Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías - INVIAS

Decreto · 1292 · 2021-10-14 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–32 de 32

Artículo 24°

SUBDIRECCiÓN MARITIMA, FLUVIAL Y FÉRREA. Son funciones de la Subdirección Marítima, Fluvial y Férrea, las siguientes: 24.1. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la infraestructura marítima, fluvial y férrea y evaluar su ejecución. 24.2. Administrar integralmente los procesos de construcción, conservación, rehabilitación, balizaje, dragados y de seguridad en la infraestructura a su cargo. 24.3. Apoyar a la Subdirección de Estructuración de Proyectos con insumos para los estudios previos y especificaciones técnicas directamente o a través de terceros para la contratación de obras en la red fluvial, férrea y en la infraestructura marítima a cargo del Instituto. 24.4. Liderar la planificación, programación y metodología del proceso de supervisión, ejecución y seguimiento a las interventorías de los contratos de ejecución de obras en la red fluvial, férrea y en la infraestructura marítima a cargo del Instituto. 24.5. Efectuar la vigilancia del contrato principal de obra realizando las actividades técnicas definidas y a cargo del Instituto, que no sean concurrentes con las actividades a cargo del Interventor. 24.6. Asistir y coordinar con las Direcciones Territoriales en el proceso de supervisión, ejecución y seguimiento de los contratos de obra en la red fluvial, férrea y en la infraestructura marítima a cargo del Instituto. 24.7. Seguimiento al recaudo y pago de las contraprestaciones portuarias. 24.8. Seguimiento a los contratos de comodato a cargo del instituto. 24.9. Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y proyectos a su cargo. 24.10. Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información, necesario para que la Subdirección pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina TIC. 24.11. Participar en el apoyo técnico a los Entes Territoriales que requieran el servicio de artefactos navales (ferris o transbordadores) para que en coordinación con los procedimientos establecidos en la Subdirección Administrativa se defina su entrega, mediante la figura legalmente aplicable, así como el seguimiento y control de los artefactos a cargo deIINVIAS. 24.12. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen 1292 ----- DECRETO NÚMERO de 2021 Hoja N°. 25 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVfAS" para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia 24.13. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 24.14. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

