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras los Derechos Humanos, cuyo objeto será coordinar y orientar la formulación, implementación y seguimiento del Programa Integral de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos.

Artículo 2°

Integración. La Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras los Derechos Humanos estará conformada por los siguientes servidores, quienes actuarán con voz y voto, así: 1. Ministro (a) del Interior, quien la presidirá o su delegado (a). " ... ··1314 DECRETO' DE _ _ _ o NÚMERO 3 "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Garantfas para las Mujeres Uderesas y Defensoras de los Derechos Humanos" 2. El Ministro (a) de Justicia y del Derecho o su delegado (a). 3.· El Ministro (a) de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado (a). 4. El Ministro (a) de Salud y Protección Social o su delegado (a). 5. Ministro (a) de Educación Nacional o su delegado (a). 6. Ministro (a) de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado (a). Director (a) del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado (a). 8. El Director (a) del Departamento Administrativo de la Presidencia la República o su delegado (a). Director (a) de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas o su delegado (a). 2. Director (a) de la Unidad Nacional de Protección o su delegado (a). 3. El Consejero (a) Presidencial para la Equidad de Mujer o su delegado(a). 4. Director (a) General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF o su delegado (a). Consejero (a) Presidencial para los Derechos Humanos o su delegado (a). 6. El Defensor (a) Delegado (a) para Derechos de las Mujeres y Asuntos de Género de la Defensoría del Pueblo o su delegado (a).

Parágrafo 1°. Serán invitados permanentes, con voz pero sin voto: 1.
Parágrafo 2°. Comisión sesionará con la mitad más uno de los integrantes a mayoría los que hace referencia el artículo 2 y tomará decisiones válidas por simple de los asistentes. Parágrafo . La Comisión podrá invitar a sus reuniones a representantes de colombiano, organismos entidades y organismos públicos del internacionales, a las organizaciones sociales, dando prioridad a las organizaciones de mujeres y a las defensoras de derechos humanos, que estime conveniente, de acuerdo con los temas a tratar en cada sesión.

Artículo 3°

Funciones de la Comisión. La Comisión funciones: las 1. Coordinar y orientar la formulación, implementación y seguimiento del programa Integral de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos y su Plan de Acción en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal. 2. Impartir lineamientos a entidades para sistematizar la información que permita hacer seguimiento al cumplimiento del Plan de Acción del Programa Integral de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos. 3. Formular recomendaciones para priorización de la inversión y la gestión adecuada de esquemas de cofinanciación y ejecución que permitan implementación del Programa Integral de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos. Adoptar su propio reglamento. 5. Las demás funciones que sean propias de acuerdo a su naturaleza, la coordinación y orientación su actividad. DECRETO' " 1314. DE _ _ _HOJA NÚMERO 4 "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Garantfas para las Mujeres Lideresas y Defensoras de los Derechos Humanos" Parágrafo. Con fundamento en la función del numeral 4, la Comisión definirá en su reglamento, el mecanismo de participación de las organizaciones del movimiento social de mujeres, en su calidad de invitadas, dentro de la Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos.

Artículo 4°

Secretaría Técnica. La Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de los Derechos Humanos contará con el apoyo de una Secretaría Técnica encargada de articular las acciones técnicas que surjan en la Comisión y las entidades que la integran. La Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior ejercerá la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial y cumplirá las siguientes funciones: 1. Brindar acompañamiento y apoyo técnico a la Comisión Intersectorial para el cumplimiento de sus funciones . 2. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, previa instrucción del Presidente de la Comisión. 3. Preparar la agenda de cada sesión. 4. Elaborar y suscribir las actas de cada sesión de la Comisión y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, recomendaciones, acuerdos y compromisos adquiridos. 5. Preparar un informe de la gestión de la Comisión y del seguimiento de las recomendaciones, que será entregado a sus integrantes. 6. Presentar el plan de trabajo acorde con el objeto y las funciones de la Comisión Intersectorial. 7. Preparar el reglamento interno de la Comisión Intersectorial. 8. Las demás que le sean asignadas por la Comisión.

Artículo 5°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona un artículo "1,1,3,18 COMISiÓN INTERSECTORIAL DE GARANTíAS PARA LAS MUJERES LlDERESAS y DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS" al Decreto 1066 de 2015. PUBlÍQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C., a los El Ministro del Interior, JUAN F CRISTO BUSTOS DECRETO 1314 DE _ _ _HOJA NÚMERO 5 "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Garantfas para las Mujeres Uderesas y Defensoras de los Derechos Humanos" El Ministro de Justicia y del Derecho, .-r:- -- . f A _v. I .;; r' ,-) ( ) ¡",. -,. 1" _ •JIt." JORGE/9'0UARDO LON9O:N:Q.,AJL'LO~ . El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, ~~ El Ministro de Salud y Protección Social, La Ministra de W ¡(() ,1Uíb?G()~/ GINA PARODY D'ECHEONN La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, . ~a~RA ESPRIEL~ DE LA La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, "lCrh I()/\a Of\T-tvV~ TAT¡A~A OROZCO DE LA CRUZ L. '-1314 DE _ _ _ _o NÚMEROS "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Garantfas para las Mujeres Lideresas y Defensoras de los Derechos Humanos" El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia La Directora del Departamento Administrativo la República, Función Pública, -h,) L---------------------------------------------------------~IO

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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