Por el cual se modifica parcialmente el

Decreto · 1290 · 2025-12-01 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 10°

del Decreto 0147 de 2024 y el Reglamento Interno del MESEPP, adoptado mediante el Acuerdo 01 de 2024. Mientras el Decreto establece la unanimidad como regla para la adopción de decisiones, el Reglamento Interno prevé la mayoría absoluta para el quórum deliberatorio y decisorio equivalente a la mitad más uno. Esta inconsistencia fue observada por la Corte Constitucional como un obstáculo potencial para la articulación institucional, al considerar que la exigencia de unanimidad podría DECRETO NÚMERO DE Página 3 de 13 Continuación del decreto : "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribía del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" perpetuar la ineficacia advertida en la Sentencia T-302 de 2017 . De igual manera, se advierte que el uso de la expresión "participantes" puede generar confusión, en razón a las diferentes figuras que hacen parte del Consejo MESEPP , tales como integrantes, acompañantes y participantes, evidenciándose que hay una inapropiada mención del término "participantes" en el artículo observado. Que, adicionalmente, el apartado 70 del citado Auto evidenció la necesidad de precisar la delegación por falta de claridad en el parágrafo 1 del artículo 4 del Decreto 0147 de 2024, respecto a los funcionarios no incluidos explícitamente en el mencionado Decreto, siendo necesario definir si se aplicarán los criterios normativos generales o si es necesario adoptar regulaciones específicas. Precisando la Corte Constitucional que las decisiones que adopte el Consejo del MESEPP no pueden verse obstaculizadas por la falta de conocimiento, competencia y/o capacidad para tomar decisiones políticas, administrativas y financíeras de quienes asistan a las sesiones en su calidad de integrantes. Qué, existe regulación expresa de delegación para las entidades que integran el Consejo MESEPP, a excepción de las Superintendencias, la Gobernación de La Guajira y las Alcaldías, sin una razón que la justifique. De igual manera, se evidencia por parte del Consejo MESEPP la no regulación de la delegación en aquellas entidades de Gobierno qué si bien no integran esta instancia, las mismas deben participar en calidad de invitadas para la construcción de una política pública armónica e integral. Que, el Decreto 0147 de 2024 creó como uno de los componentes del Consejo MESEPP cinco (5) Comités Técnicos como las instancias de ejecución e implementación de los lineamientos, actividades, y/o acciones por área de atención, los cuales estarán orientados al cumplimiento de las funciones del MESEPP y la garantía del amparo de los derechos fundamentales protegidos por la Sentencia T302 de 2017 . Estas instancias colegiadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del marco normativo en mención, tienen como estructura operativa un coordinador y unos integrantes que fueron enunciados en el mismo Decreto, omitiéndose para el caso de los Comités Técnico de Salud y de Movilidad, a las entidades que coordinan los mismos en calidad de integrantes. Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario modificar el Decreto 0147 de 2024 con el propósito de proceder a la incorporación de los ajustes enunciados en la parte considerativa del presente decreto, mejorando su coherencia normativa, fortaleciendo la capacidad de implementación del MESEPP, atendiendo integralmente las órdenes expresas formuladas por la Corte Constitucional a través del Auto 085 de 2025, contribuyendo así a la superación progresiva del Estado de Cosas Inconstitucional declarado mediante la Sentencia T-302 de 2017. En mérito de lo expuesto, DECRETA:

Artículo 1°

Modifíquese el numeral 6 del Artículo 3 del Decreto 0147 de 2024, el cual quedará así: DECRETO NÚMERO lZ S0 DE Página 4 de 13 Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" "6. Tablero de Control. Herramienta de medición y de seguimiento a las acciones, planes, estrategias, iniciativas, proyectos y programas o políticas dispuestas desde el MESEPP y los Comités Técnicos, para el cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia T 302 de 2017."\nArtículo 2°. Modifíquese el Parágrafo 1 del Artículo 4 del Decreto 0147 de 2024, el cual quedará así: "Parágrafo 1 0 • En el caso de los ministros la representación en las sesiones del Consejo MESEPP, sólo podrá ser delegada en los Viceministros; en el caso de los Directores en los respectivos Subdirectores de orden nacional cuando la entidad tenga ese alcance. Para el caso de Directores de Departamentos Administrativos en uno de sus Subdirectores Generales y, para el caso del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y/o del Consejero Presidencial para las Regiones, en el subdirector General y/o en un funcionario del nivel asesor. En el caso de los Superintendentes, estos podrán delegar en los superintendentes delegados, en el caso del gobernador, este podrá delegar en los Secretarios del departamento y respecto a los alcaldes, estos podrán delegar en sus Secretarios de despacho. Para los cargos de entidades no enunciados en el párrafo anterior, la delegación recaerá en el funcionario de nivel directivo que, conforme a la estructura organizacional de la respectiva entidad, ocupe el cargo inmediatamente subordinado a la máxima autoridad, siempre que cuente con capacidad decisoria. Para las entidades de Gobierno nacional que asisten en calidad de invitadas al Consejo MESEPP se aplicarán las reglas de delegación estipuladas en el presente parágrafo. Todos los integrantes del Consejo MESEPP y entidades invitadas de Gobierno, deberán acreditar su delegación mediante Acto Administrativo."\nArtículo 3°. Modifíquese el Artículo 10 del Decreto 0147 de 2024, el cual quedará así: "Artículo 10. Alcance de la concertación. El Consejo MESEPP, tendrá como uno de sus objetivos, la concertación, por medio de la cual se deliberarán y decidirán las medidas adecuadas y necesarias dirigidas a garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales a una vida digna, al desarrollo armónico e integral de los niños y niñas del pueblo Wayúu, en aras de superar el Estado de Cosas Inconstitucional constatado. Para concertar un acuerdo en el Consejo MESEPP, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Artículo 9 del Decreto 0147 de 2024 y lo establecido en el Reglamento Interno del MESEPP, en lo relacionado al quorum deliberatorio y decisorio en concordancia al

Artículo 6°

del Decreto en mención. En el acta de cada sesión se dejará constancia de los temas que fueron objeto de discusión y de las decisiones que se adopten de conformidad con el quorum deliberatorio y decisorio establecido en el Reglamento Interno del MESEPP. DECRETO NÚMERO 1 (' (' O ~v 5 de 13 DE Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, para la del Estado de Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del de La se el Decreto 100 de 2020" Il,H'HI"fHI Lo dispuesto en este artículo no impide que Gobierno y los demás organismos públicos, dentro marco de sus funciones constitucionales y legales, las que les corresponden."\nArtículo 4°. Modifíquese