Artículo 25°

DIRECCiÓN JURíDICA. Son funciones de la Dirección Jurídica las siguientes: 25.1. Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad en los procesos que se instauren en su contra o que esta deba promover mediante poder o delegación que le otorgue el Director General y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos. Esta representación podrá ser asumida directamente por el Subdirector de Defensa Jurídica. 25.2. Dirigir el estudio, análisis y elaboración de los actos administrativos, según los lineamientos del Director General. 25.3. Asesorar al Despacho del Director General y demás dependencias del Instituto en los asuntos de carácter jurídico de competencia del Instituto y emitir los conceptos requeridos. 25.4. Dirigir la estrategia judicial y extrajudicial en los procesos en los cuales sea parte el Instituto y suministrar al Ministerio de Justicia, la Agencia de Defensa Jurídica del Estado y demás entidades competentes, la información y documentos requeridos. 25.5. Controlar y vigilar los asuntos de carácter jurídico tramitados ante cualquier autoridad administrativa o jurisdiccional del país y efectuar el seguimiento y evaluación de los asuntos que sean gestionados por intermedio de apoderados o asignados a otra dependencia. 25.6. Impartir lineamientos jurídicos a los abogados que apoyen las diferentes dependencias, a efectos de unificar criterios y garantizar la seguridad jurídica del Instituto. 25.7. Coordinar la atención de las tutelas, acciones de cumplimiento y demás acciones constitucionales promovidas por el Instituto o en su contra, al igual que el seguimiento al cumplimiento de los fallos proferidos. 25.8. Dar lineamientos en los trámites de legalización los bienes del Instituto y los procesos de expropiación una vez surtida la etapa de negociación directa, cuando sea necesario para la ejecución de los proyectos del Instituto, en coordinación con las dependencias correspondientes. 25.9. Dar lineamientos para el cumplimiento de las normas relativas al Instituto y . conceptuar sobre los temas de carácter jurídico que permitan orientar la actividad del mismo. 25.10. Dirigir el análisis y divulgación de las normas aplicables en la institución y mantener actualizado el normograma de la Entidad. 25.11. Preparar en coordinación con las demás dependencias los proyectos de reforma, de ley. decretos y resoluciones que requiera el Instituto en el desarrollo de sus competencias y funciones, así como apoyar el estudio y análisis de constitucionalidad de los proyectos de ley relacionados con los objetivos. misión y funciones del Instituto. 1292 DECRETO NÚMERO_ _ _ _ __ de 2021 Hoja W. 26 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVIAS" 25.12. Dar lineamientos para atender y resolver las consultas y peticiones elevadas al Instituto formuladas por autoridades administrativas o jurisdiccionales, al igual que las presentadas por otras dependencias, entidades o particulares, cuando traten asuntos que competan aIINVIAS. 25.13. Dirigir y controlar la gestión persuasiva y del proceso de jurisdicción coactiva, para lograr el eficiente recaudo y cobro coactivo de los recursos y obligaciones a favor de la entidad. 25.14. Elaborar y socializar el manual para la aprobación de las garantías de los contratos en todo el proceso de contratación, así como velar por su cabal observancia. Igualmente revisará y aprobará las garantías que le sean asignadas. 25.15. Dirigir los trámites y aprobar la liquidación que realiza la Subdirección de Defensa Jurídica de las sentencias a cargo del Instituto para continuar con el proceso de pago correspondiente. 25.16. Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información necesarios en coordinación con la Oficina de las TIC, para interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas. 25.17. Dar lineamientos para 'la adecuada gestión contractual del Instituto. 25.18. Participar directamente o a través de sus delegados en los Comités de Contratación y Conciliación con voz y voto. 25.19. Instruir alas dependencias del Instituto en la elaboración e implementación de los Manuales de Contratación, procedimientos y demás herramientas que se requieran para garantizar el normal desarrollo del proceso de contratación del Instituto. 25.20. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 25.21. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 25.22. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

Artículo 26°

SUBDIRECCiÓN DE PROCESOS DE SELECCiÓN CONTRACTUALES. Son funciones de la Subdirección de Procesos de Selección Contractuales, las siguientes: 26.1. Asistir al Director General y a las dependencias del Instituto en el ciclo de la contratación que debe desarrollar el Instituto en cumplimiento de sus funciones 26.2. Adelantar el proceso de selección de los contratistas hasta la adjudicación y suscripción de los contratos de acuerdo con la delegación que se efectúe, observando los principios de la contratación y función pública, así como el manual de la contratación de la entidad, exceptuando los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión. Igualmente revisará y aprobará las garantías que le sean asignadas. 26.3. Organizar y consolidar en coordinación con las áreas responsables el plan anual de adquisiciones del Instituto coherentemente con los planes de acción y definir las DECRETO NÚMERO 1292 ------ de 2021 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVIAS" estrategias de contratación para el periodo, en relación con los distintos bienes, servicios, obras y demás materias objeto de contratación. 26.4. Socializar con las diferentes dependencias del Instituto los documentos tipo proferidos por Colombia Compra Eficiente necesarios para adelantar el proceso contractual velando por su cumplimiento. 26.5. Revisar, consolidar y publicarlas respuestas a las observaciones que se presenten en desarrollo de los procesos de contratación, con base en los insumos que presenten las unidades ejecutoras, cuando ello aplique. 26.6. Elaborar las minutas contractuales a efectos de unificar, simplificar y hacer eficiente y seguro el proceso de contratación, incluyendo el apoyo y revisión para asuntos tales como los convenios y/o contratos interadministrativos, los que se suscribirán conforme a la delegación que se efectúe. 26.7. Conocer y llevar el control de la designación de supervisores y de la contratación de interventores de los contratos que celebre el Instituto en coordinación y con el apoyo de las dependencias respectivas y la Oficina de TIC. 26.8. Llevar el control de numeración y legalidad de los contratos que suscriba el Director General del Instituto o sus delegatarios. 26.9. Responder por las publicaciones que deban realizarse en el Portal de la Contratación Pública, página web del Instituto y en los demás medios exigidos por las normas vigentes, relacionados con la contratación. 26.10. Participar en los análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información, necesarios para que la Subdirección pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina TIC. 26.11. Llevar, mantener y custodiar el archivo de los contratos y de los convenios suscritos por la Entidad de acuerdo con el proceso de gestión documental de la entidad. 26.12. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 26.13. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 26.14. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales y estatutarias vigentes sobre la materia.

Artículo 27°

SUBDIRECCiÓN DE GESTiÓN CONTRACTUAL Y PROCESOS ADMINISTRATIVOS. Son funciones de la Subdirección de Gestión Contractual y Procesos Administrativos las siguientes: 27.1. Conceptuar sobre los diferentes asuntos que surjan durante la ejecución contractual y respecto de los cuales se requiera su análisis y/o acompañamiento en mesas de trabajo. 27.2. Elaborar conjuntamente con la dependencia correspondiente las minutas de modificaciones contractuales, adiciones, prórrogas y demás documentos que surjan en la ejecución contractual y así lo requieran, garantizando su control de legalidad 2_9"-'2'----_ DECRETO NÚ MERO_-.o..1..... de 2021 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -IN VíA S" para la firma del competente. Igualmente revisará y aprobará las garantías que le sean asignadas. 27.3. Realizar la verificación de requisitos para las cesiones contractuales que se soliciten. 27.4. Apoyar a las dependencias en las reclamaciones formuladas por los contratistas o las que surjan en desarrollo de contratos suscritos por el Instituto, sin consideración a su cuantía, a efecto de verificar su correspondencia con las disposiciones legales vigentes en materia contractual, todo lo cual se efectuará, sin perjuicio de las funciones asignadas a la instancia respectiva de conciliación y defensa judicial del Instituto. 27.5. Realizar revisión y suscripción de las actas de liquidación de los contratos con base en lo establecido en el manual de contratación. 27.6. Organizar, coordinar, supervisar y ejercer la secretaría técnica del Comité de Contratación al que participará con voz y sin voto. 27.7. Asistir y apoyar el Comité de Contratación instancia que efectuará control de legalidad, técnico y financiero en fase de gestión contractual, de acuerdo con los criterios y/o las cuantías definidas en la resolución de delegación de contratación. 27.8. Adelantar los procesos administrativos sancionatorios y de declaratoria de incumplimientos solicitados por las áreas ejecutoras observando la normativa vigente y los principios de la función pública. 27.9. Proyectar, revisar y suscribir los actos administrativos de trámite y definitivos en desarrollo de los procedimientos administrativos sancionatorios contractuales y de declaratoria de siniestro, asegurando su claridad y coherencia jurídica. 27.10. Impartir lineamientos a las áreas ejecutoras para efectos del correcto y eficaz desarrollo de los procesos administrativos sancionatorios. 27.11. Emitir concepto jurídico sobre la exigibilidad y suficiencia de las garantías relacionadas con los contratos, y efectuar el proceso para su efectividad. 27.12. Proyectar y expedir los actos administrativos para la aplicación de las facultades exorbitantes de la entidad. 27.13. Atender los requerimientos de los diferentes organismos de control, territoriales y unidades ejecutoras y realizar el reporte de deudores morosos ante la Contaduría General de la Nación. 27.14. Custodiar los expedientes y documentación inherente a los procesos administrativos sancionatorios. 27.15. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 27.16. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales y estatutarias vigentes sobre la materia.