Artículo 11°

del Decreto 0147 2024, el cual quedará así: "Artículo 11. Comités Técnicos. Serán instancias iadas cuyo objetivo principal será la correcta implementación, operación y realización técnicas puntuales poner en una pública o una estrategia. tal com técnicos permitirán abordar, manera las labores técnicas y acciones permitan ejecutar e implementar los lineamientos, actividades, y/o políticas por de atención, los cuales orientados al cumplimiento de funciones del y el de los mínimos constitucionales protegidos por la Sentencia T de 2017 a seguridad alimentaria, ua, salud, y transversalmente derechos movilidad, información, diálogo genuino y, para proponer soluciones comunes yen conjunto al Estructural Acción, provisionales o Autos posteriores que sean remitidos por Corte Constitucional o Comisión Interamericana de Derechos Humanos o, cualesquiera otras que fueren necesarias para la superación del de Inconstitucional decretado en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira. perjuicio de creación de otros comités técnicos o incluso, de Mesas de y de variación en su conformación por parte Consejo M créanse los sig comités: 1. Com Técnico del Derecho Humano a la Alimentación y Desarrollo de Capacidades Productivas. Créase el Comité Técnico Derecho Humano a la Alimentación y Desarrollo de Capacidades Productivas con el objeto articular acciones orientadas a mejorar la efectividad de programas atención alimentaria y aumentar la cobertura los programas seguridad alimentaria bajo la coordinación del Ministerio Igualdad y Equidad. Este Comité integrado por loslas delegado/as de las siguientes Ministerio de Agricultura y Desarrollo Ministerio Trabajo Ministerio Comercio, Industria y Turismo 1.4. El Ministerio de Educación Nacional 1.5. El Ministerio de Igualdad y Equidad 1.6. El Ministerio de Salud y Protección Social 1 Departamento Administrativo para la Prosperidad 1 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) 1 Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) 1.10. Agencia de Rural 1.11. La Gobernación Guajira 1.12. La Alcaldía Distrital de Riohacha 1.1 Alcald Municipal de U 1.1 Alcaldía Municipal de Manaure 1.15. Alcaldía Municipal Maicao (DPS) DECRETO NÚMERO Página 6 de 13 DE Continuación del decreto: "Por el cual se modifica el 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Manaure, Maicao y Uribia del de La el Decreto 100 de 2020" Comité Técnico de Agua Potable. Comité Técnico de Potable con objeto articular acciones necesarias aumentar la disponibilidad, accesibilidad y ¡dad del agua, bajo coordinación del de Igualdad y Equidad. Ministerio Vivienda, Ciudad y Territorio y M Este Comité rá integrado por los/as delegado/as las siguientes entidades: 1. Ministerio Vivienda, Ciudad y Territorio Ministerio Ambiente y Desarrollo ible 2.3. Ministerio de Igualdad y Equidad 2.4. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo Desastres (UNGRD) 2. La Corporación Autónoma Regional La Guajira Corpog 2 Gobernación de La Empresa Servicios Públicos de Guajira 2.8. La Alcaldía Distrital de Riohacha 2.9. La Alcaldía Municipal 2.10. La Alcaldía Municipal Manaure 11. Alcald Municipal Maicao 3. Com el Comité Técnico del a la Salud acciones necesarias para aumentar y mejorar la con prestación servicIo salud, así como para asegurar goce de bajo coordinación del Ministerio Salud y Protección Social. Este Comité estará integrado por delegado/as sigu entidades: 3.1. Ministerio de Salud y Protección Social 3.2. La Superintendencia Nacional Salud 3 El Instituto Nacional lud Instituto Colombiano Gobernación de La Alcaldía Distrital de Riohacha 3.7. La Alcaldía Municipal de Uribia 8. La Alcaldía Municipal Manaure Alcaldía Municipal Maicao (lCBF) 4. Comité Técnico de Información. Créase Comité del Derecho a la Información con el objeto articular acciones necesarias la recolección y sistematización de información, que permita la toma de decisiones por las autoridades competentes, bajo la coordinación del Departamento Este Comité estará integrado Administrativo Nacional de - DAN por delegado/as de las siguientes entidades: 1. El Ministerio de Salud y Protección Social 4. El Ministerio del Interior 4.3. Ministerio Vivienda, Ciudad y Territorio 4.4. Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible 4.5. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural 4.6. El Ministerio de ucación Nacional 4.7. El Ministerio de Transporte 4.8. Ministerio Hacienda y Crédito Público DECRETO NÚMERO DE Página 7 de 13 Continuación del decreto: "Por el se modifica el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación las Políticas Públicas ­ para la superación del Estado de Inconstitucional en los de Riohacha, Manaure, y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" 4.9. Ministerio de Cultu las Artes y los 4.1 Consejería Presidencial para las Regiones Departamento la Presidencia de República Administrativo 4.11. La Unidad Nacional la del Riesgo (UNGRD) 1 El Departamento Nacional de Planeación (DNP) 1 El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) 4.14. El Departamento Administrativo Nacional de ística (DANE) 4.1 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) 16. Instituto Nacional Vías (lNVIAS) 4.17. La Agencia Nacional Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) 4.18. La Dirección 4.1 Agencia de Desarrollo Rural (ADR) 4.20. Superintendencia Nacional de Salud 4.21. La Superintendencia Servicios Públicos Domiciliarios 4 istradu Nacional del Civil 4 La Gobernación de La Guajira La Corporación Autónoma Regional La Guajira - Corpoguajira 4.25. Alcaldía Municipal de Maicao 4.26. Alcaldía Distrital Riohacha La Alcaldía Municipal Uribia 4.28. La Alcaldía Municipal Manaure 5. Comité Técnico de Movilidad. Créase el Comité Movilidad con el objeto de garantizar y mejorar el derecho a movilidad, de las comunidades Wayúu que residen en zonas rurales dispersas la coordinación del Ministerio de Transporte. Este Comité estará integrado por delegados/as las uientes entidades: 5.1. 5.2. Ministerio de Transporte Instituto Nacional Vías La Gobernación de La Guajira La Alcaldía Distrital de Riohacha Alcaldía Municipal de Uribia Alcaldía Municipal de Manaure Alcaldía Municipal de Maicao el funcionamiento del se DECRETO NÚMERO 1 f',' C; O ~\J V Página 8 de 13 DE Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" que serán suscritas por el coordinador del respectivo Comité y los documentos formarán parte del archivo de la secretaría técnica del Consejo MESEPP.