Artículo 28°

SUBDIRECCiÓN DE DEFENSA JURIDICA. Son funciones de la Subdirección de Defensa Jurídica las siguientes: Ejercer la representación judicial y extrajudicial en todas las acciones judiciales que se adelanten en las diferentes jurisdicciones, tribunales de arbitraje, mecanismos de resolución de conflictos y procedimientos administrativos, y el apoyo en la presentación de recursos en trámites ante autoridades administrativas, para lo cual podrá otorgar los poderes correspondientes. 28.2. Impartir lineamientos tanto al nivel central y a las direcciones territoriales para la eficaz defensa de los intereses del Instituto. 28.3. Establecer las estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de los mapas de riesgos jurídicos de la entidad. 28.4. Ejercer la Secretaría Técnica del Comité de Conciliación y vigilar la ejecución de la política de prevención del daño antijurídico. 28.1. 1292 ------ DECRETO NÚMERO de 2021 Hoja W. 29 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVIAS" 28.5. Participar y apoyar al Comité de Conciliación con voz y voto. 28.6. Adelantar los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva para hacer efectivos los créditos exigibles a favor del Instituto, según lo determine la ley. 28.7. Adelantar las actuaciones encaminadas al cobro de las obligaciones crediticias que le adeuden al Instituto por todo concepto, tales como, Incumplimientos, siniestros de anticipo, caducidades, saldos a favor de la entidad al momento de liquidar los contratos, cobro producto de los fallos de Reparación Directa, procesos laborales, cobro por valorización, prediales e hipotecarios, desarrollando las labores de cobro persuasivo y adelantando los procesos coactivos necesarios de acuerdo con la normatividad vigente. 28.8. Ejercer la representación judicial en el medio de control de repetición, conforme a los criterios de procedencia adoptados por el comité de conciliación, de acuerdo con los parámetros establecidos en la ley. 28.9. Custodiar los expedientes y documentación inherente a los procesos de defensa judicial, prejudicial y administrativa y responder por su conservación. 28.10. Actualizar las bases de datos de los procesos judiciales, policivos y administrativos, así como los trámites prejudiciales y extrajudiciales que cursan en contra del Instituto, así como de las que entabla la Entidad, conforma a las directrices del gobierno nacional. 28.11. Atender y resolver las diferentes consultas y peticiones elevadas al Instituto por las diferentes autoridades administrativas o jurisdiccionales, así como de particulares y demás entidades cuando se trate de temas de su competencia. 28.12. Absolver las consultas jurídicas que sean presentadas, fijando la posición jurídica respecto a la defensa jurídíca del INVIAS. 28.13. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 28.14. Suministrar a la entidad competente, la documentación e información necesaria para la defensa de los intereses del Instituto, en los juicios en que sea parte la entidad. 28.15. Efectuar la liquidación de las sentencias a cargo del Instituto. 28.16. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. ' 28.17. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 28.18, Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales y estatutarias vigentes sobre la materia.

Artículo 29°

SECRETARíA GENERAL. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes: 29.1. Asistir al Director General en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración general del Instituto. 29.2. Ejercer la Secretaría del Consejo Directivo del Instituto de conformidad con su reglamentación interna. 29.3. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la Secretaría General y las dependencias a su cargo. 29.4. Dirigir, coordinar y evaluar los procesos de Gestión del Talento Humano, Gestión Administrativa, Gestión Financiera, Atención al Ciudadano, Sistemas de Gestión y Administración inmobiliaria. DECRETO NÚMERO 1292 ------ de 2021 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVfAS" 29.5. Liderar los procesos de transferencia de conocimiento y capacitación, orientando e impulsando los programas para el efecto a través de la escuela corporativa. 29.6. Apoyar la gestión de conocimiento, programas de formación y capacitación en alianzas con instituciones de educación. 29.7. Elaborar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión de la Secretaría General y de las dependencias adscritas. 29.8. Hacer seguimiento, coordinar y gestionar todo lo pertinente para la materialización y cumplimiento de los esquemas del Código de Buen Gobierno. 29.9. Avalar a través de su suscripción los permisos para el Transporte de Carga Extradimensionada por las vías nacionales a través del proceso de Atención al Ciudadano, conforme al procedimiento establecido previa verificación y aprobación del cumplimiento de requisitos por parte de la Subdirección de Reglamentación Técnica e Innovación. 29.10. Cumplir y hacer cumplir los estándares exigidos por el programa presidencial de modernización, eficiencia, transparencia y lucha contra la corrupción. 29.11. Dirigir y coordinar los estudios y formulación de propuestas sobre la organización, desarrollo administrativo, simplificación, agilización, supresión y modernización de trámites y procedimientos, cargas de trabajo descentralización y desconcentración de funciones y demás asuntos relacionados con el desarrollo institucional del Instituto. 29.12. Dirigir el análisis del comportamiento financiero y presupuestal del Instituto, efectuar las recomendaciones del caso al Director General y generar los informes que se le requieran por parte de los competentes. 29.13. Coordinar el proceso de recaudo de los ingresos del Instituto. 29.14. Realizar los trámites necesarios para el saneamiento de los bienes fiscales y adelantar la administración inmobiliaria. 29.15. Implementar los proyectos requeridos para la gestión integral y optimización de obras de infraestructura física de los centros nacionales fronterizos CENAF y centros binacionales fronterizos CEBAF. 29.16. Asistir y coordinar a las Direcciones Territoriales en la ejecución de las actividades de los procesos de gestión administrativa, gestión financiera y gestión del talento humano que estén desconcentradas o le hayan sido delegadas. 29.17. Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información, necesario para que la Secretaría General pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina TIC. 29.18. Adelantar la elaboración y legalización de los contratos de su competencia para el normal funcionamiento de la entidad con el apoyo de la Dirección Jurídica. 29.19. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 29.20. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 29.21. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

Artículo 30°

SUBDIRECCiÓN FINANCIERA. Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes: 1292 ----- DECRETO NÚMERO de 2021 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -IN VíA S" 30.1. Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas, planes y programas financieros relacionados con el proceso financiero. 30.2. Preparar, en coordinación con los Directores Técnico y de Estructuración, Ejecución y Operación y Secretaría General, para consideración de la Dirección General, el programa anual mensualizado de caja del Instituto y adelantar las solicitudes de PAC ante la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así como la distribución de la meta global de pago fijada por el CONFIS. 30.3. Dirigir el análisis del comportamiento financiero y presupuestal del Instituto, efectuar las recomendaciones del caso al Director General y generar los informes que se le requieran por parte de los competentes. 30.4. Administrar el recaudo, la cartera y los ingresos del Instituto en valorización, peajes, permisos de tránsito y usos de la infraestructura y la contraprestación portuaria. 30.5. Efectuar la gestión de presupuesto, contabilidad, tesorería, cartera y recaudo del Instituto. 30.6. Asistir a las Direcciones Territoriales en la ejecución de las actividades financieras que estén desconcentradas o le hayan sido delegadas por la Dirección General. 30.7. Dirigir y controlar las gestiones que deba efectuar la entidad con el tesoro nacional, bancos e instituciones financieras .. 30.8. Preparar y presentar las declaraciones tributarias a cargo del Instituto. 30.9. Efectuar el cierre anual presupuestal y financiero del Instituto. 30.10. Liderar el proceso de sostenibilidad y mejoramiento continuo del sistema contable del Instituto, así como prepara, refrendar y presentar los estados financieros. 30.11. Administrar y controlar los créditos concedidos al Instituto, teniendo en cuenta las estipulaciones previstas en los respectivos acuerdos de préstamo. 30.12. Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información, necesario para que la Subdirección pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina TIC. 30.13. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 30.14. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 30.15. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