Parágrafo 1. los Comités Técnicos garantizará la participación del pueblo Wayúu a través sus indígenas, su integración y regulación definida en el marco un diálogo genuino que el Ministerio del Interior, de conformidad a lo contemplado en el artículo 4, parágrafo 3 del presente Decreto, teniendo en cuenta el sistema normativo Wayúu y los lineamientos jurisprudenciales.
Parágrafo 2. La entidad que coordina respectivo Comité Técnico será la de liderar del respectivo Comité, y deberá articular actuaciones entre marco su actividad misional y las distintas entidades que lo conforman en competencias, y con ellas, d un plan trabajo con un cronograma de y, convocar a las entidades y sectores de pertinentes para El contenido las sesiones se hará constar en desarrollar el plan
Parágrafo 3. Los Comités Técnicos serán espacios de articulación que permitirán el cumplimiento del Plan Provisional de Acción y del Plan Estructural de Acción, a partir de sus planes de trabajo.
Parágrafo 4. En el marco de los Comités Técnicos, se podrán crear Mesas de Trabajo como espacios para alinear la acción de varias instituciones, alrededor de una necesidad común, sin que haya ejercicio de funciones colegiadas, o de productos o pronunciamientos colegiados, con el fin de mejorar la planeación y concertación de su acción y facilitar la articulación operativa para la atención de un tema o asunto específico.
Parágrafo 5. Los Comités Técnicos, por intermedio de sus coordinadores, informarán al Consejo MESEPP los avances a los planes de trabajo y podrán ser requeridos en cualquier momento, previa convocatoria. También informarán al Consejo MESEPP del estado de recursos con la cual se dará cumplimiento al Plan Provisional de Acción yal Plan Estructural de Acción.

Artículo 5°

Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica el numeral 6 del artículo 3, el parágrafo 1 del

Artículo 4°

, el artículo 10 Y el artículo 11 del Decreto 0147 de 2024, en los términos señalados. PUBLíQUESE y CÚMPLASE...­ .... ~ Dado, a los EL MINISTRO DEL INTERIOR ARMANDO ALBERTO BENEDETTI VILLANEDA DECRETO NÚMERO DE Página 9 de 13 Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Polfticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, GERMÁN ÁVILA PLAZAS EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL AD-HOC, EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL, GUILLERMO ALF NSO JARAMILLO MARTíNEZ DECRETO NÚMERO _ - 12S0 Página 10 de 13 DE 1, : Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024 " Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" ~ ¡ I EL MINISTRO DE EDUCACiÓN NACIONAL, ~.' 1 r ~ ! ! I. ~ JOSÉ DANIEL ROJAS MEDELLíN l LA MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (E), . , ~ ,1 ¡~ , IRENE VÉLEZ TORRES 1 1~ 1 • LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO , DECRETO NÚMERO Página 11 de 13 DE Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" LA MINISTRA DE TRANSPORTE, EL MINISTRO DE IGUALDAD Y EQUIDAD, CARLOS FLORíAN SILVA ------- LA DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, ANGIE LlZETH RODRíGUEZ FAJARDO DECRETO NÚMERO DE Página 12 de 13 Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, 5 NATALlA IRENE MO INA POSSO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL, LA DIRECTORA ESTADíSTICA, DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE PIEDAD URDINOLA CONTRERAS DECRETO NÚMERO 1Z 90 DE Página 13 de 13 Continuación del decreto: "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0147 de 2024" Por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas - MESEPP, para la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en los Municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto 100 de 2020" LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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