Artículo 31°

SUBDIRECCiÓN DE GESTiÓN HUMANA. Son funciones de la Subdirección Gestión Humana, las siguientes: 31.1. Ejecutar los procedimientos de selección, ingreso, nómina y administración de talento humano, permanencia y retiro del personal de la Entidad. 31.2. Definir los perfiles de los cargos de la planta de personal del INVíAS y elaborar el Manual específico de Funciones y Competencias Laborales. 31.3. Definir y controlar los lineamientos para el proceso de vinculación de personal por contrato en el Instituto. 31.4. Formular y ejecutar el plan de Capacitación en coordinación con la escuela corporativa, plan de Bienestar, plan de Incentivos y el sistema de la seguridad y salud en el trabajo. 31.5. Desarrollar e implementar el modelo de gestión por competencias de los funcionarios de la Institución. 1292 ------ DECRETO NÚMERO de 2021 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVIAS" 31.6. Orientar el desarrollo de la evaluación del desempeño de los funcionarios de la entidad. 31.7. Evaluar los resultados de calidad e impacto de los planes de capacitación y bienestar de cada vigencia. 31.8. Aplicar los estudios de Cultura y Clima Organizacional en el Instituto. 31.9. Desarrollar e implementar los planes de intervención de Cultura y Clima Organizacional según los resultados de los estudios realizados. 31.10. Asistir y coordinar con las Direcciones Territoriales en la ejecución de las actividades del proceso de gestión del Talento Humano, de acuerdo con las disposiciones vigentes y lineamientos del Director General. 31.11. Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información, necesario para que la Subdirección pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina TIC. 31.12. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 31.13. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 31.14. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales y estatutarias vigentes sobre la materia.

Artículo 32°

SUBDIRECCiÓN ADMINISTRATIVA. Son funciones de la Subdirección Administrativa, las siguientes: 32.1. 32.2. 32.3. 32.4. 32.5. 32.6. 32.7. 32.8. 32.9. Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con el proceso de gestión administrativa. Planear y formular el programa anual de adquisiciones en coordinación con todas las dependencias del Instituto conforme a las políticas internas y normas vigentes. Administrar los bienes muebles y materiales del Instituto, vigilando su almacenamiento y custodia. Administrar la gestión documental y archivo, observando el cumplimiento de las políticas del Instituto y las normas vigentes sobre la materia, para la consolidación de la gestión documental electrónica. Asistir y coordinar con las Direcciones Territoriales en la ejecución de las actividades de los procesos de gestión administrativa que estén desconcentradas o le hayan sido delegadas por el Director General. Dirigir y coordinar con la Subdirección de Gestión Integral de Carreteras Nacionales, las Direcciones Territoriales la ejecución del Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales y evaluar su cumplimiento, en procura de la transitabilidad segura en la red vial nacional. Dirigir el funcionamiento del servicio de Atención al Ciudadano de acuerdo con los criterios establecidos por el Departamento Nacional de Planeación. Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información, necesario para que la Subdirección pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina TIC. Apoyar a la Secretaria General y demás dependencias del Instituto en la gestión administrativa que requieran para su funcionamiento. DECRETO NÚMERO 1292 ------ de 2021 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVíAS JI 32.10. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 32.11. Aprobar las garantías de los contratos a cargo, así como hacer su seguimiento y control, observando los lineamientos dados en el manual de garantías. 32.12. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 32.13. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

Artículo 33°

ÓRGANOS DE COORDINACiÓN Y ASESORíA. El Instituto Nacional de Vías - INVIAS contará con los siguientes órganos de coordinación y asesoría: Comité Institucional de Gestión y Desempeño, Comité Institucional de Coordinación de Control Interno y Comisión de Personal, y las demás instancias que internamente la entidad considere para la ejecución de su objeto, bajo los parámetros de buen gobierno, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. CAPíTULO 111 Disposiciones varias

Artículo 34°

PLANTA DE PERSONAL. De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno Nacional procederá a ajustar la planta de personal.

Artículo 35°

VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2618 de 2013 modificado por el Decr~to 1944 de ~015. 14 OCI 2~2i PUBLlQUESE y CUMPlASE Dado en Bogotá, D. C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO ) '\ JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO 1_2_9_2__ DECRETO NÚMERO_ de 2021 Hoja N°. 34 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVíAS" LA MINISTRA DE TRANSPORTE, EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, ~4 OCT 2021

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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